Cafeteando

  • Autor
    Respuesta No: 4046

  • LIC. COBALTO
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    el codigo de comercio establece que el embargo se llevara a cabo en el domicilio del deudor, por consiguiente deberas llevar a cabo el embargo en el domicilio que has mencionado, y en caso de que tengas el domicilio de casa habitacion del deudor, señalalo en tu escrito inicial de demanda refiriendo que el deudor principal puede ser requerido de pago en el domicilio tal o de manera indistinta en el domicilio ubicado en.............. (señala ambos domicilios) Y por cuanto a que vas a embargar en un negocio, puedes realizarlo, quien tendra que hacer valer su derecho sera el deudor.



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