Cafeteando

  • Autor
    Respuesta No: 2108

  • RODERICK
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola, que tal, el emplazamiento en el extranjero lo debes hacer por medio de una carta rogatoria, el tramite se hace por medio de la Secretaria de relaciones exteriores , la que te dira que requisitos debe contener(en su caso la traduccion ) , para el efecto de poder notificar al demandado en el extranjero, lo cual por lo general se hace atraves del consulado. espero te sirva esta informacion



Para responder este cafeteando deberás estar registrado