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AMPARO INDIRECTO EN CONTRA DEL AUTO QUE RESOLVIO UN RECURSO DE REVOCACION
- Autor : ANONIMO
- Fecha : Jueves 13 de Noviembre de 2008 19:59
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- Descripción : e resolvio un recurso de revocacio
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lta inusitado que un litigante (en el caso concreto el actor, ahora tercero perjudicado) se de el lujo de comparecer cuantas veces le parezca en el expediente, pretendiendo ignorar la sentencia que obra en autos, pues al considerarlo así la responsable, pasa por alto que el procedimiento es de orden público, y para la validez de las notificaciones no se requiere el consentimiento del notificado (Art. _____________________), de modo que al comparecer el actor en reiteradas ocasiones después de dictada la sentencia (Art.) sin apelarla no le es lícito pretender desconocer la propia sentencia, , pues entonces, se llegará al absurdo de contravenir la disposición expresa del artículo _______________ mencionado permitiendo que la parte actora administrase a su antojo los términos procesales y las disposiciones del código adjetivo para decidir cuando darse por notificada, lo cual es inadmisible, pues ello equivale a desconocer que El procedimiento está marcado por disposiciones cuya observancia es de orden público, y no puede ser modificado por voluntad de las partes, ni mucho menos, por la sola voluntad de la autoridad, máxime, existiendo las disposiciones expresas de los mencionados artículos _______________ y _______________ del Código de Procedimientos Civiles del Estado.
PROCEDIMIENTO, LEYES DE. Las leyes procesales son de orden público y por esta razón, no pueden ni deben ser violadas y menos por los encargados de aplicarlas, porque la omisión de alguna o algunas formalidades de procedimiento, además de implicar nulidad, constituye una violación de derecho en perjuicio de alguna de las partes contendientes, y por ende, de los artículos 14 y 16 constit