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MODELO DE AMPARO DIRECTO CONTRA AUTO DE FORMAL PRISIN DICTADO POR JUEZ DEL FUERO COMN, RECLAMANDO LA ORDEN DE IDENTIFICACIN
- Autor : JesusPime
- Fecha : Jueves 10 de Mayo de 2018 17:51
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ley de Amparo, 11, fraccin IV bis, inciso a), y 41, fraccin III, de la Ley Orgnica del Poder Judicial de la Federacin. V.- PROTESTA.- Los hechos y abstenciones que constituyen los antecedentes de los actos reclamados son ciertos y as lo declaro bajo protesta de decir verdad. A N T E C E D E N T E S: PRIMERO.- Ante el JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO EN EL ESTADO, en Materia Penal se me instruye el proceso por el supuesto delito de posesin de__gramos de cocana. SEGUNDO.- Oportunamente rend mi declaracin preparatoria y con fecha__ de__ de__ se dict en mi contra auto de formal prisin en el cual adems se ordena mi identificacin por el sistema administrativo establecido. TERCERO.- Con fecha__de__ de__ , el juez sealado como responsable dict auto ordenando se procediera a mi identificacin y librando oficio al C. DIRECTOR DE LA PENITENCIARIA DEL ESTADO responsable a efecto de que ejecutara dicha orden. CONCEPTOS DE VIOLACION: PRIMERO.- Se viola en mi perjuicio las garantas contenidas en los artculos 14 , 16 y 19 de la Constitucin Federal de la Repblica en virtud de que se me priva de mi libertad mediante un juicio en que no se cumplen las formalidades esenciales del procedimiento ni tampoco se funda y motiva la causa legal del mismo. En efecto resulta infundado e inmotivado el auto de formal prisin, toda vez que en modo alguno se llenaron los requisitos exigidos por las normas constitucionales mencionadas pues de ninguna manera qued acreditado que el suscrito hubiera posedo en el momento de su detencin la cocana a la que se hiz mencin, por lo cual resulta infundado e inmotivado dicho auto de formal prisin. Lo anterior se pone de manifiesto tomando en cuenta las siguientes consideracines en torno al cuadro procesal que se integr en la causa nmero 100/90,__previo a la resolucin de la situacin jurdica del indiciado. Conclusin que la de que existen multiples deficiencias y violaciones en la averiguacin previa que determinan que en modo alguno se encuentran reunidos los requisitos constitucionales y legales para dictar el auto inicial del proceso. En efecto, si se observa la diligencia inicial de la inquisitoria, se puede hacer notar que es un parte policaco rendido y ratificado por un slo agente, puesto que la firma del Segundo Comandante solo aparece como se acostumbra en ejercicio de sus fac