- Inicio
- Formatos
Formatos Jurídicos y Legales Gratuitos
JUICIO DE PATERNIDAD
- Autor : ANONIMO
- Fecha : Jueves 13 de Noviembre de 2008 12:23
- Tipo de Usuario :
- Descripción : Juicio de paternidad
- Visitas : 9,025
- Descripción : Copia y pega el texto de cada página en un documento de texto en tu computadora.
Pagina: 8
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XXIll
Enero de 2006
Página: 737
Tesis: la. CCXVIII/2005
Tesis Aislada
Rubro: PRUEBA PERICIAL EN GENÉTICA MOLECULAR DEL ÁCIDO DESOX1RRIBONUCLEICO (ADN). EL ARTÍCULO 5, APARTADO B), INCISO ID, DE LA LEY DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS Y NIÑOS EN EL DISTRITO FEDERAL, NO VIOLA LA GARANTÍA DE AUDIENCIA. El artículo 5, apartado B), inciso III de la Ley de los Derechos de las Niñas y Niños en el Distrito Federal, que establece que las niñas y niños tienen el derecho a la identidad, certeza jurídica y familia, y a solicitar y recibir información sobre su origen, sobre la identidad de sus padres y a conocer su origen genético, se traduce en el derecho de los menores a solicitar enjuicio, la prueba pericial en genética molecular del ácido desoxirribonucleico (ADN), de sus presuntos progenitores. Lo anterior no viola la garantía de audiencia, puesto que la misma se encuentra debidamente protegida por el artículo 298 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, por virtud del cual existe la posibilidad de impugnar mediante el recurso de apelación en el efecto devolutivo, la admisión de una prueba por parte de quien pudiera resultar afectado por la propia admisión-
Precedentes: Amparo en revisión 1166/2005. José Martín Roiz Rodríguez. 16 de noviembre de 2005. Cinco votos. Ponente: Sergio A. Valls Hemández. Secretario: Joaquín Cisneros Sánchez.
12
Compilación de Legislación y Jurisprudencia
Año 1 – No. 1 – Septiembre-Diciembre 2005
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por unanimidad, determinó que los menores de edad tienen derecho a que un juez ordene la realización de pruebas de ADN para determinar la identidad de sus padres.
Los Ministros precisaron en su resolución, que el análisis de ADN sí establece limitaciones, ya que el objetivo “es que el menor conozca su origen genético, que no es otra cosa que la identidad de sus padres, más no pretende conocer las condiciones médicas”.
Y que “si el juez ordena la práctica de una prueba en genética, el sujeto puede en todo momento negarse a que dicho examen se practique”.
Con base en este razonamiento, afirmaron que la prueba genética no atenta contra la libertad de las personas afectadas, porque la ley referida “de ninguna manera obl