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CONTRATO DE ASOCIACION CIVIL
- Autor : ANONIMO
- Fecha : Miércoles 12 de Noviembre de 2008 22:23
- Tipo de Usuario :
- Descripción : Contrato de asociacion civil
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de un año computable desde la fecha fijada para la toma de posesión. Los consejeros estarán en sus funciones en la misma fecha en que la directiva tome posesión.
Capítulo V
DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN
Artículo 66. La Asociación se disolverá:
a) Por consentimiento unánime de los asociados;
b) Por terminación del plazo fijado en este instrumento;
c) Por la consumación del objeto social o por imposibilidad de realizarlo;
d) Por reunirse en una sola persona las participaciones sociales, y
e) Por resolución judicial.
Artículo 67. Una vez decretada la disolución, la Asociación entrará en estado de liquidación, la cual deberá ser practicada dentro de un plazo de seis meses.
Artículo 68. Decretada la disolución, cesarán en sus cargos los miembros de la mesa directiva y serán designados por la asamblea general dos liquidadores, cargo que recaerá en las personas que dicho órgano social determine, quienes realizarán todas las operaciones tendientes a la liquidación conjunta y mancomunadamente.
Artículo 69. El consejo de vigilancia fiscalizará la actuación del órgano de liquidación, debiendo denunciar a la asamblea general cualquier irregularidad que advierta en los manejos del mismo, a fin de que ésta decida lo que juzgue Oportuno.
Artículo 70. Una vez concluidas las operaciones de liquidación, los liquidadores convocarán a asamblea general para que en ella se examine el estado de cuentas de liquidación, se dictamine sobre ellas y se resuelva la aplicación que se dará al remanente en caso de que lo hubiere.
TRANSITORIOS:
Artículo primero. Para la interpretación, ejecución y cumplimiento de este ordenamiento, se declara como ley aplicable el Código Civil del Estado de _____ y como suplementariamente aplicable, el Código de Comercio y sus leyes complementarias.
Artículo segundo. Se designa por los asociados fundadores para el primer ejercicio social que abarca el periodo comprendido desde la fecha de firma de esta escritura hasta el ________. de ________. de ________. como integrantes de la primera mesa directiva, a las siguientes personas:
PRESIDENTE: ____________
VICEPRESIDENTE: ____________
SECRETARIO: ____________
TESORERO: ____________
SECRETARIO DE ACCIÓN SOCIAL: ____________
SECRETARIO DE ACCIÓN CULTURAL,: ____________
SECRETARIO DE ACCIÓN DEPORTIVA: ____________
SECRETARIO DE PRENSA Y PROPAGANDA: ____________
Las mencionadas personas aceptan en este acto los cargos que se les confiere y protestan su fiel y legal desempeño, dándole a sus firmas en esta escritura, el carácter de aceptación y protesta.
Artículo tercero: Las personas que integran la mesa directiva podrán ser reelectas en sus cargos o seguir formando parte de la mesa directiva.
Segunda. Los comparecientes de común acuerdo designan al señor ____________ para que de inmediato proceda a la protocolización y registro de esta escritura.
Tercera. El presidente de la mesa directiva legalmente en funciones (en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 55 inciso i) de estos estatutos), ostentará la representación de la Asociación como mandatario de la misma, otorgándosele además de las facultades que son propias de su cargo, las siguientes: representar a la Asociación ante personas físicas o morales y ante toda clase de autoridades de cualquier fuero, sean judiciales (civiles o penales), administrativas o de trabajo, tanto de orden Federal como local; hacer uso de la firma social para celebrar todos los actos jurídicos que directa o indirectamente se relacionen con el objeto social; para absolver y articular posesiones, transigir y comprometer en árbitros; presentar demandas y desistirse de ellas, interponer toda clase de recursos en las instancias y ante las autoridades que procedan, interponer amparos y desistirse de ellos y seguirlos en todos sus trámites, siempre con el poder más amplio, incluyendo las facultades que requieran cláusula especial conforme a la ley en los términos del artículo _______________ del Código Civil del Estado de _____; otorgar y suscribir a nombre de la Asociación toda clase de documentos, incluso títulos valores, en los términos del artículo noveno fracción I, de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, abrir o cerrar cuentas en instituciones de crédito, nombrar apoderados generales para pleitos y cobranzas y apoderados especiales otorgándoles al efecto los poderes respectivos; revocar esos nombramientos, contratar empleados y demás personal de la Asociación en caso necesario, fijándoles sus facultades, obligaciones y emolumentos; administrar los negocios sociales y ejercitar actos de dominio respecto de los bienes de la Asociación, en los términos del artículo _______________del Código Civil vigente en el Estado de _____, cuyo texto es trascrito enseguida, entendiéndose que en el ejercicio de su cargo no tendrá más limitaciones que aquellas que le impongan la ley, los estatutos de la Asociación y la asamblea general y que la enumeración anterior es de carácter enunciativo y por tanto no limitativo.-Artículo _______________. ''En todos los poderes generales para pleitos y cobranzas, bastará que se diga que se otorga con todas las facultades generales y las especiales que requieran cláusula especial conforme a la ley, para que se entiendan conferidos sin limitación alguna. En los poderes generales para administrar bienes, bastará expresar que se dan con ese carácter, para que el apoderado tenga toda clase de facultades administrativas.-En los poderes generales, para ejercer actos de dominio, bastará que se den con ese carácter para que el apoderado tenga todas las facultades de dueño, tanto en lo relativo a los bienes, como para hacer toda clase de gestiones a fin de defenderlos.-Cuando se quisieren limitar, en los tres casos antes mencionados, las facultades de los apoderados, se consignarán las limitaciones, o los poderes serán especiales. Los notarios insertarán este artículo en los testimonios de los poderes que otorguen.''
Yo, el notario, Doy Fe de la verdad del acto, de que lo relacionado e inserto concuerda fielmente con los originales a que me remito y he tenido a la vista; de haber leído personal e íntegramente esta escritura a los comparecientes; de haberles advertido el derecho a que tienen para hacerlo por sí mismos; de que les explique su valor y consecuencias legales; de que les advertí las obligaciones que tienen de inscribir el testimonio que de esa escritura se expida en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de este municipio; de que se cumplieron los requisitos preceptuados por el artículo _______________ (_______________) de la Ley del Notariado vigente en el Estado de _____; de que manifestaron su conformidad con el contenido del presente instrumento, el cual ratificaron en todas sus partes y firmaron al calce de su puño y letra en mi presencia el día dieciocho de enero de mil novecientos noventa y dos. Doy fe.
_____________- _____________- _____________-_____________-_____________-_____________-_____________-_____________-_____________-_____________-_____________-_____________-_____________-Lic. _____________-Firmados y el Sello Notarial de Autorizar.
Autorizo esta Escritura hoy día ________. de ________. de ________. , fecha en que se presentó la nota de exención del timbre, que dejo glosada al apéndice de mi protocolo con el mismo número de esta escritura y con la letra B.-Doy fe.-Lic. _____________- Rúbrica y el Sello Notarial de Autorizar.
NOTA DEL TIMBRE
Exp. ________. -C. Jefe de la Oficina Federal de Hacienda Número ________. .-Presente.-Con fecha ________. de ________. de ________. y por Escritura Pública Número ________. , tomo ________. , volumen ________. , de mi protocolo, se protocolizó el acta constitutiva de una asociación civil denominada _________________________., A. C., otorg