- Inicio
- Formatos
Formatos Jurídicos y Legales Gratuitos
INFORME JUSTIFICADO DEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y DEL SECRETARIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
- Autor : VTorres
- Fecha : Viernes 01 de Junio de 2018 17:05
- Tipo de Usuario :
- Descripción : INFORME JUSTIFICADO DEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y DEL SECRETARIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
- Visitas : 3,606
- Descripción : Copia y pega el texto de cada página en un documento de texto en tu computadora.
Pagina: 2
uejosos ya no estaban contemplados desde 1984, como exentos por lo que no es dable hasta ahora argumentar la retroactividad de la Ley. EL PRECEPTO RECLAMADO RESPETA CABALMENTE LAS GARANTAS CONSTITUCIONALES CONSAGRADAS POR LOS ARTCULOS lo., 13, 14,16, 31, FRACCION IV, DE NUESTRA CARTA MAGNA. Los artculos ____________________ de la Ley del Impuesto sobre la Renta prevn tarifas diferentes para ser aplicadas a los ingresos percibidos por concepto de regalas por el uso o goce temporal de derechos de autor segn que las personas que los obtengan sean residentes en el pas o en el extranjero. Tal circunstancia, muy por el contrario a la afirmación de los quejosos que se colocan en el supuesto del primer precepto no da lugar a un trato inequitativo, aun cuando el porcentaje que se pudiera llegar a pagos en este caso resultara ms alto que la prevista en la fracción 1 del artculo 156, para los contribuyentes residentes en el extranjero. Tal afirmación se sostiene tomando en cuenta en primer lugar que la tarifa del citado artculo ____________, aplicable en el caso de que los sujetos del impuesto sean residentes en el pas, si bien prev una tasa que puede alcanzar hasta un 35% sta se encuentra destinada a quienes perciben los ingresos ms altos y adems su aplicación no se efecta sobre los ingresos brutos, sino despus de haber efectuado las deducciones que la Ley permite, por lo que puede llegar el caso de que aun cuando el porcentaje aplicado sea mayor en este supuesto, el impuesto pagado resulte menor que el que tuviera que pagar un contribuyente residente en el extranjero, que conforme al artculo _____________ de la Ley del Impuesto sobre la Renta, el impuesto se calcula sobre el Ingreso que obtenga, sin deducción alguna. En segundo lugar, debe tenerse presente que los contribuyentes residentes en el extranjero, tambin son sujetos de impuesto en el pas donde residan, por lo que el monto del impuesto que en este pas cubran es slo parte de la carga fiscal que tienen que soportar. De manera que si bien es cierto que en el artculo ______________ de la Ley en cita, se establece una tasa reducida, ello es porque como parte que somos de una comunidad internacional, en la que se ha tenido que instrumentar una poltica tributaria acorde con los problemas que en esta materia se suscita, se busca compartir la carga fiscal con otros pases y no por crear situaciones de privilegio para algunos contribuyentes que en la especie, como se ha dicho no existe pues al sumar el impuesto cubierto en uno y otro pas, quedarn en igualdad de circunstancias respetndose lo que establecen las garantas de igualdad y en materia tributaria la equidad en los impuestos. Asimismo no pueden decir vlidamente los hoy demandantes que se les trate en forma desigual a sus iguales ni igual a sus desiguales, ya que no aportan elementos de convicción con los que demuestren que se d tal trato discriminatorio. Por ltimo, tambin cabe aclarar al respecto en cuanto al trato diferencial al que hacen alusin los quejosos, respecto de artistas residentes en el extranjero, que el pago referido a ellos, ser definitivo, y en cambio a los autores residentes en el pas, aunque en apariencia sea mayor el impuesto a pagarse, al finalizar el ejercicio, puede suceder que tengan saldo a favor, ya que ellos tienen derecho a las deducciones a que se refiere la Ley del Impuesto sobre la Renta. LA REFORMA COMBATIDA RESULTA ACORDE CON EL PRINCIPIO REFERIDO EN EL ARTICULO 28 CONSTITUCIONAL. La protección constitucional a los autores contenida en el articulo 28 constitucional y desarrollada ampliamente por la Ley Federal de Derechos de Autor, no implica necesariamente, que deba concederse por las leyes tributarias, a todos los autores y artistas, exención de impuesto, pretensin esta ltima que plantean las quejosas, que resulta obviamente infundada. Antes de proceder el anlisis de tal concepto de violación, es pertinente puntualizar que el artculo 28 Constitucional prohibe el establecimiento o creación de monopolios, las prcticas monoplicas y en general todo aquello que constituya una ventaja exclusiva e indebida a favor de una o varias personas determinadas. Tal precepto constitucional seala igualmente en su octavo prrafo que no constituyen monopolios los privilegios que por determinado tiempo se concedan a los autores o artistas para la reproducción de sus ob