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Cafeteando
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AutorRespuesta No: 4005
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ES CORRCTA LA OPINION DE QUIEN ME ANTECEDE, AGREGARIA QUE EN CIERTOS CODIGOS DE LOS ESTADOS DE LA REPUBLICA EL TESTADO PUEDE ACUDIR DIRECTAMENTE AL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y RATIFICAR SU TESTAMENTO DE PUNO Y LETRA Y ADEMAS DEPOSITARLOS PARA SUS EFECTOS LEGALES, MIENTRAS EN TESTADOR TENGA CAPACIDAD LEGAL PARA OTORGARLO YO CREO QUE NO TIENE PROBLEMA, BUENA SUERTE.
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Fecha: 2011-04-10 12:26
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AutorRespuesta No: 3901
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dice la doctrina que este es el testamento escrito por entero, fechado y firmado de la mano del testador, sin necesidad de otras formalidades. la denominacion de Olografo se deriva de dos voces griegas, una de las cuales significa "solo", y la otra "escribir". la prueba de este testamento no puede hacerse sino comparando la letra y firma del testador con la letra y firmas hechas por el en otros papeles reconocidos como suyos; pero hay muchas personas que saben imitar con la mayor perfeccion cualquier letra y firma de mano extraña, por lo que no queda duda de que es muy poco seguro. es recomendable en este caso el testaento publico abierto en el cual el notario puede acudir al domicilio del testador y con la presencia de tres testigos este le dicta al notario su ultima voluntad, lo firman todos y listo. si no puede firmar el testador, firmara uno de los testigos haciendo constar esta circunstancia.
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Fecha: 2011-02-14 13:03