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AMPARO TENENCIA
- Autor : abomaster
- Fecha : Lunes 24 de Noviembre de 2008 15:57
- Tipo de Usuario :
- Descripción : Amparo Tenencia
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Pagina: 18
cidad contributiva y menos el que la tenga en menor proporción.
Amparo en revisión 243/2002. Gastronómica Taiho, S. de R.L. de C.V.- 13 de mayo de 2003. Unanimidad de once votos. Ponente: José Vicente Aguinaco Alemán. Secretarios: Miguel Ángel Antemate Chigo, J. Fernando Mendoza Rodríguez y Jorge Luis Revilla de la Torre.
Amparo en revisión 262/2002. Qualyconf, S.A de C.V. 13 de mayo de 2003. Unanimidad de once votos. Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Secretarios: Miguel Ángel Anemate Chigo, J. Fernando Mendoza Rodríguez y Jorge Luis Revilla de la Torre.
Amparo en revisión 213/2002. Ramsa León, S.A. de C.V. y coagraviada. 13 de mayo de 2003. Unanimidad de once votos. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Secretarios: Miguel Ángel Antemate Chigo, J. Fernando Mendoza Rodríguez y Jorge Luis Revilla de la Torre.
Amparo en revisión 614/2002. Grupo Textil Providencia, S.A de C.V. 13 de mayo de 2003. Unanimidad de once votos. Ponente: Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Secretarios: Miguel Ángel Antemate Chigo, J. Fernando Mendoza Rodríguez y Jorge Luis Revilla de la Torre.
Amparo en revisión 235/2002. Hongos del Bosque, S.A. de C.V. 13 de mayo de 2003. Unanimidad de once votos.- ponente: Juan N. Silva Meza. Secretarios: Miguel Ángel Antemate Chigo, J. Fernando Mendoza Rodríguez y Jorge Luis Revilla de la Torre.
. . . Licenciado José Javier Aguilar Domínguez, secretario general de acuerdos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, . . . CERTIFICA . . . que el Tribunal Pleno, en su sesión pública celebrada hoy trece de mayo en curso, aprobó con el numero 10/2003, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a rece de mayo de dos mil tres.
. . . Licenciado José Javier Aguilar Domínguez, secretario general de acuerdos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, . . . CERTIFICA . . . que esta fotocopia de la tesis jurisprudencial num. 10/2003, constante de tres fojas útiles concuerda fiel y exactamente con su origina que obra en el cuaderno de las actas relativas a las sesiones del pleno de este alto tribunal. México, Distrito Federal, a trece de mayo de dos mil tres.
Por lo cual se debe declarar la inconstitucionalidad de lo aquí reclamado.
En este tenor, tomando en consideración que es a las autoridades administrativas a quienes corresponde dar cumplimiento a la ejecutoria de amparo en su carácter de entes estatales encargados de la recaudación, deberá requerirse, tan pronto como se dicte sentencia que me favorezca, a la Tesorería del Estado de Michoacán de Ocampo para que a través de la unidad administrativa que corresponda devuelva a la quejosa las cantidades que enteró por concepto de la aplicación del impuesto impugnado.
XII. PRUEBAS
PRIMERA. LA DOCUMENTA PÚBLICA: Consistente en copia certificada de la factura del vehículo señalado en el numeral primero de los antecedentes, hechos y abstenciones de la presente demanda.
SEGUNDA. LA DOCUMENTAL PÚBLICA: Consistente en copia certificada del recibo de pago del impuesto sobre tenencia de vehículos por el año 2004, realizado por y de acuerdo a lo por señalado en el numeral primero y segundo respectivamente, de los antecedentes, hechos y abstenciones de la presente demanda.
TERCERA. LA DOCUMENTAL PÚBLICA: Consistente en copias de identificación oficial.
CUARTO. LA DOCUMENTAL PÚBLICA: Consistente en copias de COMPROBANTE DE DOMICILIO
QUINTO. LA DOCUMENTA PÚBLICA: Consistente en copia de la tarjeta de circulación.
XIII. SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO
Por lo anteriormente expuesto y fundado a usted Juez de Distrito, atentamente pido o solicito:
PRIMERO. Tenerme por presentado en tiempo y forma legal, solicitando el amparo y protección de la justicia federal, contra el acto de las autoridades que quedaron señaladas como responsables en el capítulo respectivo.
SEGUNDO. Reconocer la personalidad que ostento
TERCERO. Admitir la presente demanda de garantías, solicitando a las autoridades señaladas como responsables, rindan sus informes de los actos reclamados.
CUARTO. Que la cantidad pagada por concepto del impuesto sobre tenencia y uso de vehículos, satisfaga la garantía del interés fiscal.
QUINTO. Concederme la suspensión PROVISIONAL de los efectos de los actos reclamados.
SEXTO. Tener por ofrecidas, exhibidas, admitidas y por desahogadas las pruebas que se relacionan y adjuntaron en el presente escrito.
SÉPTIMO. Previos los trámites procesales, conceder a mi mandante el Amparo y Protección de la Justicia de la Unión en contra de los actos reclamados de las autoridades ya señaladas como responsables o llegado el momento procesal oportuno Concederme la suspensión DEFINITIVA de los efectos de los actos reclamados.
OCTAVO. Ordenar a la Tesorería del Estado de Michoacán de Ocampo, me devuelva el importe de la cantidad pagada por concepto del Impuesto SOBRE TENENCIA O USO DE VEHÍCULOS, con su respectiva actualización y recargos.
PROTESTO LO NECESARIO
LUGAR Y FECHA
NOMBRE