Cafeteando

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    Respuesta No: 5270

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


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    JUICIO DE ALIMENTOS EN LA CIUDAD DE MEXICO: Mira, ya que vives en el Distrito Federal, para mejor lograr tu interés en pensión alimenticia acude a la Justicia del Distrito Federal; en busca del: SERVICIO de PENSIÓN ALIMENTICIA POR COMPARECENCIA. Te explico: Por Acuerdo 22-597, Publicación de fecha 14 de febrero de 1997, se inicia la facilidad de dar el trámite de Pensión Alimenticia por Comparecencia. Se trata de un trámite Unipersonal, esto quiere decir que los acreedores sólo con el hecho de reunir ciertos (pocos) requisitos necesarios, logran que la autoridad (Jueces Familiares) les conceda un juicio de pensión alimenticia; ésta área en forma administrativa, expide una ficha para cada solicitante (como en el IMSS) en la que se asigna de manera sistematizada y aleatoriamente un Juzgado en turno en materia Familiar y en forma inmediata un número de expediente, de ésta manera que quien lo solicite, al acudir se le asigna de inmediato al Juzgado Familiar respectivo a efecto de que inicie la comparecencia y así poder continuar con el procedimiento. REQUISITOS - Acta de Nacimiento de los menores. - Acta de Matrimonio si es casada. - Identificación Oficial con fotografía. - Domicilio de la parte solicitante. - Domicilios del demandado, particular y laboral. - Cualquiera de los domicilios solicitados tendrá que ser dentro del Distrito Federal. TIEMPO DE ELABORACIÓN DE LA FICHA Y ASIGNACIÓN DE JUZGADO EN TURNO POR ESTRICTO CONTROL. Aproximadamente de 5 a 7 minutos, por cada persona formada. DIRECCIÓN donde debes acudir, SOLO EN EL D.F. (OJO) AV. Juárez Número 8 Col. Centro Primer Piso Oficialía de Partes Común para Juzgados en materia Familiar.   HORARIO DE RECEPCIÓN De Lunes a Viernes de 9:00 a 21:00 horas Es importante hacer notar, que si la ficha se procesa después de las 14:00 horas (2 de la tarde), la solicitante acudirá al Juzgado asignado en turno al otro día, a efecto de que se levante la comparecencia. COSTO:- El trámite es completamente GRATUITO. No hay cuotas de recuperación o de otra índole. Son USUARIOS de este sistema, el Público en general que requiera del trámite, principalmente mujeres. Tiene su FUNDAMENTO LEGAL:- Artículo 65 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal. Acuerdo 22-51997 de fecha 14 de febrero de 1997, del H. Consejo de la Judicatura del Distrito Federal. Pero, solo es en el DF, en ningún otro estado de la república se ha autorizado este procedimiento. Los Juzgados de lo Familiar en el Distrito Federal, se encuentran en Avenida Juárez # 8 1er. Piso, frente a la Alameda Central.



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  • MIRANDA EDITH
    ABOGADO CIVIL


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    Animo y tu puedes lo primordial es que ya estas en el camino y ahora a investigar y preguntar que no es nada dificil; no te preocupes la practica te va llevando de la mano



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    Respuesta No: 2435

  • oliosaulo920sao
    ABOGADO PENAL


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    Primero que nada te felicito por tu honestidad. No te puedp decir paso a paso, pero, además de checar el Código Civil y el Procedimientos CIviles, en el tribunal en Niños Héroes en los puestos venden libritos que te explican a grandes rasgos lo que es esta controversia y trae formatos. Puedes asistir a las audencias porque son públicas, también hay programas en cd en materia familiar, en donde seguramente ya existe este tipo de controversia. Te puedo decir que es fácil en general, guíate en las leyes y ve a audiencias, suerte.



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