Cafeteando

392 Será positivo o negativo la legalización del matrimonio gay en México? Iniciado por: licrod


  • Creado: 2009-11-25
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  • Ultimo comentario:2023-08-15 18:14
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  • garovalo
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    Aberrante en lo natural... Porque es imposible que dos espadas juntas procreen nada... O que dos conchas den perlas....negativo n lo social... Porque.... Que padre de familia... Padre no p u t o ... Quiere que su hijo... Cambie los valores sociales... Se empine y deje que otro haga actos contra la naturaleza... Todo porque piensa que es lo mismo que c a g a r ... Pa dentro....y sería ridículo en lo jurídico... Si no hubiera ya lestes de convivencia... O la aceptación en los códigos civiles de diversas entidades....de un u puesto matrimonio... Contrario 100% a la idea jurídica del matrimonio... Un contrato civil... Pr el cual DOS PERSONAS DE DISTINTO SEXO se unen para procrear y sobrellevar las cargas de la vida... Lo único que se demostró... Es que un pequeño grupo..,pudo chantajear a un gran grupo... Y por medio de un acuerdo medio... Nace una ley amorfa... Inconstitucional... Sectaria... Divisoria de la realidad.. El derecho.. La moral... La ética... Y la fisiología humana.... Un tercer sexo?... Eso es estúpido... Enfermizo ... Destructor de la sociedad... Que ya esta demostrado... Crea actos de destrucción de la sociedad... No será su desaparición más violenta... Que las de las sociedades romana... Griega... O las sentencias de esas ciudades bíblicas .... Ahora hay armas para todo... Yo nunca aceptare destruir a la sociedad heterosexual... J o t o s... Eso siempre ha habido... Lo que no significa....que su situación se debió legalizar... Luego que seguirá... El sexo servicio homosexual en la ley federal del trabajo...???????



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    Respuesta No: 1755

  • dulcelarraga
    ABOGADO CIVIL


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    AHORA BIEN EL MATRIMONIO ES UNA INSTITUCIÓN JURÍDICA SAGRADA Y CONSAGRADA QUE REGULA Y PROTEGE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS CONYUGES, ENTRE LOS CONYUGES Y LOS DERECHOS PARA CON LOS HIJOS, Y TENIENDO COMO FIN LA PERPETUACIÓN DE LA ESPECIE HUMANA SIENDO ESTE ATRIBUTO ¡UNICO Y EXCLUSIVO DE LAS PAEJAS HETEROSEXUALES!, Y ESTA ES LA DIFERENCIA QUE EXISTE ENTRE UNA PAREJA HETEROSEXUAL DE UNA HOMOSEXUAL, LA REPRODUCCIÓN, EL COMIENZO DE LA VIDA, EL ORIGEN DEL HOMBRE Y DE LA MUJER COMO SERES HUMANOS, RESULTANDO POR LO TANTO IDEAL QUE EL APRENDIZAJE DE ESTE NUEVO SER SE ENCUENTRE GUIADO Y APOYADO POR UNA FIGURA MATERNA Y PATERNA A LA VEZ, E, o preguntenselo a los estudiosos de la conducta de los seres humanos, Y EL ARGUMENTO JURIDICO PARA NO PERMITIR LA EXISTENCIA DE UNA FIGURA SEMEJANTE A LA DEL MATRIMONIO PARA REGULAR LA UNION ENTRE HOMOSEXUALES.? ES QUE LA LA NATURALEZA Y LA CIENCIA NO HA PERMITIDO QUE PUEDAN REPRODUCIRSE DOS PERSONAS DEL MISMO SEXO, EL MATRIMONIO HOMOSEXUAL NO TIENE NINGUNA FINALIDAD Y NINGÚN FIN, NO PUEDEN REPRODUCIRSE Y PERPETUAR LA CONTINUACIÓN DE LA ESPECIE Y SIN ESTO ES IMPOSIBLE LA CONTINUACIÓN DE LA VIDA HUMANA, MEJOR ARGUMENTO JURÍDICO DUDO HAY, EL DÍA QUE PUEDAN REPRODUCRISE LAS PERSONAS DEL MISMO SEXO SIN LA AYUDA DE LA CIENCIA GUARDARE SILENCIO ANTE TAL ABERRACIÓN LEGISLATIVA (Y les pido una disculpa ya que envie el texto sin checar que iban una palabras extras, razón por la cual copie y corregí los últimos párrafos, gracias).



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    Respuesta No: 1754

  • dulcelarraga
    ABOGADO CIVIL


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    Jajaja, ahora si me hiso reir, LICENCIADA, PRIMERAMENTE LE ENVIO MIS SALUDOS Y LE REITERO MIS RESPETOS A SUS OPINIONES, Ahora bien empiezo y abundo: En la ley TODAS LAS FIGURAS JURÍDICAS protegen algún derecho, PROPIEDAD, POSESIÓN, VIDA, LIBERTAD, RELACIONES FAMILIARES, PATRIMONIO, ETC.. Bien dice Usted los homosexuales tienen derechos, recuerdo me explicaba la situación de sus clientes, estos derechos se encuentran protegidos en la LEY DE SOCIEDAD DE CONVIVENCIA DEL DISTRITO FEDERAL (A CONTINUACIÓN REPRODUZCO LOS ARTÍCULOS EN DONDE LOS LEGISLADORES PROTEGUEN DICHOS DERECHOS, REGULANDOSE POR LA LEY EN MENCIÓN Y POR LOS MISMOS ORDENAMIENTOS DEL CÓDIGO CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL QUE REGULAN LOS DERECHOS ALIMENTICIOS, SUCESORIOS, PATRIMONONIAL, ETC. ENTRE CONYUGES O CONCUBINOS): Capítulo I Disposiciones Generales Artículo 1.- Las disposiciones contenidas en la presente ley son de orden público e interés social, y tienen por objeto establecer las bases y regular las relaciones derivadas de la Sociedad de Convivencia en el Distrito Federal. Artículo 2.- La Sociedad de Convivencia es un acto jurídico bilateral que se constituye, cuando dos personas físicas de diferente o del mismo sexo, mayores de edad y con capacidad jurídica plena, establecen un hogar común, con voluntad de permanencia y de ayuda mutua. Artículo 3.- La Sociedad de Convivencia obliga a las o los convivientes, en razón de la voluntad de permanencia, ayuda mutua y establecimiento del hogar común; la cual surte efectos frente a terceros cuando la Sociedad es registrada ante la Dirección General Jurídica y de Gobierno del Órgano Político-Administrativo correspondiente. Artículo 4.- No podrán constituir Sociedad de Convivencia, las personas unidas en matrimonio, concubinato y aquéllas que mantengan vigente otra Sociedad de Convivencia. Tampoco podrán celebrar entre sí Sociedad de Convivencia, los parientes consanguíneos en línea recta sin límite de grado o colaterales hasta el cuarto grado. Artículo 5.- Para los efectos de los demás ordenamientos jurídicos, la Sociedad de Convivencia se regirá, en lo que fuere aplicable, en los términos del concubinato y las relaciones jurídicas que se derivan de este último, se producirán entre los convivientes. 4 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 16 de noviembre de 2006 Capítulo II Del Registro de la Sociedad de Convivencia Artículo 6.- La Sociedad de Convivencia deberá hacerse constar por escrito, mismo que será ratificado y registrado ante la Dirección General Jurídica y de Gobierno del Órgano Político Administrativo del domicilio donde se establezca el hogar común, instancia que actuará como autoridad registradora. Artículo 7.- El documento por el que se constituya la Sociedad de Convivencia deberá contener los siguientes requisitos: I.- El nombre de cada conviviente, su edad, domicilio y estado civil, así como, los nombres y domicilios de dos testigos mayores de edad. II.- El domicilio donde se establecerá el hogar común; III.- La manifestación expresa de las o los convivientes de vivir juntos en el hogar común, con voluntad de permanencia y ayuda mutua; y IV.- Puede contener la forma en que las o los convivientes regularán la Sociedad de Convivencia y sus relaciones patrimoniales. La falta de éste requisito no será causa para negar el Registro de la Sociedad, por lo que a falta de este, se entenderá que cada conviviente conservará el dominio, uso y disfrute de sus bienes, así como su administración. V.- Las firmas de las o los convivientes y de las o los testigos. Artículo 8.- La ratificación y registro del documento a que se refiere el artículo 6 de esta ley, deberá hacerse personalmente por las o los convivientes acompañados por las o los testigos. La autoridad registradora deberá cerciorarse fehacientemente de la identidad de las o los comparecientes. Artículo 9.- Durante la vigencia de la Sociedad de Convivencia se pueden hacer, de común acuerdo, las modificaciones y adiciones que así consideren las o los convivientes respecto a como regular la Sociedad de Convivencia y las relaciones patrimoniales, mismas que se presentarán por escrito y serán ratificadas y registradas sólo por las o los convivientes, ante la autoridad registradora del Órgano Político Administrativo del lugar donde se encuentre establecido el hogar común. Artículo 10.- Las o los convivientes presentaran para su ratificación y registro a la Dirección General Jurídica y de Gobierno del Órgano Político Administrativo, que corresponda, cuatro tantos del escrito de Constitución de la sociedad de Convivencia, los cuales serán ratificados en presencia de la autoridad registradora; quien para los efectos de este acto tendrá fe pública y expresará en cada uno de los ejemplares el lugar y fecha en que se efectúa el mismo. Hecho lo anterior, la autoridad estampará el sello de registro y su firma, en cada una de las hojas de que conste el escrito de constitución de la Sociedad. Uno de los ejemplares será depositado en dicha Dirección; otro deberá ser enviado por la misma autoridad al Archivo General de Notarias para su registro, y los dos restantes serán entregados en el mismo acto a las o los convivientes. El mismo procedimiento se deberá seguir para la ratificación y registro de modificaciones y adiciones que se formulen al escrito de constitución de la Sociedad de Convivencia. Cuando falte alguno de los requisitos señalados en el artículo 7 de esta ley, la autoridad registradora deberá orientar a las o los convivientes a efectos de que cumplan con los mismos, sin que ello sea motivo para negar el registro. Por el registro de la Sociedad de Convivencia a que se refiere este artículo, se pagará a la Tesorería del Distrito Federal, el monto que por ese concepto especifique el Código Financiero del Distrito Federal. Para los efectos de este artículo, contra la negación del registro, ratificación, modificación y adición por parte de las o los servidores públicos del Distrito Federal competentes, sin causa justificada, las personas interesadas podrán recurrir el acto en los términos de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal. Independientemente de la responsabilidad administrativa yo sanciones a que se hagan acreedores dichos funcionarios en términos de la legislación aplicable. 16 de noviembre de 2006 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 5 La Consejería Jurídica y de Servicios Legales del Gobierno del Distrito Federal en coordinación con el Archivo General de Notarias y los Órganos Político Administrativos, implementará un sistema de control y archivo de Sociedades de Convivencia. Con su registro, la Sociedad de Convivencia surtirá efectos contra terceros. Los asientos y los documentos en los que consten el acto constitutivo y sus modificaciones, podrán ser consultados por quién lo solicite. Artículo 11.- Cualquiera de las o los convivientes puede obtener de la autoridad registradora copia certificada del documento registrado, de sus modificaciones, así como del aviso de terminación previo pago correspondiente de derechos. Artículo 12.- En caso de que una de las partes pretenda formar una Sociedad de Convivencia y tenga una subsistente, se aplicará lo previsto por el artículo 4 de esta ley, negándole el registro de la nueva hasta en tanto no dé por terminada la existente, siguiendo los trámites para tal efecto. Capítulo III De los Derechos de los Convivientes Artículo 13.- En virtud de la Sociedad de Convivencia se generará el deber recíproco de proporcionarse alimentos, a partir de la suscripción de ésta, aplicándose al efecto lo relativo a las reglas de alimentos. Artículo 14.- Entre los convivientes se generarán derechos sucesorios, los cuales estarán vigentes a partir del registro de la Sociedad de Convivencia, aplicándose al efecto lo relativo a la sucesión legítima entre concubinos. Artículo 15.- Cuando uno de las o los convivientes sea declarado en estado de interdicción, en términos de lo previsto por el Código Civil para el Distrito Federal, la o el otro conviviente será llamado a desempeñar la tutela, siempre que hayan vivido juntas o juntos por un período inmediato anterior a dos años a partir de que la Sociedad de Convivencia se haya constituido, aplicándose al efecto las reglas en materia de tutela legítima entre cónyuges o sin que mediare este tiempo, cuando no exista quien pueda desempeñar legalmente dicha tutela. Artículo 16.- En los supuestos de los artículos 13,14, 15,18, 21 y 23 de esta ley se aplicarán, en lo relativo, las reglas previstas en el Código Civil para el Distrito Federal. Artículo 17.- Se tendrá por no puesta toda disposición pactada en la Sociedad de Convivencia que perjudique derechos de terceros. El tercero que sea acreedor alimentario tendrá derecho a recibir la pensión alimenticia que en derecho le corresponda, subsistiendo la Sociedad de Convivencia en todo lo que no contravenga ese derecho. Serán nulos y se tendrán por no puestos los pactos limitativos de la igualdad de derechos que corresponde a cada conviviente y los contrarios a la Constitución y a las leyes. Todo conviviente que actúe de buena fe, deberá ser resarcido de los daños y perjuicios que se le ocasionen. Artículo 18.- Las relaciones patrimoniales que surjan entre las o los convivientes, se regirán en los términos que para el acto señalen las leyes correspondientes. Artículo 19.- En caso de que alguno de las o los convivientes de la Sociedad de Convivencia haya actuado dolosamente al momento de suscribirla, perderá los derechos generados y deberá cubrir los daños y perjuicios que ocasione. Capítulo IV De la terminación de la Sociedad de Convivencia Artículo 20.- La Sociedad de Convivencia termina: I.- Por la voluntad de ambos o de cualquiera de las o los convivientes. 6 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 16 de noviembre de 2006 II.- Por el abandono del hogar común de uno de las o los convivientes por más de tres meses, sin que haya causa justificada. III.- Porque alguno de las o los convivientes contraiga matrimonio o establezca una relación de concubinato. IV.- Porque alguno de las o los convivientes haya actuado dolosamente al suscribir la Sociedad de Convivencia. V.- Por la defunción de alguno de las o los convivientes. Artículo 21.- En el caso de terminación de la Sociedad de Convivencia, el conviviente que carezca de ingresos y bienes suficientes para su sostenimiento, tendrá derecho a una pensión alimenticia sólo por la mitad del tiempo al que haya durado la Sociedad de Convivencia, siempre que no viva en concubinato, contraiga matrimonio o suscriba otra Sociedad de Convivencia. Este derecho podrá ejercitarse sólo durante el año siguiente a la terminación de dicha sociedad. Artículo 22.- Si al término de la Sociedad de Convivencia el hogar común se encontraba ubicado en un inmueble cuyo titular de los derechos sea uno solo de las o los convivientes, el otro deberá desocuparlo en un término no mayor a tres meses. Dicho término no aplicará en el caso de que medien situaciones que pongan en riesgo la integridad física o mental del titular. En este caso, la desocupación deberá realizarse de manera inmediata. Artículo 23.- Cuando fallezca un conviviente, y éste haya sido titular del contrato de arrendamiento del inmueble en el que se encuentra establecido el hogar común, el sobreviviente quedará subrogado en los derechos y obligaciones de dicho contrato. Artículo 24.- En caso de terminación de una Sociedad de Convivencia, cualquiera de sus convivientes deberá dar aviso por escrito de este hecho a la autoridad registradora del Órgano Político Administrativo del hogar en común, la que deberá hacer del conocimiento de dicha terminación al Archivo General de Notarias. La misma autoridad deberá notificar de esto al otro conviviente en un plazo no mayor de 20 días hábiles, excepto cuando la terminación se dé por la muerte de alguno de las o los convivientes en cuyo caso deberá exhibirse el acta de defunción correspondiente, ante la autoridad registradora. En caso de que la terminación de la Sociedad sea por la ausencia de uno de las o los convivientes, la autoridad procederá a notificar por estrados. Artículo 25.- El Juez competente para conocer y resolver cualquier controversia que se suscite con motivo de la aplicación de esta ley, es el de primera instancia, según la materia que corresponda. ESTA LEY ESTA PERFECTA Y TAL VEZ PARA LA "NECESIDAD DE ALGUNAS RELACIONES HOMOSEXUALES" LO QUE NECESITA SON ALGUNAS REFORMITAS, AHORA PUNTO Y APARTE, ENLA RESPUESTA 1616 DEL PRESENTE CASO, SEÑALE: El argumento jurídico de la C. LIC. DULCE: los códigos civiles que la suscrita consultó no evocan ningún concepto jurídico de la palabra matrimonio, señalando solamente sus fines, El Código Civil Puebla: Artículo 294.- El matrimonio es un contrato civil, por el cual un sólo hombre y una sola mujer, se unen en sociedad para perpetuar la especie y ayudarse en la lucha por la existencia. El Código civil Distrito Federal: CAPITULO II De los requisitos para contraer matrimonio Artículo 146.- Matrimonio es la unión libre de un hombre y una mujer para realizar la comunidad de vida, en donde ambos se procuran respeto, igualdad y ayuda mutua con la posibilidad de procrear hijos de manera libre, responsable e informada. Debe celebrarse ante el Juez del Registro Civil y con las formalidades que esta ley exige. El Código Civil Tamaulipas: DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE NACEN DEL MATRIMONIO ARTICULO 143.- Los cónyuges están obligados, a contribuir cada uno por su parte, a los fines del matrimonio y a socorrerse mutuamente. Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos. Por lo que respecta al matrimonio, este derecho será ejercido de común acuerdo por los cónyuges. Considero que todos los fines del matrimonio la ley los tutela: el respeto, la igualdad, los hijos procreados fuera del matrimonio, el patrimonio, los derechos sucesorios, los alimentos, no necesariamente las personas necesitan estar casadas para que sean protegidos los derechos anteriormente descritos, para la suscrita el matrimonio lejos de ser un contrato es una institución, entre diversos concepto de matrimonio, el más completo es el del Sr. Ignacio Galindo Garfias, el cual define como estado civil que trae como consecuencia una serie de derechos y facultades, derecho y obligaciones para con los hijos y con ellos mismo. AHORA BIEN EL MATRIMONIO ES UNA INSTITUCIÓN JURÍDICA SAGRADA Y CONSAGRADA QUE REGULA Y PROTEGE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS CONYUGES, ENTRE LOS CONYUGES Y LOS DERECHOS PARA CON LOS HIJOS, Y TENIENDO COMO FIN LA PERPETUACIÓN DE LA ESPECIE HUMANA SIENDO ESTE ATRIBUTO UNICO Y EXCLUSIVO DE LAS PAEJAS HETEROSEXUALES, Y ESTA ES LA DIFERENCIA QUE EXISTE ENTRE UNA PAREJA HETEROSEXUAL O UNA PARA HOMOSEXUAL, LA REPRODUCCIÓN, EL COMIENZO DE LA VIDA, EL ORIGEN DEL HOMBRE Y DE LA MUJER COMO SERES HUMANOS, RESULTANDO LO IDEAL POR QUE EL APRENDIZAJE DE ESTE NUEVO SER SE ENCUENTRE GUIADA Y APOYADO POR UNA FIGURA MATERNA Y PATERNA A LA VEZ, ESTO ES LO IDEAL, o preguntenselo a los estudiosos de la conducta de los seres humanos, Y EL ARGUMENTO JURIDICO PARA NO PERMITIR LA EXISTENCIA DE UNA FIGURA SEMEJANTE A LA DEL MATRIMONIO PARA REGULAR LA UNION ENTRE HOMOSEXUALES. ES AUN LA NATURALEZA Y LA CIENCIA NO HA PERMITIDO QUE PUEDAN REPRODUCIRSE DOS PERSONAS DEL MISMO SEXO, EL MATRIMONIO HOMOSEXUAL NO TIENE NINGUNA FINALIDAD Y NINGÚN FIN, NO PUEDEN REPRODUCIRSE Y PERPETUAR LA CONTINUACIÓN DE LA ESPECIE HUMANO Y SIN ESTO ES IMPOSIBLE LA CONTINUACIÓN DE LA VIDA HUMANA, MEJOR ARGUMENTO JURÍDICO DUDO HAY, EL DÍA QUE PUEDAN REPRODUCRISE SO PERSONAS DEL MISMO SEXO SIN LA AYUDA DE LA CIENCIA GUARDARE SILENCIO ANTE TAL ABERRACIÓN LEGISLATIVA.



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    Respuesta No: 1747

  • Maxwel Smart
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    Estimada rocavirtual; mi comentario 1543 es jurídico; Que los legisladores tienen que ajustarse a la naturaleza, es jurídico... ALgo mas.... me asesoro del Amigo Charles Darwin, tan amado por los Académicos de las ciencias: De acuerdo al procxeso de selección natural, sobreviven las variaciones que se puedan reproducir de manera mas exitosa, de modo que las relaciones homosexuales, están, por naturaleza, impedidas para su reproducción y por ende limitadas; Pero eso si, ahora viene la recua (ALDF) y les da la opción reproductiva que la naturaleza les niega..... Estos animalejos si resultaron avispados !Ya dejaron obsoleto hasta el Lema de Salamanca.... Lo que la naturaleza no da, Salamanca no lo añade... pues la recua (ALDF) pretende ser superior a la naturaleza......



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    Respuesta No: 1745

  • rocavirtual
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    Hola a todos, por lo visto esto se pone mejor; colega DULCE, Usted ya se fue hasta la cocina! pues el tema es el MATRIMONIO GAY y ya Usted brincó hasta la adopción. Vuelvo a lo mismo a lo que he estado machacando intervención tras intervención; hasta hoy, si leemos todos y cada uno de los comentarios NO EXISTE UN SOLO ARGUMENTO JURIDICO de peso que de una explicación jurídica, lógica y coherente de porque no debe existir una figura semejante a la del matrimonio para regular la uniòn entre homosexuales. Coincido con la colega Dulce en cuanto al tema de la adopciòn pues efectivamente al vivir en una sociedad ignorante, cerrada, machista, moralista, homofóbica y con un nivel cultural ínfimo, otorgar ese derecho, el de adopción, a las parejas homosexuales, es una locura, precisamente porque pondría a los pequeños en una situación muy complicada por todos los argumentos que la colega Dulce expone; coincido plenamente en que fue una estupidez probar al vapor semejante cosa, y efectivdamente el tiempo nos darà la razòn a quienes hemos dicho hasta el hartazgo que no pueden hacerse maquillajes superficiales a cuestiones legales tan serias que incluyen a dos instituciones tan importantes para el derecho: el matrimonio y la familia. Así las cosas, vuelvo al punto: QUE ALGUIEN ME DIGA CUAL ES EL ARGUMENTO JURIDICO PARA NO PERMITIR LA EXISTENCIA DE UNA FIGURA SEMEJANTE A LA DEL MATRIMONIO PARA REGULAR LA UNION ENTRE HOMOSEXUALES, y además, para hacer las reformas de fondo al resto de los ordenamientos legales (CODIGOS CIVILES, LEY FEDERAL DEL TRABAJO, LEY DEL IMSS, ETC). Saludos y quedo a sus òrdenes.



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    Respuesta No: 1735

  • dulcelarraga
    ABOGADO CIVIL


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    RESPETO SU OPINIÓN AZTECAS, este es un foro cada quien expresa libremente sus pensamientos, ya he aportado en este foro mi humilde opinión sobre los matrimonios homosexuales y durante todos estos días se me han venido a la cabeza una serie de peguntas: 1.- Si la pareja adopta quien ejercerá la guarda y custodia del niño en caso de Divorciarse. 2.- Si un niño es adoptado por una pareja de homosexuales quien le dará el apellido paterno y quien el materno. 3.- Este crecerá, aceptará su entorno familiar, y que sucederá si este individuo no esta para nada de acuerdo con el tipo de padres que lo adoptó. ¿Podrá renunciar a la paternidad y maternidad concedida?, No es una vacilada es una realidad. 4.- De que manera se va a castigar a la sociedad para las burlas hacia el menor y a las parejas homosexuales, si aun la figura de PADRASTO Y MADRASTA no es sinceramente aceptada. Existen personas homosexuales que son respetables, admirables, inteligentes, pero los que salen de closet son la mayor parte prostitutas (desee un paseo por la calzada de Tlalpan a la hora que desee). Por ahí alguien pregunto si constituye una violación a un varón con vagina artificial ¿¿¿?????? Y disculpa pero es erroneo tu razonamiento sobre que el Código Penal ya no incluye al adulterio por ser una costumbre habitual, eso es completamente falso, y tal vez sí, soy muy ignorante porque no conozco algún país que contemple la prostitución como activida lícita, oficio o profesión. ES LAMENTABLE LO AUQ EL CONGRESO APRUEBA, SOMOS SIMPLE Y SENCILLAMENTE UNA SOCIEDAD EN DECADENCIA SIN VALORES, SIN CULTURA, SOMOS LOS ÚNICOS ANIMALES QUE BUSCAMOS NUESTRA DESTRUCCIÓN, SOMOS PERSONAS QUE NO ADOPTAMOS A NIÑOS SIN HOGAR Y SI LOS ADOPTAMOS NO LES DAMOS EL MISMO TRATO QUE UN HIJO, SOMOS PERSONAS QUE LA MAYORÍA SE NIEGA A DONAR SUS ORGANOS, SOMOS PERSONAS QUE NO CUMPLIMOS VOLUNTARIAMENTE CON NUESTRAS OBLIGACIONES, COMPRAMOS PIRATERÍA Y VIVIMOS DEL NACTRAFICO, yO deseo saber que resolverá en la sociedad el matrimonio entre homosexuales sino podemos conservar y proteger la figura clásica del Matrimonio, eso solo traerá como consecuencia mas carga en los juzgados familiares, el hombre nunca esta conforme, se han preguntado o conestado porque los californianos desaprobaron dichos matrimonios????? EL TIEMPO NOS DARÁ LA RAZÓN, y el hecho que no estemos de acuerdo con el matrimonio homosexual y que 31 personas lo hayan aprobado en la ALFD no significa que nuestros comentarios son verticales, radicales e impropios.DEJEMOSLE AL TIEMPO, EL TIEMPO NOS DARÁ LAS RESPUESTAS. EL SER HUMANO LO CONSTITUYEN SUS IDEAS Y SUS VALORES, y se que es dificil para una persona que no agusto con el cuerpo que dios le dió y que tenga que luchar con eso, en contra de la familia, de la sociedad, salir del "closet", la sociedad no los ha discriminado, los ha aceptado, las leyes igualmente los proteguen igualmente el gobierno del DF regulaba sus relaciones con la ley de convivencia familiar, pero tampoco fue suficiente, pero... mejor DEJEMOSLE AL TIEMPO...



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    Respuesta No: 1734

  • aztecas
    ABOGADO PENAL


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    Esperaba comentarios más amplios y sustentados.



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    Respuesta No: 1733

  • Maxwel Smart
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    ¿Nadie se casa siendo virgen?..... se me hace que generalizaste de mas estimado azteca.



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    Respuesta No: 1727

  • aztecas
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    No he terminado de leer sus comentarios. Sin embargo, para abrir boca, quisiera aclarar el significado del término CONTUBERNIO, el cual suena como un acuerdo entre varias personas para hacer algo ilícito, perjudicial yo malintencionado. Sin embargo, encontré que, dicha palabra emana del latin CONTUBERNIUM, y según la historia, las legiones romanas eran muy disciplinadas, y los reclutas debían ser jóvenes con aptitudes físicas y conducta comprobada. Luego de ser aceptados, recibían un STIPENDIUM (estupendio), el dinero necesario para costearse el viaje hasta el destacamento militar donde habían sido asignados y gastos durante su entrenamiento. Mientras duraba su entrenamiento militar, los futuros soldados debían convivir de a 8 en una tienda que se denominaba CONTUBERNIUM (lo que hoy llamaríamos una barraca), pues seguramente cuando salieran de la escuela militar, vivirían durante las campañas también juntos en buena camaradería. Quisiera también aclarar que la homosexualidad NO IMPLICA LA FALTA DE ACEPTACIÓN DEL SEXO PROPIO, sino la atracción física, sentimental y emocional, entre otros aspectos, hacia personas del mismo sexo. Y ya que estamos en esto, quisiera puntualizar también que la HOMOFOBIA es la aversión, el odio irracional, el miedo, el prejuicio o la discriminación contra hombres o mujeres homosexuales, bisexuales o transexuales y metrosexuales; el fenómeno de la homofobia es estudiado por psicólogos y psiquiatras y existen estudios que han relacionado el odio hacia la homosexualidad con sentimientos homosexuales o transgénero reprimidos. Cuidado y análisis. Alguen menciono DIVORCIO, y respecto a ello, si tomamos en cuenta las cifras actuales en nuestros país de divorcios y en ellas basásemos la utilidad del matrimonio, concluiríamos también en prohibor el matrimonio heterosexual. A ese respecto, como cualquier ciudadano, me parece que el homosexual debe tener el derecho de decidir su estado civil. Creo que a nadie nos gustaría que nos prohibieran comer plátano si nos encanta, o nos obligaran a comer papaya si no nos gusta -o viceversa. Respecto al desequilibrio, si Usted, que tal vez sea un notable científico que ha descubierto y comprobado las causas, desarrollo y efectos de la homosexualidad, las cuales le permiten expresarse de esa manera, alguna vez le ha sido infiel a su esposo o esposa, buscando relaciones extramaritales a mì me parece que se demuestra en el aspecto emocional un franco desequilibrio, y en el moral, una falta total de integridad, y así le podemos seguir. Y aunque francamente no quisiera tomar en consideración los comentarios faltos de fondo yo raciocinio real, me sorprende ver cómo la mayor parte de los comentarios que hasta este momento he leído, tiene esta característica. Y es lamentable que seamos tan discriminantes, intolerables, incomprensibles, ignorantes, insensibles, ofensivos, espantados, y sobre todo, egoistas. Es aberrante que en nuestros tiempos y en nuestra sociedad, como en muchas otras, se vea a los homosexuales como degenerados, perversos, desviados, depravados, como bichos raros, o como cualquier cosa, menos como SERES HUMANOS. Y lo llamo aberrante porque, en la Grecia antigua, por ejemplo, se consideraba normal que un muchacho fuera el amante de un hombre mayor, el cual se ocupaba de la educación política, social, científica y moral del amado; se consideraba más extraño que dos hombres adultos mantuviesen una relación amorosa, aunque no dejaba de verse que era normal, como en la relación entre Aquiles y Patroclo, o en las parejas de soldados tebanos y hasta en la relación entre Alejandro Magno y Hefestión. De Julio César, el gran genio militar, creador del Imperio Romano, se decía que era "vir omnium mulierum et mulier omnium virorum", esto es, "el marido de todas las mujeres y la mujer de todos los maridos. Y continuando con el comentario, no podría estar más de acuerdo con ROCAVIRTUAL, sobre todo en su comentario 1302, que abarca la mayor parte de los razonamientos de hecho y de derecho que cualquiera podríamos emitir. Los demás comentarios emanan de pensamientos verticales y radicales que son impropios de una sociedad plural, incluente y democrática. El matrimonio homosexual es el reconocimiento social, cultural y jurídico que regula la relación y convivencia de dos personas del mismo sexo, con iguales requisitos y efectos que los existentes para los matrimonios entre personas de distintos sexos. Éste es el paso más avanzado para el total equiparamiento de derechos y deberes entre los ciudadanos homosexuales y heterosexuales (TODOS SERES HUMANOS). De aprobarse, no atenta contra ningún derecho, ni propio ni ajeno, y al contrario, rellena los vacíos y resuelve situaciones que representan un problema para mucha gente cuya vida en pareja que carece de marco jurídico en lo que a su vida en pareja respecta, situaciones que se dan más frecuentemente de lo que nos percatamos, porque es precisamente la actitud discriminante que ahora tomamos en estos comentarios frívolos, la que lleva a muchísima gente a una vida "de closet", o mejor dicho, de represión, y por lo tanto, infeliz. Recuerden que las estadísticas de la homosexualidad y todo lo que a ellos se refiere, son CIFRAS NEGRAS, y te aseguro, sin temor alguno a equivocarme, que TÚ, quienquiera que leas esto, tienes un homosexual en tu familia. Creo que como abogados, personas preparadas que somos, debemos abrir nuestra mente a la evolución de las culturas en todos sus sentidos, y adaptarnos a las mismas sin señalar a las demás personas sin antes mejorar nuestra propia persona. Concuerdo en que es un tema planteado con fines políticos, pero, sea cual sea la causa, es una situación que se veía venir y al que le estaban sacando la vuelta, claro, como a muchos otros. Estoy en total acuerdo en que las reformas éstrucutrales de las diferentes legislaciones serían de fondo y habría que trabajar mucho, pero, a todos los legisladores les pagan mucho mejor que la enorme mayoría de los mexicanos: que se pongan a trabajar. De no hacerlo, sería como quitarle a un niño con hiperactividad la posibilidad de educarse en una escuela pública: esa también es una discriminación y sucede todos los días. Y para terminar: en el derecho internacional existe el matrimonio entre dos o mas personas; el código penal ya no incluye el adulterio como delito por ser ya una costumbre habitual; la biblia dice que el hombre que conozca a una mujer se casará con ella y hoy ya nadie se casa siendo virgen; hay países en que la prostitución es legal y en los que no lo es, se practica en forma desmedida y todos lo sabemos; ¿Qué dicen al respecto? ¿No atenta también eso contra la moral y las buenas costumbres?



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    Respuesta No: 1625

  • alfben08
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    Pienso que si su decision no daña a los demas, tienen todos los derechos que gozamos las parejas heterosexuales.



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    Respuesta No: 1624

  • rocavirtual
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    DULCE: Le comento que en lo personal he asesorado a algunas parejas homosexuales que tienen dudas sobre como hacerle con sus bienes, o buscan en ocasiones obtener créditos conjuntos para adquirir casas; inclusive, conocí por ahi a una pareja que tuvo el gran problema de que uno de sus integrantes debía ser intervenido quirúrgicamente pero no estaba en condiciones de otorgar su consentimiento, por lo que su pareja tuvo que hacer todo un circo dado que la familia no radica en la misma ciudad; realmente la problemática de muchas de esas parejas estriba precisamente en eso: que carecen de derechos y sucede que en muchas ocasiones, uno de sus integrantes no trabaja, atiende a su compañero o compañera y luego? que pasa si èste fallece? sería interesante saber cuales serían los motivos por los que las parejas homosexuales desearian contraer "matrimonio" pero estoy casi segura que muchos de sus motivos no tienen nada que ver con la perpetuación de la especie. Saludos y por supuesto que nos echamos el cafecito.



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    Respuesta No: 1623

  • Maxwel Smart
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    "----amnistia internacional...." sus miembros tienen "libertad de opinión", pero de ninguna manera excatedran.



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    Respuesta No: 1622

  • dulcelarraga
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Yo no creo que los homosexuales quieran casarse para acceder a este tipo de beneficios, creo que el matrimonio es una Institución amenazada a desaparecer, cada día que pasa menos personas se casan, las que se casan lo hacen por régimen de separación de bienes y de ese tanto que se contrae matrimonio fracasan como pareja, ha cambiado radicalmente el concepto del matrimonio en el aspecto real, cada día hay mas mujeres profesionistas solteronas, mas madres solteras,mas mujeres divorciadas, mas concubinas, cada día hay menos hombres casados legalmente, el gobierno debe de implementar programas para que esta figura perdure, madure y se refuerze como institución, la familia nucleo se forma (pareja heteresexual) madre-padre-hijos, y constituyendo la base de la sociedad, si no tenemos bases no tenemos nada. Le envió Lic. Rocavirtual muchisimos saludos gracias y espero tener la oportunidad de conocerla algún día y invitarle un cafe de verdad.



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    Respuesta No: 1620

  • rocavirtual
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Perdon, se me olvidó mencionarle que inclusive amnistía internacional considera a los homosexuales como una minoria sexual que por razón de su preferencia es constantemente agredida y sus derechos humanos violentados, tanto por el propio estado como por la población en general.



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    Respuesta No: 1619

  • rocavirtual
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Colega Dulce: estoy totalmente de acuerdo con lo que menciona, el matrimonio es una institución y todo el argumento legal que me da respecto de él es contundente, pero... volvemos al punto e insisto; si lee mis intervenciones en todo momento he dicho que EL MATRIMONIO NO es ni debe ser de ninguna forma la figura por medio de la cual se le de legalidad a la unión entre dos personas del mismo sexo. De hecho considero que hablar de matrimonio gay es una aberración jurídica, basándome precisamente en algunas de las consideraciones que usted misma menciona en su última intervención. Cheque mi intervención 1288 y verá que es lo primero que menciono, NO AL MATRIMONIO GAY, pero insisto en que SI debe existir algún tipo de figura legal que permita que en este tipo de parejas cada uno de sus miembros cuente con los mismos derechos que la figura del matrimonio otorga a los cónyuges; esto es, derecho a percibir alimentos, a heredar, a adquirir créditos conjuntos, a recibir servicio médico, etc. Si digo que los homosexuales son una minoría desprotegida, es porque son un segmento de la población en México muy pequeño (entre un 2 y un 4% según estudios realizados por algunas universidades e inclusive el famoso sexólogo Kinsey llegó a afirmar que el 10% de la población mundial era homosexual); y porque desprotegida? porque como cualquier ciudadano cuentan con una serie de obligaciones pero por su preferencia sexual carecen de los derechos que ya mencione con relación a su pareja. No podemos negar que las parejas de hombre-hombre y mujer-mujer existen, viven juntos, pero no tienen ningún derecho precisamente por su condición y vuelvo al mismo punto: CUAL ES EL ARGUMENTO JURIDICO PARA DECIR NO A LA LEGALIZACION DE ESTE TIPO DE UNION? OJO. No hablo de matrimonio, definitivamente NO AL MATRIMONIO GAY pero... porque no otro tipo de figura jurídica?. Saludos y quedo a sus órdenes



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    Respuesta No: 1616

  • dulcelarraga
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    El argumento jurídico de la C. LIC. DULCE: los códigos civiles que la suscrita consultó no evocan ningún concepto jurídico de la palabra matrimonio, señalando solamente sus fines, El Código Civil Puebla: Artículo 294.- El matrimonio es un contrato civil, por el cual un sólo hombre y una sola mujer, se unen en sociedad para perpetuar la especie y ayudarse en la lucha por la existencia. El Código civil Distrito Federal: CAPITULO II De los requisitos para contraer matrimonio Artículo 146.- Matrimonio es la unión libre de un hombre y una mujer para realizar la comunidad de vida, en donde ambos se procuran respeto, igualdad y ayuda mutua con la posibilidad de procrear hijos de manera libre, responsable e informada. Debe celebrarse ante el Juez del Registro Civil y con las formalidades que esta ley exige. El Código Civil Tamaulipas: DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE NACEN DEL MATRIMONIO ARTICULO 143.- Los cónyuges están obligados, a contribuir cada uno por su parte, a los fines del matrimonio y a socorrerse mutuamente. Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos. Por lo que respecta al matrimonio, este derecho será ejercido de común acuerdo por los cónyuges. Considero que todos los fines del matrimonio la ley los tutela: el respeto, la igualdad, los hijos procreados fuera del matrimonio, el patrimonio, los derechos sucesorios, los alimentos, no necesariamente las personas necesitan estar casadas para que sean protegidos los derechos anteriormente descritos, para la suscrita el matrimonio lejos de ser un contrato es una institución, entre diversos concepto de matrimonio, el más completo es el del Sr. Ignacio Galindo Garfias, el cual define como estado civil que trae como consecuencia una serie de derechos y facultades, derecho y obligaciones para con los hijos y con ellos mismo. Para la suscrita el matrimonio es una Institución Jurídica que regula y protege los derechos, obligaciones y facultades de los hijos y de los cónyuges, concediendo un derecho de preferencia, y el fin jurídico más importante es que la perpetuación de la especie humana sea guiado, apoyado y basado en las figuras paterna y materna a la vez.



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    Respuesta No: 1615

  • dulcelarraga
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Colega ROCAVIRTUAL: Primeramente le envió mis cordiales saludos, y como Usted iría este tema se esta poniendo interesante, ahora quisiera pedirle un favor, Usted señalo: Si partimos de la premisa que maneja la colega DULCELARRAGA, el que el legislador se preocupe por las minorías es una pérdida de tiempo, cual sería la solución entonces?, me gustaría recordar donde escribí, señale o di a su entender tal cosa, porque de ahí surgió que Usted me preguntará: Que es una minoría??? a mi me interesa saber porque usted señala que los homosexuales son una minoria desprotegida???? y creame que me encuentro en el mismo nivel y canal para debatir un tema, y si es su deseo igorarme con el comentario que Usted realizó, no se preocupe de mi parte que yo ni me enojo, es un placer saludarla y compatir con Usted y con los foristas mi opinión aunque sea contraria a muchas otras.



  • Autor
    Respuesta No: 1614

  • dulcelarraga
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Colega ROCAVIRTUAL: Primeramente le envió mis cordiales saludos, y como Usted iría este tema se esta poniendo interesante, ahora quisiera pedirle un favor, Usted señalo: Si partimos de la premisa que maneja la colega DULCELARRAGA, el que el legislador se preocupe por las minorías es una pérdida de tiempo, cual sería la solución entonces?, me gustaría recordar donde escribí, señale o di a su entender tal cosa, porque de ahí surgió que Usted me preguntará: Que es una minoría??? a mi me interesa saber porque usted señala que los homosexuales son una minoria desprotegida???? y creame que me encuentro en el mismo nivel y canal para debatir un tema, y si es su deseo igorarme con el comentario que Usted realizó, no se preocupe de mi parte que yo ni me enojo, es un placer saludarla y compatir con Usted y con los foristas mi opinión aunque sea contraria a muchas otras.



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    Respuesta No: 1601

  • Maxwel Smart
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Vamos a suponer que la recua (ALDF) aprueba lo que ellos llaman "matrimonio" entre homosexuales.... Entonces, nos encontramos la siguiente hipótesis: "Juan", se "casa" con "Pedro" en el DF, y tiempo despúes, acude a la delegación del IMSS en su nuevo domicilio (Digamos Chihuahua) y trata de dar de alta a su "esposa" "Pedro" como derechohabiente en el IMSS.... a lo cual, se niega el Delegado.... ¿Que pasa?



  • Autor
    Respuesta No: 1600

  • rocavirtual
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    DULCE: No es nada inteligente responder una pregunta con otra; en fin; creo que no estamos en el mismo canal ni el mismo nivel para disertar sobre un tema. Le agradezco su respuesta. Sigo esperando argumentos JURIDICOS.



  • Autor
    Respuesta No: 1599

  • dulcelarraga
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Que diferencia hay entre un indigena y un homosexual?, Entre una persona de capacidades diferentes y un homosexual?, Entre un hombre y un mujer y una persona que no esta feliz con su sexo???? 31 personas tomarón esa decisión en el ALDF, pero el tiempo dará la razón a quien la tiene, yo le contestaré que es una minoría, cuando Usted me responda conforme a su respuesta (1521) porque los homosexuales son una minoría absolutamente desprotegida???????????



  • Autor
    Respuesta No: 1598

  • rocavirtual
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    DULCELARRAGA: Podrìa ilustrarme en cuanto a qué es entonces una minoría? y otra cosa mas, e insisto: cual es el argumento JURIDICO para considerar que no debe existir un mecanismo legal que dote a las parejas gay de derechos similares a los que se adquieren con el matrimonio tradicional? he dicho hasta el hartazgo que estoy completamente de acuerdo en que MATRIMONIO ENTRE GAYS es una aberración jurídica precisamente por la definición de tal concepto y lo que implica, pero... tambin considero que debe existir alguna otra figura que les permita adquirir ciertos derechos; entonces, serìa tan amable de decirme que es una minorìa entonces? y darme un argumento legal para que no exista una figura similar a la del matrimonio entre gays? Saludos



  • Autor
    Respuesta No: 1597

  • Maxwel Smart
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Estimado Siverda, tal vez entendí mal tu comentario, pero la homosexualidad, no es un "género", es una "conducta"



  • Autor
    Respuesta No: 1593

  • siverda
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    como abogados debemos respetar las inclinaciones sexuales de las personas,un abogado se oye muy mal al hablar despectivamente de otro genero,le quita seriedad a sus comentarios esto no es un mercado sobre ruedas,pongan atencion en eso,



  • Autor
    Respuesta No: 1558

  • dulcelarraga
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    los homosexuales no son minoría ROCA VIRTUAL, la CONSTITUCIÓN no habla de hombre, mujeres, hombres afeminados y mujeres masculinas, trasvestis, etc. protegue PERSONAS, P E R S O N A S y éstas personas tienen GARANTÍAS INDIVIDUALES, concepto de persona: ente jurídico de derecho y obligaciones, las rosas no dan peras, ni los perros tienen por cría gatos, yo acepto a los gays son un amor, me gista su manera libre de ser, son personas, pero el matrimonio no solo es un contrato..., los s no tienen hijos, no desean preguntes porque no tendrían hijos????? no necesitas accesar ya carnalmente para tenerlos, ahí esta M. jackson, Ricki Martí, Etc.SUCEDE QUE COMO DICEN MIS COLEGAS HAY INTERESES Y NO SE PREOCUPAN POR LA SOCIEDAD, si los hijos no nacen de los arboles o enredaderas, por dios...



  • Autor
    Respuesta No: 1556

  • Calva Triste
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Mis queridos y confundidos colegas, este no es un tema jurídico, sino político, y la respuesta es muy simple; "....Cuando debaten el derecho y la política, el derecho siempre pierde...." La razón es muy simple, en México, muchísimos políticos sencillamente son JOTOS... si no nos atrevemos a decir sus nombres, es porque simplemente están colocados en posiciones de poder que podrían tomar represalias y ya se sabe que no hay pero enemigo que un maricón.... recuerden como los crímenes pasionales mas sanguinarios son cometidos invariablemente por maricas.



  • Autor
    Respuesta No: 1553

  • FER CALZADA
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    pues yo sigo con la misma opinion al respecto,los legisladores aprobaron estos matrimonos porque hay otros intereses de por medio,por los pagos de derecho por matrimono que va a generar todo esto..a ellos no les interesa que se revuelquen o jueguen espadazos...ellos quieren recaudar mas ingresos.al paso que vamos proximamente se van aprobar los matrimonios entre hombres y animales..no me imagino realmente ir caminando con mi esposa y mi hijo... y de repente ver a dos hombres besandose en la calle o a dos mujeres y que mi hijo vea eso como normal..si bien es respetable la forma de ser de cada quien los legisladores deben pensar en los aspectos sociales en que va a repercutir todo esto.



  • Autor
    Respuesta No: 1552

  • Lic. Antonio R.
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas noches, pues si que es un tema complejo, yo considero que la unión de personas del mismo sexo va en contra de lo moral, religioso y no en contra de la ley, ahora bien, la legalización de esta unión de personas del mismo genero obedece mas a intereses personales de algunos legisladores (as) que no han salido del closet, como esta unión no tiene un fin como es el de preservar la especie, deberían de limitarles el derecho, en cuanto a que no podrán adoptar; creo que la finalidad de esas relaciones seria que en el supuesto de que alguno de ellos muera la otra persona este en posibilidades de reclamar los derechos de su pareja (seguros, pensión, testamento, etc)



  • Autor
    Respuesta No: 1551

  • rocavirtual
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Totalmente de acuerdo con Usted colega Maxwell, e insisto, el matrimonio definitivamente no es una figura que deba emplearse para darle un formato legal o legaloide a la unión entre homosexuales; eso lo he dicho hasta la saciedad, pero vuelvo a preguntar: cual es el argumento legal para que NO existan las uniones entre homosexuales?. Es clarísimo que el matrimonio de ninguna manera debe ser modificado en cuanto a su concepto esencial que es la unión de un solo hombre con una sola mujer, pues como bien dice colega, estaríamos ante una aberración tanto biológica como jurídica si hablamos de "matrimonio homosexual".



  • Autor
    Respuesta No: 1543

  • Maxwel Smart
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Aclarando nos amanece: Empecemos por la etimología del MATRIMONIO: La palabra matrimonio como denominación de la institución social y jurídica deriva de la práctica y del Derecho Romano. El origen etimológico del término es la expresión "matri-monium", es decir, el derecho que adquiere la mujer que lo contrae para poder ser madre dentro de la legalidad...... Como especie (homo sapiens) somos de aquellas cuya reproducción se realiza sexualmente, es decir, se requiere la intervención de los dos géneros de la especie para lograr la "maternidad", en consecuencia, el "matrimonio homosexual" es en si mismo un absurdo semántico y biológico.... Insisto, si por alguna razón, cualquiera que sea, se quiere dar un aspecto legaloide a las uniones homosexuales... sencillamente se saca del desuso en CONTUBERNIO, pero ya basta de exhibir la inconmensurable ignorancia que implica la simple mención de intentar vincular dos conceptos esencialmente excluyentes.



  • Autor
    Respuesta No: 1542

  • rocavirtual
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Es interesante ver que la mayorìa de los colegas que estàn en contra de la uniòn entre homosexuales, se rasgan las vertiduras y dan mil y un argumentos que nada tienen que ver con el derecho sino con conceptos religiosos, morales, etc., y pregunto: CUAL ES SU ARGUMENTO JURIDICO? si partimos de la premisa que maneja la colega DULCELARRAGA, el que el legislador se preocupe por las minorías es una pérdida de tiempo, cual sería la solución entonces? echamos a los indigenas a un pozo y los ahogamos (tambien son minoría), los discapacitados quizá pudieran ir a dar a un campo de concentración y rociarlos con gas a la usanza de la época de Hitler (también son minoría), por supuesto, los homosexuales deben ir también a dar a una camara de gas, pues defintivamente, al ser todos estos grupos minorías dentro de una sociedad que tiene tantos problemas como la nuestra, SUS problemas son eso, suyos y que ellos le hagan como puedan, el legislador simplemente que se lave las manos, se escandalice por cuestiones moraloides y todos contentos. Precisamente esto es lo que hace la diferencia entre una sociedad avanzada en materia de desarrollo social, democracia y participación ciudadana de una como la nuestra. Y continúo esperando argumentos jurídicos que fundamenten el porque NO debe haber una figura que permita la unión entre homosexuales. Es muy claro que MATRIMONIO jamás, pues esta es una institución que jurídicamente quedaría absolutamente desvirtuada. Saludos



  • Autor
    Respuesta No: 1534

  • dulcelarraga
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    RELAMENTE SI ESCRIBIERA EN ESTE FORO LO QUE PIENSO DE LAS PERSONAS QUE DESEAN QUE SE APRUEBEN LOS MATRIMONIOS GAYS, SEGURO ME VETAN POR DECIRLO ASÍ. ASÍ QUE CALLADITA QUE ME VEO MÁS BONITA, porque lo que he opinado no es nada.



  • Autor
    Respuesta No: 1533

  • dulcelarraga
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    ES QUE ACASO YA SE LES OLVIDO QUE LA LEY PROTEGUE PERSONAS??? Y DEBERÍA DE EMPEZAR POR CONCEPTUALIZAR AHORA: QUE SERÁ UNA MUJER O UN HOMBRE, PORQUE YA NO BASTA QUE NOS DIFERENCIEN NUESTRAS GENITALES, SINO LO QUE EXISTE EN NUESTRO INTERIOR.



  • Autor
    Respuesta No: 1532

  • dulcelarraga
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    QUERIDO SANTA: TE ENCARGO UN CEREBRO NO IMPORTA QUE SEA AUSTERO PARA NUESTROS LEGISLADORES QUE YA NO SABEN QUE INVENTAR, INNOVAR O MODIFICAR EN NUESTRA LEY, SE PONEN A ANALIZAS PURAS ESTUPIDECES QUE NO RESUELVEN NUESTRO PROBLEMAS ECONÓMICO Y DE SEGURIDAD, SEGURO LOS QUE DESEAN APROBAR LA LEY DEL MATRIMONIO NO TIENEN NI LA MAÁS MINIMA IDEA DE LO ES ESTA INSTITUCIÓN SAGRADA Y JURÍDICA PARA NUESTRA SOCIEDAD, AL IGUAL QUE LAS PERSONAS QUE APOYAN ESTE TEMA, SEGURITO SANTA TIENE ALGÚN INTERES OBSCURO Y OCULTO???, YA SABES MI MÉXICO QUERIDO. HAY TE DEJO TUS GALLETAS ANIMALITOS Y TU MEDIO VASO DE LECHE LALA.



  • Autor
    Respuesta No: 1527

  • Maxwel Smart
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Estimada aprendiendo...... estos ignorantes de la ALDF, creen que están descubriendo el hilo negro...la institución a que te refieres se llama CONTUBERNIO, data desde el Imperio Romano.



  • Autor
    Respuesta No: 1526

  • aprendiendo
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Aquí sería muy conveniente que aquellos de nuestros colegas más estudiosos y brillantes, hagan gala de su vena de juristas y propongan a los integrantes de la Asamblea del Distrito Federal otra institución mas acorde con la realidad de este sector de nuestra sociedad. He estado pensando en ello y aún no tengo alguna sugerencia al respecto. Es importante proponer otra figura jurídica para evitar, por un lado, se desnaturalice al matrimonio y por otro, que estas personas estén jurídicamente protegidas.



  • Autor
    Respuesta No: 1522

  • Jonathan23
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Pues en mi muy punto de vista, primero por ser hombres pertenecientes a esta sociedad tenemos derechos, ahora bien la ley no es algo moral sino normativas que se tienen llevar al pie de la letra y por eso si esta en la ley se puede hacer. Puede que suene un poco religioso pero recordemos que jesucristo dijo " Lo de cesar al cesar y lo de dios a dios" esto en mi particular interpretacion es que lo que es aqui en la tierra y la sociedad se tiene que regir tal cual lo mencionan las leyes y si es algo religiosamente prohibido pues ahi quien juzgara (Segun la religion) es dios al momento de la muerte y ahi por asi decirlo el edo no tiene jurisdiccion.



  • Autor
    Respuesta No: 1521

  • rocavirtual
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Podemos llenar cientos y miles de páginas con este tema, pero centrémonos: el punto es el argumento jurídico, mas no moral o moraloide; Serdán, su argumento es muy bueno, pero jurídicamente que aporta? ese es el punto, e insisto, podemos tener puntos de vista religiosos, morales, éticos, etc sobre si la homosexualidad es algo correcto o no, pero finalmente desde un punto de vista estrictamente jurídico estamos ante un hecho que impacta socialmente, que carece de cualquier tipo de regulación, que aquellos ciudadanos que son homosexuales no pueden ejercer plenamente su libertad de elegir su sexualidad, y sobre todo, que es una minoría absolutamente desprotegida. Como ya mencioné, igual no estoy de acuerdo con que existan madres solteras, pero es una realidad social y el estado tiene la obligación de otorgar protección jurídica; los indígenas son una minoría pero no por ello dejan de tener derecho, pasa igual con discapacitados, con personas de la tercera edad, etc., asi que, cual es el argumento legal? Se pone interesante esto no creen colegas?



  • Autor
    Respuesta No: 1514

  • SERDAN
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Antetodo, Señores Abogados, un saludo, la función básica de los órganos sexuales en el cuerpo humano es perpetuar la especie, llevamos miles de años evolucionando, gracias a la perpetuación de nuestra especie . en sus profundas cavilaciones filósoficas el homosapiens, al crear instituciones (matrimonio) decidio que estas deberian caminar en el sentido de las leyes de la vida y la naturaleza, por que observó que al unirse lo femenino con lo masculino se genera un tercer individuo, generando un triangulo equilatero(simbolo de equilibrio, orden y armónia), dos seres de un mismo sexo, no pueden perpetuarse como especie, (al menos en el ser humano), del mismo modo que al unir dos polos positivos de una instalación eléctrica, se genera un circuito corto; además sres. homosexuales y lesbianas muy respetuosamente, usted celularmente siguen siendo hombres (XY) o Hembras (XX) lo que la naturaleza ha formado muy dificilmente lo podra separar el hombre, pues no existe un equilibrio espiritual, mental, psicologico, ni físico, en un ser que no acepta el sexo de su cuerpo , recordando que la misión del ser humano en éste mundo, es desarrollar armónicamente todas sus facultades en el sentido de las leyes de la vida y de naturaleza. Además no conosco un homosexual o lesbiana integramente equilibrado.



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    Respuesta No: 1414

  • Lic_Judith
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Pienso que no se le puede dar el status de "matrimonio" a la unión de dos personas del mismo sexo. Por lo demás, la ley contempla toda posibilidad de contratos y acuerdos que no precisamente derivan en matrimonio con los que una pareja gay, si es su deseo, puede garantizarse mutuamente derechos y obligaciones. Por otro lado, sin plan de burla, el beneficio para los abogados estaría en que aumentaría el trabajo para la tramitación de divorcios, bajo reserva de equivocarme, lo que he visto de parejas gay entre artistas y gente pública, es que hacen uniones que no duran más de tres años, serán inestables emocionales? o algo así, el caso es que si se les concediera la opción del matrimonio (que insisto NO DEBE SER), tal vez solo sería para aumentar los casos de divorcio en nuestro país...



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    Respuesta No: 1374

  • Maxwel Smart
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Amiga Brissa... ¿Como defines la palabra "matrimonio"?



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    Respuesta No: 1370

  • Brissia
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    No debe hacerse distinción entre ciudadanos, la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo crea ciudadanos de segunda clase.



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    Respuesta No: 1350

  • lic.tyanna
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    y por que no cambiar el concepto de familia y de pareja del siglo pasado o del antepasado? creo que sien la realidad estas cosas pasan deberian de res reguladas por el derecho y proteger las garantias de todos los implicados



  • Autor
    Respuesta No: 1340

  • Giovanna Aldrete
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    controversial



  • Autor
    Respuesta No: 1331

  • Maxwel Smart
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    El que no sabe, y no sabe que no sabe. es un necio, apartate de el!......................................... El que no sabe, y sabe que no sabe, es hombre sencillo, instruyelo!.................................. El que sabe. y no sabe que sabe, esta dormido, despiertalo!................................. El que sabe, y sabe que sabe, es un sabio, siguelo!!! ................................................................El que no sabe y cree que sabe, es un perredista..... ten compasión del DF y vota por quelquier otro partido!!!!!!!!!!!!!



  • Autor
    Respuesta No: 1329

  • lic.tyanna
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Empezando por la definición de matrimonio: El matrimonio es una institución social que crea un vínculo conyugal entre sus miembros. Dicho vinculo conyugal como se desprende del termino conyuge puede darse entre personas de distintos sexos asi como del mismo Ahora que si no lo vemos como institución sino como contrato entonces el matrimonio se define como un contrato civil entre dos personas que reúnen los requisitos legales para casarse, en este caso el requisito es ser personas de distinto sexo y si Marcelo Ebrad o quien sea pretende cambiar dicho requisito deberá fundar su propuesta en una razón muy valida , a mi se me ocurre que si dentro de los objetivos del deecho se encuentra el de regular los usos y costumbres entre las personas, entonces el matrimonio gay existe desde hace mucho de hecho y no de derecho, lo cual me parece es una violación a las garantias constitucionales tales como la seguridad social al no poder ser beneficiario de la pensión de tu pareja fallecida siendo el caso de que la convivencia existio a veces durante años. Tomando en cuenta que el matrimonio por si mismo genera obligaciones derechos estas obligaciones y derechos deberan resguardarse dentro de l que me parece es un matrimonio de hecho, tal como en el caso del concubinato.



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    Respuesta No: 1325

  • siverda
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    AMI ME PARECE QUE POR EL HECHO DE TENER PREFERENCIAS SEXUALES DE SU MISMO SEXO NO LES QUITA SU ESTADO DE CIUDADANO, NO PIERDEN NI GANAN MAS GARANTIAS QUE LOS QUE NOS DECIMOS NORMALES.ME PARECE QUE EN UN ESTADO DONDE LOS POLITICOS ROBAN A MAS NO PODER NO ES POSIBLE QUE VEAMOS MAL LA UNION DE PERSONAS DEL MISMO SEXO,YO NO SOY HOMOSEXUAL PERO ES GENTE QUE ES IGUAL A CUALQUUIER CIUDADANO ,INCLUSO HASTA MEJOR.



  • Autor
    Respuesta No: 1324

  • Maxwel Smart
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Es sábado.... estamos en cafeteando.. perdóneseme el refrito del chiste:.............................................................Antes ser homosexual era mal visto (en México)... ahora, en un país digno de ser narrado por Franz Kafka, resulta que ser homosexual es "aceptable"... algunos políticos creen que es "necesario"... y probablemente un día Marcelo Ebrad, por medio de la cohorte que es la ALDF propondrá que sea OBLIGATORIO!!!!!!!.... jajajajajajajajajajajajajaja



  • Autor
    Respuesta No: 1302

  • rocavirtual
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Hola de nuevo, Licrod, efectivamente estamos ante una realidad social a la que no podemos cerrar los ojos; mas allá de consideraciones moralistas o moraloides, religiosas o de cualesquier otro tipo, creo que el derecho debe buscar el bienestar de los gobernados; así, tenemos el caso de la figura del concubinato, pregunto: desde una òptica estrictamente religiosa o moral, es correcto y aceptable vivir en pareja (hombre y mujer) sin contar con la bendición que otorga el matrimonio religioso? sin embargo, ante la realidad social que vivimos, y que este tipo de uniones se va haciendo algo cada vez mas común, al derecho le corresponde regularla, con los derechos y obligaciones que conlleva para quienes participan de este tipo de uniones; podrìa llenar páginas y páginas de hechos que quizá desde el punto de vista moral o religioso resulten poco adecuados, pero que finalmente son una realidad social y se encuentran debidamente regulados y sancionados por las leyes. Esto, es lo que ayuda al avance social de un paìs, otorgar a sus gobernados un real estado de derecho, pues insisto, acaso en este país la comunidad gay deja de pagar impuestos o servicios por esta condicion? acaso un gay puede decir no pago mi tenencia porque soy homosexual y esto le es permitido?. Así las cosas, considero que dentro de un marco de respeto hacía las preferencias y múltiples formas de pensar, la legislación debe actuar en consecuencia, otorgando derechos plenos (y obviamente, obligaciones) a este grupo, pues según estudios realizados, en nuestro país alrededor del 4% de la población tiene preferencias por personas de su mismo sexo, y esto, hablando de aquellos que se asumen abiertamente como homosexuales, lo que nos habla de unos 4 millones de habitantes (o mas) simple y llanamente ven sus derechos básicos como son el acceso a la salud, a los alimentos o a formar una familia (porque recordemos que en el siglo XXI la familia hombre-mujer-hijos ha cambiado radicalmente) flagrantemente vulnerados ante una sociedad que basada en argumentos moralistas y religiosos, se niega a aceptar y admitir que esto es una realidad cada vez mas palpable. Creo que serìa interesante reflexionar un poco y analizar que los gay están en la vida de todos y cada uno de nosotros, ya sea porque tenemos un pariente gay, nuestro médico lo es, el mecánico, la persona que nos atiende en el café, un compañero de trabajo, un colaborador, un juez, un secretario de acuerdos, una dentista, una colega, etc. Por último, una frase de Voltaire resulta bastante interesante en este tema: "No estoy de acuerdo con tus ideas, pero defiendo tu sagrado derecho a expresarlas" Asì, podemos no estar de acuerdo con ser gay, pero definitivamente como abogados tenemos un deber en pro de la ley, de defender el derecho de éstos a expresarse libremente como tales y tener los mismos derechos que el resto de la población. Saludos y quedo a sus òrdenes



  • Autor
    Respuesta No: 1297

  • licrod
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Agradezco su participación a todos los que han expuestos sus comentarios, este tema si levanta pólemica pero es una realidad social, en mi opinión es muy delicado el legalizar esta unión, ya que como lo comenta ROCA VIRTUAL sería modificar todo el marco jurídico que enmarca la figura de la pareja, de la familia; mas sin embargo considero que es mas factible modificar los códigos civiles estableciendo una figura del BENEFICIARIO PERSONAL en donde se estableciera que "aquellas personas de sexo masculino o femenino que cohabiten en pareja por mas de 5 años en el mismo domicilio sin tener vínculos consanguíneo pero sí de afecto, convivencia, respeto tendran los mismos derechos y obligaciones que los establecidos por el vínculo del matrimonio" bueno es solo una idea... debemos de vivir en un marco de respeto a las preferencias sexuales, religiosas, políticas, diversas ese es uno de los fines del derecho, normar, las relaciones. Gracias por sus comentarios M.. ISABEL RODRIGUEZ



  • Autor
    Respuesta No: 1296

  • Lic_Eduardo_Ruiz
    ABOGADO PENAL


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    Maxwel Smart, muchas gracias por el comentario, espero poder seguir cooperando con ideas a los temas expuestos. Después de leer los demás post, me quiero imaginar que en si la comunidad de abogados esta en contra de los matrimonios gay COMO TALES. Percibo que la idea generalizada es crear una nueva institución que pueda dar cabida a este tipo de relaciones que son una realidad en nuestro país y, que si bien es cierto, se han dado pasos importantes para su regulación, es no menos cierto que se requiere una solución de fondo para garantizar el Estado de Derecho y preservar el orden social. Quedo a sus órdenes.



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  • Maxwel Smart
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    (Resumen de Actividades)

    Por eso... Matrimonio: Unión entre hombre y mujer (agreguese lo que quiera a la definición, lo esencial es hombre+mujer)...... Cualquier clase de unión entre individuos del mismo género, con mutuo acceso carnal: CONTUBERNIO. Es una figura ancestral, actualmente en desuso.



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  • JAZM1N2505
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


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    Cada quien es libre de hacer lo que quiera hacer o ser, sin embargo, lo de los matrimonios es ya muy ridículo, si lo vemos de lado religioso, solo se señala la unión entre hombre y mujer, tomando en cuenta también que nuestro código civil establece que el matrimonio es la unión del hombre y la mujer PARA PERPETUAR LA ESPECIE, y esto incurre en dos normas, religiosa y jurídica, pero en lo social, creo que tienen libre albedrío, mientras no perjudiquen a los individuos con sus desfiguros, todo con respeto.



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  • Maxwel Smart
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Estimado ROCAVIRTUAL.... ¿Y que mas se puede esperar de la Asamblea Legislativa del DF?.... sino estupideces.... ¿Ya vio como se metieron, como de costumbre, en lo que no les importa en al asunto del SME y la SCJN los puso en su lugar de inmediato.



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  • BLANCA NIEVES
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    las diferentes opiniones y formas de pensar son unicas en cada persona, se complementa a lo vivido, estudiado y analizado a lo largo de toda una vida. mi postura es negativa en cuanto a legalizar matrimonios entre personas del mismo sexo, necesita muchos debates entre expertos de la materia, la ley no puede solapar intereses personales de algunos y perjudicar a otros. considero que seria una violacion legislar a favor.



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  • rocavirtual
    ABOGADO LABORAL


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    Creo que desde una òptica estrictamente jurídica, el matrimonio entre personas del mismo sexo, resulta ser una aberración, dado que al legalizarse tendría que modificarse el Código Civil, tanto Federal como los de los Estados y cambiar el concepto de matrimonio; así, estoy mas a favor de realizar una nueva figura jurídica que regule este tipo de relaciones. El colega David García dice que existe la ley de convivencia, pero en lo personal, considero que la misma no es mas que atole con el dedo y una estupidez de la Asamblea Legislativa del DF que la aprobó, dado que es notoria en su estructura la absoluta ignorancia de la técnica jurídica básica, pues la mentada ley adolece de una serie de vacíos y sin sentidos que realmente merece ser tirada a la basura. Aquí, lo idóneo, según el criterio de una servidora es crear una Ley especifica para regular este tipo de uniones, y realizar las modificaciones a las leyes relacionadas; cuales? Códigos Civiles, dado que creo que se debe dotar a las parejas gay de los derechos a heredar, a alimentos, a recibir pensión alimenticia y todos aquellos inherentes a la figura del matrimonio yo el concubinato en su caso; de igual modo, se tendrían que reformar las leyes de seguridad social (IMSS, ISSSTE, INFONAVIT, etc) a fin de que se cuente con los derechos y obligaciones a recibir pensiones por viudez, atención médica, incapacidades, etc, así como a la contratación de créditos mancomunados para la adquisición o mejora de vivienda. Muchos se rasgan las vestiduras, tal y como Sérpico, que califica esto como aberrante, negativo y ridiculo, pero mas aberrante, negativa y ridícula, resulta una sociedad que cierra los ojos a una realidad, con juicios de odio e intolerancia y sobre todo, un Estado que si bien pide a la comunidad gay a cumplir con sus obligaciones (porque hasta donde se, a nadie le dejan de cobrar impuestos porque dice soy gay) pero la exime de derechos fundamentales; para qu una sociedad llegue a un avance, debe entender y regular las relaciones de sus minorías.



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    Respuesta No: 1283

  • Maxwel Smart
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Giovanna Aldrete: Si Ud. no entiende la exposición precisa de Serpico, es porque Ud. no sabe derecho. Punto. Le puedo decir que, tal como lo exponen otros participantes de este café..... si por intereses propios MARCELO EBRAD y otros "políticos" quieren legitimar las uniones contra natura, sencillamente llámenle CONTUBERNIO, pero nunca "matrimonio"



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    Respuesta No: 1280

  • Maxwel Smart
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Lic_Eduardo_Ruiz ... lo felicito por lo preclaro de sus ideas, vertidas de manera educada, pero firme, sin temor a ser "politicamente impropio" al contravenir las tendencias de Mercelo Ebrad y la caterba de ¿políticos? que desgobiernan el DF. Lo felicito sinceramente.



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    Respuesta No: 1277

  • Lic_Eduardo_Ruiz
    ABOGADO PENAL


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    El objetivo del matrimonio como institución es la protección de los derechos de familia, definiéndose como "la unión legal o religiosa de un hombre con una mujer para compartir deberes sexuales, patrimoniales y domésticos, todo esto con el fin último de alentar la prservación de la especie y mantener el orden social". En este orden de ideas veo como imposible la instauración del matrimonio entre personas del mismo sexo, toda vez que por definición sería imposible. Estaría de acuerdo en crear una institución civil totalmente nueva que regule éstas relaciones, otorgándo los derechos y obligaciones que el caso amerite. Sin embargo, se ha demostrado que este tipo de razonamientos propios de un niño de primaria son inalcanzables para los legisladores, tal y como lo demostraron cuando despenalizaron el aborto en el DF, independientemente de la libertad de la mujer para decidir lo que haga con su cuerpo y sexualidad, la vida es un bien jurídico tutelado de mucho mayor valor que la libertad per se, y esa vida se reconoce desde el momento mismo de la concepción. No digo quese le obligue a las mujeres a criar a un niño que no deseen, pero se podria reformar el sistema de adopciones para que aquellos niños no deseados sean adoptados in utero, (alli si, que adopten las parejas del mismo sexo, pues estarán pendietes del desarrollo del producto) y buscar la manera en que las muejres tengan rápido acceso a métodos anticonceptivos preventivos, cambiando la mentalidad de la sociedad acerca de los mismos. En ambos casos, la educación determinará la aceptación a aversión que estos temas despierten en las personas. Quedo a sus órdenes.



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  • davidgarcia
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


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    Tema interesante, escabroso y sobre todo reciente, me agrada la idea de debatirlo, mas mi postura será contraria a esta figura jurìdica, ya que como bien menciona colega, debemos revisar las cosas de fondo y las necesidades sociales y todo eso que bien menciona y que es redundante repetir. Más sin embargo es claro que juridicamente es innecesaria la legalización del matrimonio, lejos de que sea una cosa moral, no encuentro razón juridica para su legalización, ¿Cual serìa entonces el beceficio legal que se obtendria al legalizarlo? Recordemos que se tiene una ley de convivencia que regula quizas algunos vacios juridicos y deja algunos de largo, creo que habría que partir primeramente de lo que tenemos para ir avanzando y debatiendo de lo que existe a lo que se pretende y no solo con especulaciones de lo que puede ser. Espero nadie tome esto personal y sea muy objetivo ya que de eso se trata. 1. El matrimonio entre personas del mismo sexo es innecesario JURIDICAMENTE. 2. Los derechos generados a partir del matrimonio entre personas del mismo sexo (salvo la adopcion) pueden ser regulados por la ley de convivencia. 3. Al legalizar los matrimonios de las personas del mismo sexo, obedece mas a un movimiento social que a un movimiento juridico. 4. La sociedad evoluciona, vivimos en una sociedad donde eso es normal y aceptable, no debe ser condenable, más sin embargo, no hay una necesidad inmediata de regular matrimonios entre personas del mismo sexo. No encuentro la utilidad juridica vamos, esa es la cuestion. Esperando podamos debatir objetivamente claro esta, un saludo. David Garcia



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  • Giovanna Aldrete
    ESTUDIANTE


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    jajaja me parece de muy bajo criterio el "comentario" de Serpico, y es que con todo repeto, pero dejame decirte que nuestra profesion es analizar las cosas de fondo, no solamente nos podemos limitar a ideas vagas y sin sentido. Como es posible que lo sepas, y no lo dudo, la vida del abogado esta en constante cambio, el derecho se creo por la necesidad de la sociedad y la sociedad demanda cambios; claro esta que estos cambios puede que no sean del total agrado de la mayoria de la comunidad "conservadora" por llamarlos asi, pero es una realidad que podemos ver latente en nuestra sociedad, es un hecho al que no nos podemos prestar ajenos a la idea, de por lo menos razonar lo que opinamos. Disculpeme pero me gustaria leer verdaderos argumentos. Esperare deceosa de debatir el tema con mayor pronfundidad. Sin mas por el momento se despido de ud. con el respeto que me merece. Giovanna Aldrete



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    Respuesta No: 1274

  • Serpico
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    (Resumen de Actividades)

    Aberrante en lo natural, negativo en social y ridiculo en lo juridico.



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