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AGRAVIO EL AGENTE ADUANAL NO ES RESPONSABLE DEL PAGO DE MULTAS
- Autor : TEPANTLATOANI
- Fecha : Domingo 27 de Junio de 2010 19:57
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- Descripción : AGRAVIO EL AGENTE ADUANAL NO ES RESPONSABLE DEL PAGO DE MULTAS
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UE ESTE ÚLTIMO NO HUBIERA PODIDO CONOCER DICHA INEXACTITUD O FALSEDAD AL EXAMINAR LAS MERCANCÍAS POR NO SER APRECIABLE A LA VISTA Y POR REQUERIR PARA SU IDENTIFICACIÓN DE ANÁLISIS QUÍMICO, O DE ANÁLISIS DE LABORATORIO TRATÁNDOSE DE LAS MERCANCÍAS QUE MEDIANTE REGLAS ESTABLEZCA LA SECRETARÍA.” (LO SUBRAYADO Y RESALTADO EN ESTE TEXTO, ES NUESTRO).
Como se puede apreciar, no existe responsabilidad alguna para mi Representada, pues para el caso de las mercancías declaradas en las Secuencias 001 (UNO) y 002 (DOS) del pedimento de importación número XXXXX, fue a través de la lectura que hizo mi Representada a la resolución impugnada, que tuvo conocimiento de que las mismas, no serían utilizadas en diagnósticos en el cuerpo humano o directamente en seres humanos y para el caso de las mercancías declaradas en la Secuencia 003 (TRES) de ese mismo pedimento, sí cumplen con la restricción no arancelaria a que se encuentran sujetas, pero no quiere reconocer a los fabricantes de las mismas que son XXXXX y XXXXX, pues en la carátula del es Registro Sanitario número XXXXX, contenido en el oficio número XXXXX de fecha XXXXX, se menciona como fabricante del producto a XXXXX, pasando por alto la Carta Técnica de fecha XXXXX proporcionada por dichos fabricantes.
Al respecto, me permito manifestar, que si en la carátula del citado Registro Sanitario, únicamente se asienta que el fabricante es XXXXX y no se señala a los dos fabricantes que son, ello no es una causa imputable a mi Representada en su carácter de Agente Aduanal, de conformidad con lo señalado en el artículo 54 fracción I de la Ley Aduanera, pues en primer lugar, ella no tramitó el citado Registro Sanitario, sino que esto lo hacen directamente los importadores como interesados en el cumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias a que se encuentran sujetas algunas mercancías, como es el caso de las declaradas en la Secuencia 003 (TRES) del pedimento de importación número XXXXX, ya que el Agente Aduanal actúa únicamente para despachar por cuenta ajena el despacho aduanero de las mercancías en los diferentes regímenes aduaneros reconocido