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INSUFICIENCIA PARA PAGAR DEUDAS DEL BANCO

  • Consulta : 4876
  • Autor : Betzy938
  • Publicado : 2016-08-31 18:20 desde la IP: 189.138.55.22
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 5,163
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  • Autor
    Consulta

  • Betzy938
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Morelos
    Buenas Tardes. Mi consulta es en relación a que actualmente tiene 2 meses que he dejado de pagar mis créditos tanto de tarjetas de crédito como de créditos personales y de nómina, debido a que perdí el empleo y tuve un problema muy grave que requirió que utilizará todos mis ahorros para salir adelante de un grave problema familiar. El caso es que nunca me había atrasado en mis pagos, ni siquiera pagaba los mínimos, siempre pagaba anticipadamente la totalidad de mis saldos, pero ahora solo puedo cumplir con un solo crédito que es el que estoy pagando y eso con mucho sacrificio, tanto que no siquiera puedo pagar el mínimo o lo que ellos me requieren a diario. El problema es que tengo miedo de que puedan llegar a mi casa a embargar lo poco que tengo, no tenemos casa propia, estamos viviendo en una casa prestada, estoy pagando un vehículo que terminó de pagar el próximo año, y en general pues no tengo propiedades, más que los muebles de uso familiar una pantalla, sala, comedor y mi recámara; únicamente tengo un terreno pero es ejidal y estoy buscando la manera de venderlo para cumplir con mis obligaciones ante las instituciones financieras, pero eso lleva su tiempo y sinceramente decidí de plano dejar de pagar que estar pagando puros intereses, estoy tratando de estabilizarme y se que voy a salir adelante, pero necesito retomar mise finanzas y negociar con los bancos, Pero estoy preocupada de que puedan embargar lo poco que tengo o que me lleven a la cárcel.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 5939

  • JCARDOSO
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes, primero que nada: Espero que su situación ya este mejorando, ahora bien por cuanto a su consulta, le comento lo primero: Nuestra Constitución Política, en su artículo 17 establece que “nadie puede ser aprisionado por deudas de carácter civil”. es decir, no puede ir a prisión por las deudas con las tarjetas de crédito. Ahora, por cuanto a los adeudos que usted maneja con los diversos bancos puede o esperar a que le ofrezcan un convenio, descuento o quita y así pagar una cantidad menor a lo adeudado, aunque su buro crediticio se vera afectado, o, también puede esperar a que le promuevan el juicio mercantil respectivo. Espero haber sido de ayuda.



  • Autor
    Respuesta No: 5940

  • JCARDOSO
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes, primero que nada: Espero que su situación ya este mejorando, ahora bien por cuanto a su consulta, le comento lo primero: Nuestra Constitución Política, en su artículo 17 establece que “nadie puede ser aprisionado por deudas de carácter civil”. es decir, no puede ir a prisión por las deudas con las tarjetas de crédito. Ahora, por cuanto a los adeudos que usted maneja con los diversos bancos puede o esperar a que le ofrezcan un convenio, descuento o quita y así pagar una cantidad menor a lo adeudado, aunque su buro crediticio se vera afectado, o, también puede esperar a que le promuevan el juicio mercantil respectivo. Espero haber sido de ayuda.



  • Autor
    Respuesta No: 5971

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    al dejar de hacer el pago de las deudas... aunque sea el minimo... dista causa a la rescisión de los contratos y a la obligación de dar cumplimiento a los mismos en una sola exhibición... sin dejar de generar intereses normales y en su caso y por contrato... intereses moratorios... debes ir a los bancos o instituciones financieras... para llegar a un acuerdo de pago... el cual no puedes violar... xq entones... si seria un acto delictivo... fraude a acreedores...



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