Cafeteando

  • Autor
    Respuesta No: 5689

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


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    Ochoa... Las partes en el derecho laboral son .... Representante del patrón... Representante del trabajador... Presidente... Secretario.... Eso se llama integración de la junta... No te pierdas mi estimado...



  • Autor
    Respuesta No: 5679

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


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    Las partes son: Actor y Demandado o Patronal, no se confunda.



  • Autor
    Respuesta No: 5675

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


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    MINIMO O BASICO DEL PROCEDIMIENTO LABORAL.- PRACTICA. La primera audiencia laboral, se le conoce como AUDIENCIA DE CONCIIACION, DEMANDA, EXCEPCIONES, OFRECIMIENTO Y ADMISION DE PRUEBAS. El proceso laboral es eminentemente oral, esto quiere decir que hay que hacer manifestaciones en forma verbal y que queden asentadas en el expediente: Primero, se llega a la mesa o junta que corresponda, ahí se inicia el trámite de CONCILIACION, que tiene como interés, terminar con el proceso; en la mayoría de las juntas, el trabajo es por medio de comadoras, con pantalla a la vista y con y bajo la presencia de las partes, sus abogados y quien los acompañe. Segundo, si no se llega a convenio, comenzara la diligencia así: 1.- HAY QUE ACREDITAR A PERSONALIDAD. “En este acto, solicito a la H. Junta debidamente integrada, con fundamento en el artículo 692 y relativos de la ley federal del trabajo, me sea reconocida la personalidad de apoderado legal de (actordemandadocliente), en los términos de la CARTA PODER que en este momento exhibo, firmada ante dos testigos, asimismo, señalo como DOMICILIO PROCESAL PARA OIR Y RECIBIR NOTIFICACIONES Y CITATORIOS a favor de mi representado, el despacho jurídico ubicado en: …… de esta ciudad y para que surte todos los efectos legales conducentes.” 2.- ACTOR.- DEBE RATIFICAR LA DEMANDA: “En este acto y por ser el momento oportuno, RATIFICO EN TODAS Y CADA UNA DE SUS PARTES EL ESCRITO INICIAL DE DEMANDA, así como sus ampliaciones, adecuaciones y peticiones, a nombre de mi mandante, solicitando se tenga por bien recibida esta ratificación y proceda a abrir el siguiente momento procesal.” 3.- DEMANDADO.- DEBE CONTESTAR LA DEMANDA: “En este momento y por ser la fase procesal oportuna al caso, vengo A DAR CONTESTACION a la oscura, frívola e improcedente demanda interpuesta en contra de mi mandante, lo que hago por medio de escrito, que consta de… hojas tamaño… útiles por una sola de sus caras, solicitando se tenga por debidamente contestada y por opuestas las excepciones y defensas que a la parte demandada corresponda, que es a quien represento; ratificando el escrito que presento y haciéndolo propio a nombre de mi mandante.” 4.- REPLICA.- El actor deberá tomar la palabra y decir: Después de dar contestación a la demanda, el actor debe ejercer el derecho que la ley le da de REPLICAR: Casi ningún abogado, por desconocimiento o por táctica, lo hace o utiliza, pero para el caso de hacerlo, puede usar estas fórmulas:  Que lo manifestado por la parte demandada en su escrito de contestación de demanda, son mentiras, encubiertas en frases de apariencia jurídica y que no alcanzan a herir o destruir el contenido y fuerza legal de la demanda planteada.  La verdad de los hechos dentro del presente procedimiento laboral, está en el ESCRITO INICIAL DE DEMANDA, así como sus ampliaciones, adecuaciones y peticiones, por lo que pido se tomen en cuenta.  No es mi deseo el hacer uso del derecho de REPLICA que a la parte actora corresponde, solicitando se abra el proceso en su fase respectiva y demostrar quién tiene la razón jurídica. Cualquiera de las tres es buena como REPLICA. 5.- CONTRA REPLICA:- El demandado podrá hacer contra replica de lo manifestado por la parte actora en la réplica, y podrá decir:  No es mi deseo hacer uso del derecho de CONTRA REPLICA, solicitando que se tenga por contestada la demanda y vertida la verdad jurídica a demostrar. 6.- OFRECIMIENTO DE PRUEBAS DE LAS PARTES:- LA ACTORA: “EN ESTE ACTO, por ser el momento procesal oportuno, vengo a ofertar como medios de prueba relacionados con el ESCRITO INICIAL DE DEMANDA, así como sus ampliaciones, adecuaciones y peticiones, un escrito que consta de … hojas y solicitando se me reciban todas y cada una de dichas pruebas y se tengan por desahogadas las que por su naturaleza legal así lo permitan, y se señale día, hora y lugar para el desahogo de las que, evidentemente, por su naturaleza jurídica. Así lo requieran.” LA DEMANDADA: Una vez que termina la actora de ofrecer sus pruebas, la demandada podrá decir:  “A nombre y representación de todos y cada uno de mis mandantes, vengo a ofrecer como medios de prueba relacionados con el ESCRITO DE COINTESTACION A LA INICIAL DE DEMANDA, así como sus ampliaciones, adecuaciones y peticiones, un escrito que consta de … hojas y solicitando se me reciban todas y cada una de dichas pruebas y se tengan por desahogadas las que por su naturaleza legal así lo permitan, y se señale día, hora y lugar para el desahogo de las que, evidentemente, por su naturaleza jurídica. Así lo requieran, ratificando el contenido del mismo y corriendo traslado del mismo a la parte contraria en este mismo acto y en presencia de la H. Junta debidamente integrada. ASIMISM0, OBJETO TODOS Y CADA UNO DE LOS MEDIOS DE PRUEBA OFRECIDOS U OFERTADOS PARA LA PARTE ACTORA DE AUTOS, EN CUANTO AL ALCANCE Y VALOR PROBATORIO QUE SE LE PRETENDE DAR Y SOLICITANDO EN FORMA EXPRESA SE LE DESENCHEN TALES MEDIOS DE PRUEBA POR SER OFRECIDOS SIN LAS CONSIDERACIONES QUE ORDENA Y MARCA EL PROCEDIMIENTO LEGAL LABORAL.” DOCUMENTOS:  “ASIMISMO, se objeta de manera particular, todo aquel documento exhibido por la actora, toda vez que los mismos no se ofrecieron en términos y condiciones de ley, amén de que con estos no se prueba o acredita hecho alguno de los señalados en el ESCRITO INICIAL DE DEMANDA, así como sus ampliaciones, adecuaciones y peticiones que en su momento procesal hiciera.”  SI EL DOCUMENTO ESTUVIERA FIRMADO POR LOS CLIENTES: “ASIMISMO, LOS DOCUMENTOS MARCADOS CON LOS NUMERALES…. SE OBJETAN EN CUANTO A AUTENTICIDAD DE CONTENIDO Y FIRMA, PUES DESCONOZCO SI LA FIRMA QUE APARECE EN LOS MISMOS, CORRESPONDE AL PUÑO Y LETRA DE MIS REPRESENTADOS.”  SI EL DOCUMENTO NO ESTA FIRMADO POR NADIE O BIEN ES SOLO UNA FIRMA SIN NOMBRE: “ SE HACE VER A ESTA H. JUNTA DEBIDAMENTE INTEGRADA, QUE LOS DOCUMENTOS EXHIBIDOS CARECEN DE PROPIEDAD, ES DECIR, SE DESCONOCE EL ORIGE, SUOR Y VALOR DE LOS MISMOS, POR LO TANTO, ESTA AUTORIDAD LABORAL NO LOS PUEDE RECIBIR, DAR POR BUENOS OTORGARLES VALOR O CONCEDERLES USO DE VERDAD.” INSPECCION OCULAR:  SI LA CONTESTACION ES NEGATIVA:- “SE OBJETA la prueba consistente en inspección ocular, toda vez que como se ha manifestado, mis mandantes, son personas físicas que carecen del carácter de patronal y por lo mismo, no cuentan y nunca han tenido dicha documentación.  SI LA CONTESTACION RECONOCE EL CARÁCTER DE PATRON:- “Se objeta la prueba y se señala en forma expresa que esta carece de eficacia para demostrar lo extremos pretendidos por la actora, a virtud de que ya fueron exhibidos los documentos por el periodo que la ley establece. ACTO SEGUIDO, es el turno de la PARTE ACTORA de realizar objeciones y tachas a las pruebas ofrecidas por la demandadapatrón, y con ello, puede terminar la audiencia; también puede pasar que el presidente de la Junta Especial, se reserve el derecho de hacer estudio de las pruebas y señalar cuales serán las que se desahoguen y cuando; pero, también las puede valorar en ese momento y señalar fechas de desahogo en ese momento.



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