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Cafeteando
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AutorRespuesta No: 4848
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debes atender a que el C.C., manifiesta que solamente debes instaurar la demanda, posteriormente emplazar y por último atender a la primera audiencia dónde si el caso lo amerita debes llegar a un convenio y en su defecto proceder a la etapa probatoria. suerte.
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Fecha: 2012-10-17 18:08
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AutorRespuesta No: 4847
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Colega, para estar claros te recomiendo estudiar obviamente el CC, sin embargo el art: 2 nos habla de la supletoriedad de las leyes y su jerarquìa el CC te debe indicar los procedimientos si no te lo indica, busca con cual còdigo de procedimientos civiles te debes regir, una frase de los abogados mercantilistas es: cuando litigo en la vìa mercantil lo hago con el CC. con el CCPF con el CCPDF y con CCP del estado a que perteneces; ahì encontraras lo referente a las pruebas.
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Fecha: 2012-10-17 10:03
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AutorRespuesta No: 4752
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del comentario, es un juicio ordinario mercantil ,por incumplimieto de contrato de prestacion de servicios
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Fecha: 2012-09-07 01:31