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QUEJA ANTE EL CONSEJO DE JUDICATURA FEDERAL
- Autor : LicVelazquez
- Fecha : Miércoles 22 de Septiembre de 2010 13:50
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- Descripción : QUEJA ANTE EL CONSEJO DE JUDICATURA FEDERAL
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Públicos.
PRIMERA.- Los hechos expuestos denotan notoria ineptitud o descuido en el desempeño de las funciones o labores que deban realizar. (Fracción I del Artículo 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación).
Entre ellos sobresalen:
1.a) La falta de atención o estudio de las constancias del proceso para reconocer y distinguir las partes intervinientes y sus calidades reconocidas en autos previamente a la admisión y trámite de promociones;
1.b) La falta de atención o estudio a la secuencia de las actuaciones para conservar articulado el proceso;
1.c) La falta de atención o estudio cabal y responsable, de los lineamientos vertidos por los tribunales superiores para efectos del cumplimiento de sus resoluciones;
1.d) La falta generalizada de atención y estudio de las disposiciones del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria en el proceso del juicio de amparo para conducir legalmente este último.
SEGUNDA.- Los hechos revelan conductas dolosas y/o negligentes absolutamente contrarias a su deber de preservar la dignidad, imparcialidad y profesionalismo propios de la función judicial ( Fracción VIII del Artículo 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación).
Entre estas conductas destacan:
2.a) La falsa certificación de fechas en la recepción de promociones;
2.b) La falsa certificación de fechas en la cuenta de las mismas;
2.c) La falsa certificación de fechas en los acuerdos;
2.d) La omisión deliberada de lugar y fechas de expedición de sentencias;
2.e) La distorsión deliberada de lineamientos vertidos por los tribunales superiores para incumplir en la práctica con las determinaciones de éstos y hacer prevalecer sus propios criterios judiciales ya revocados o superados;
2.f) La notoria y deliberada intención de incumplir con las determinaciones judiciales de órganos superiores.
2.g) La inserción de comentarios y prejuicios en actuaciones judiciales sobre cuestiones que no han sido legalmente sometidas a su consideración, en apoyo manifiesto y parcial de una de las partes en el proceso.
TERCERA.- Los hechos también revelan intromisión indebida en cuestiones de orden jurisdiccional que competen a otros órganos del Poder Judicial de la Federación; ( Fracción II del Artículo 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación), y en especial la falta de respeto a las consideraciones del Tribunal Superior que resuelven los recursos interpuestos por las partes en violación de principios elementales de derecho procesal como la cosa juzgada;
CUARTA.- Las responsabilidades que se actualizan conforme al artículo 8 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos en sus fracciones I, VI, XXI y XXIV, de aplicación expresa en la materia conforme al artículo 131 fracciones XI y XIII de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, por