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AMPARO DIRECTO VS DESECHAMIENTO DE PRUEBA PERICIAL
- Autor : ANONIMO
- Fecha : Lunes 22 de Diciembre de 2008 11:45
- Tipo de Usuario :
- Descripción : Amparo directo vs desechamiento de prueba pericial
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El artículo 20 constitucional enumera las garantías del acusado en todo juicio criminal y, entre ellas, incluye en la fracción V la garantía de que: ''Se le recibirán los testigos y demás pruebas que ofrezca, concediéndosele el tiempo que la ley estime necesario al efecto y auxiliándosele para obtener la comparecencia de las personas cuyo testimonio solicite, siempre que se encuentren en el lugar del proceso."
En la especie, no se recibió la prueba de declaración de los peritos grafóscopos que rindieron dictamen pericial adverso a mis intereses, durante la averiguación previa, en la que se abstuvieron de darme intervención alguna. Tal prueba era vital para mi defensa en atención a que, mediante ella se exploraría la validez de las opiniones técnicas vertidas por los peritos grafóscopos.
Los peritos son personas cuyo testimonio solicité y la prueba correspondiente me fue rechazada, lo que me dejó en estado de indefensión, a pesar de que dichos peritos se encuentran en el Distrito Federal, lugar éste donde se ha seguido el proceso.
Tercero. En concepto del suscrito se han violado las leyes del procedimiento y se me han afectado mis defensas, con infracción a los mencionados artículos 14, 16 y 20 constitucionales, al no habérseme recibido la prueba ofrecida de declaración de peritos ya que, el artículo 160, fracción VI, de la Ley de Amparo previene como violación de las leyes del procedimiento que dejan sin defensa al quejoso, que no se le reciban las pruebas que ofrezca legalmente. I.a prueba de declaración de peritos grafóscopos fue ofrecida legalmente y dentro del término de quince días que se me concedió para ese efecto.
Por tanto, dada la operancia de los dos anteriores conceptos de violación y de éste, es procedente que se conceda al suscrito el amparo y protección de la justicia Federal para el efecto de que se reciba la prueba de declaración de peritos que se ofreció legal y oportunamente.
Cuarto. El uso de documento falso que se imputa al suscrito tiene como base la previa aseveración de que el documento de _____________________es falso. Para llegar a la conclusión de falsedad de ese documento sólo existe la imputación de falsedad que hace la señora _________y la pericial de los