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  • Consulta : 4876
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 5971

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    al dejar de hacer el pago de las deudas... aunque sea el minimo... dista causa a la rescisión de los contratos y a la obligación de dar cumplimiento a los mismos en una sola exhibición... sin dejar de generar intereses normales y en su caso y por contrato... intereses moratorios... debes ir a los bancos o instituciones financieras... para llegar a un acuerdo de pago... el cual no puedes violar... xq entones... si seria un acto delictivo... fraude a acreedores...