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AMPARO INDIRECTO EN CONTRA DEL AUTO QUE RESOLVIO UN RECURSO DE REVOCACION
- Autor : ANONIMO
- Fecha : Jueves 13 de Noviembre de 2008 19:59
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dispuesto por el Artículo _______________ del Código de Procedimientos Civiles del Estado (Se entienden tácitamente consentidas las notificaciones indebidamente hechas: cuando el agraviado reciba con posterioridad, personalmente, una notificación; haga alguna promoción en el juicio o asista a cualquier acto o diligencia del mismo, si no se promueve el incidente de nulidad dentro de los cinco días siguientes.), si consideraba que no estaba legalmente notificado con su propia manifestación, (lo cual es absurdo) debió promover el incidente respectivo dentro de los cinco días siguientes a su promoción y, como no lo hizo, sino que promovió un improcedente recurso de revocación, ha CONSENTIDO POR TERCERA VEZ la sentencia.
Finalmente, el recurso que procedería, en su caso, era el de apelación, en contra de la sentencia definitiva conforme a los artículos, 1334, 1336 1339 1344 contando nueve días a partir de la notificación, pero como NO INTERPUSO EL RECURSO DE APELACION en contra de la sentencia, sino simplemente el improcedente de revocación en contra de autos posteriores, la sentencia quedó CONSENTIDA POR CUARTA VEZ.
Conforme a derecho, es decir, conforme al citado artículo _______________ del Código de Procedimientos Civiles del Estado, todas cuantas veces ha comparecido la parte actora al expediente posteriormente a la sentencia, se ha dado por notificado de la misma y la ha consentido.
En consecuencia, el recurso de revocación fue resuelto de manera ilegal, en contra de lo dispuesto por el numeral _____________________del Código de Procedimientos Civiles del Estado, y principalmente en contra del artículo _______________ del mismo, pues resu