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RESOLUCION DEL RECURSO DE REVOCACION QUE ORDENA REPONER EL PROCEDIMIENTO
- Autor : VTorres
- Fecha : Lunes 28 de Mayo de 2018 22:21
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- Descripción : RESOLUCION DEL RECURSO DE REVOCACION QUE ORDENA REPONER EL PROCEDIMIENTO
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ficial de la Federacin el 22 de marzo de 2001, en vigor a partir del da siguiente al de su publicacin, reformado mediante decretos publicados el 30 de abril de 2001 y 17 de junio de 2003, en el mismo rgano oficial, ambos en vigor a partir del da siguiente al de su publicacin. Articulo segundo, prrafos segundo y octogsimo noveno y primero transitorio, del Acuerdo que seala el nombre, sede y circunscripcin territorial de las Unidades Administrativas del Servicio de Administracin Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federacin el 27 de mayo de 2002, en vigor a partir del da siguiente al de su publicacin, aclarado mediante Acuerdo publicado en el citado rgano oficial el da 12 de julio del mismo ao; reformado mediante Acuerdos por los que se modifica el diverso por el que se seala el nombre, sede y circunscripcin territorial de las unidades administrativas del Servicio de Administracin Tributaria, publicados el 24 de septiembre y 30 de Octubre de 2002, en el mismo rgano de difusin, ambos en vigor a partir del da siguiente al de su publicacin. Articulo 116, 117 fraccin I inciso c), 131 primer prrafo, 132 y 133 fraccin III del Cdigo Fiscal de la Federacin. SUBSTANCIACIN DEL RECURSO Se procede a la admisin y substanciacin del recurso de revocacin, intentado en contra de la resolucin contemplada en el oficio _______________, con nmero de expediente _________________ de fecha ______________emitida por la Aduana de ____________, tenindose a la vez por ofrecidas y exhibidas las pruebas adjuntas al mismo. Realizado el estudio de la resolucin impugnada y tomando en consideracin, las constancias que obran en el expediente administrativo correspondiente, de conformidad con el articulo 131 del Cdigo Fiscal de la Federacin debe dictarse resolucin, a lo que procede con base en lo siguiente: MOTIVOS DE LA RESOLUCIN Realizado el estudio de la resolucin impugnada y una vez analizada la argumentacin hecha valer por el recurrente, las pruebas exhibidas y dems constancias que obran en el expediente administrativo en que se acta, esta administracin considera lo siguiente. Antes de entrar al anlisis de los agravios planteados por el recurrente, es conveniente para esta autoridad encargada de resolver, exponer que de acuerdo con lo dispuesto en los artculos 192 de la Ley de Amparo, la Jurisprudencia que establezca la Suprema Corte de Justicia, funcion