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Cafeteando
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AutorRespuesta No: 7410
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... ... ... pero nadie dice nada...
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Fecha: 2014-05-25 18:04
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AutorRespuesta No: 6217
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esto es una soberana genuflexion palatino lingual...
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Fecha: 2013-10-18 19:36
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AutorRespuesta No: 776
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La respuesta es exceso en la defensa, es legitima defensa cuando repeles una agresión real, actual o inminente. En tu ejemplo si ya le había dado un balazo ahí si hay defensa legitima, lo demás es exceso y es punible. Nuestro sistema penal no tiene ninguna escuela causalista o finalista en particular. En nuestro sistema penal es un revoltijo de todo.
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Fecha: 2009-07-06 22:38
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AutorRespuesta No: 762
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PUES AQUIE EN MEXICO NUESTRO SISTEMA PENAL ES DE LA ESCUELA CAUSALISTA , PUES EN ESTE CASO NO OPERARIA EL EXCESO DE LA LEGITIMA DEFENSA , PERO LA REFORMA EL DERECHO PENAL SE REGIRA POR LA ESCUELA FINALISTA,ESTUDIARA LA CAUSA FINAL Y PIENSO QUE SI OPERARIA EL EXCESO DE LELIGITIMA DEFENSA
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Fecha: 2009-07-02 17:15