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RESOLUCION DEL RECURSO DE REVOCACION QUE ORDENA REPONER EL PROCEDIMIENTO
- Autor : VTorres
- Fecha : Lunes 28 de Mayo de 2018 22:21
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- Descripción : RESOLUCION DEL RECURSO DE REVOCACION QUE ORDENA REPONER EL PROCEDIMIENTO
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_________ que actu en el procedimiento de merito se haya identificado legalmente, al ser que, se refiera, en el acta de inicio de procedimiento administrativo en materia aduanera descrita en el prrafo anterior, nmero __________________ con numero de expediente _____________ no se cumpli cabalmente los requisitos antes apuntados, a efecto de considerar acreditado el requisito de la identificacin contemplado en el artculo 150 fraccin I de la Ley Aduanera vigente en 2004 antes transcrito. En este sentido, por cuanto hace a los dems argumentos vertidos en los agravios segundo y tercero, esta autoridad determina con fundamento en el artculo 132 del Cdigo Fiscal de la Federacin, no entrar a su estudio y resolucin ya que su contestacin no variara el sentido de la presente resolucin, en virtud de que los mismo estn orientados a controvertir las razones particulares y causas inmediatas por las cuales, en la resolucin en controversia se determin a cargo del ahora recurrente del crdito impugnado, siendo que, como se ha motivado en prrafos anteriores, en el caso en estudio se incumpli con un requisito de forma desde el inicio del procedimiento, lo que tiene como consecuencia legal que la resolucin impugnada se deje sin efectos por devenir de un procedimiento viciado. Ahora bien, en relacin a la documental consistente en el acta de notificacin de la resolucin impugnada, de fecha __________________________, levantada por el personal actuante de la Administracin Local de __________ del Distrito Federal, la cual se exhibe como prueba en la presente instancia, esta autoridad determina otorgarle pleno valor probatorio por contener hechos legalmente afirmados por autoridad en documento publico, con fundamento en el articulo 130 tercer prrafo del Cdigo Fiscal de la Federacin, acreditndose con ella que el presente recurso de revocacin se present en tiempo. De igual manera, por cuanto hace a la documental consistente en el oficio nmero _________________ de fecha ilegible, emitido por la Administracin Central de Regulacin del Despacho Aduanero, documental exhibida como prueba en el presente medio de defensa, esta autoridad le otorga pleno valor probatorio por contener hechos legalmente afirmados por autoridad en documento pblico, con fundamento en el artculo 130 tercer prrafo del Cdigo Fiscal de la Federacin, acreditndose con la misma que la Administracin Central de Regul