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Cafeteando
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AutorRespuesta No: 7133
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La empresa o en este caso el nuevo patrón y su antiguo como co solidario solo pueden hacer las siguientes cosas 1.- darles una carta donde afirme se respeta su antigüedad y derechos adquiridos de la antigua denominada sociedad y lo que con lleva. 2.- Liquidar a los empleados y empezar de cero ojo esto puede solo ser liquidar su antigüedad no despido XD. 3.-El caso que les bajen el salario ante el seguro aunque reciban la misma cantidad de dinero, si los perjudica, puesto en caso de una incapacidad, ustedes recibirán menos cantidad, y ademas las aportaciones al infonavit para ustedes van a ser menos. Buen día espero la información sea de utilidad
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Fecha: 2014-04-17 14:47
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AutorRespuesta No: 7096
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denominación social... no razón zosial... mientras sea la misma empresa... será la misma antigüedad... que es lo que cuenta en una liquidación... no es necesario que los liquiden... y si lo hacen... pierden su antigüedad...
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Fecha: 2014-04-06 18:08