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PENSION EN TESTAMENTO

  • Consulta : 283898
  • Autor : ferynan85_NR
  • Publicado : Viernes 09 de Marzo de 2018 13:29 desde la IP: 189.222.115.222
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,143
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  • Autor
    Consulta

  • ferynan85_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Baja California
    Tengo una hija de 7 años a quien mensualmente le pago 6mil x mes por pension alimenticia, sé que en mi testamento tengo que dejar tal pension para mi hija... pero tal pension tiene que ser igual osea de 6mil pesos? o puedo bajar la cantidad? Ya que me volvi a casar y seré papa por 2da ocasion.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 397418

  • JOSE LUIS CARBAJAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    La Ley preveé que las resoluciones judiciales firmes dictadas en negocios de alimentos, ejercicio y suspensión de la patria potestad, interdicción, jurisdicción voluntaria y las demás que prevengan las leyes, pueden alterarse y modificarse cuando cambien las circunstancias que afecten el ejercicio de la acción que se dedujo en el juicio correspondiente; de donde resulta que una resolución sobre alimentos puede ser variada, aun cuando se trate de una sentencia firme. Luego entonces para que puedas variar el pago de los alimentos tendrás que promover el juicio de reducción de pensión alimenticia, ya que tu no puedes manejarla a tu antojo



  • Autor
    Respuesta No: 397419

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Si bien es cierto que las obligaciones alimentarias se pueden modificar cuando las circunstancias del deudor alimentario cambian, también lo es que dichas modificaciones circunstanciales deben se ajenas a la intención del deudor. Es decir que son operantes cuando se trata de una lesión o accidente que imposibilite al deudor seguir trabajando, la vejez, incapacidad mental, etc. Pero el hecho de tener más hijitos claro que no puede ser considerado como causa pare reducir una obligación alimentaria firme por sentencia. En tal caso todos los acreedores alimentistas se la pasaría procreando, incluso no falta el "abogado" que recomienda a sus "víctimas" tener más hijos.



  • Autor
    Respuesta No: 397423

  • Rosen
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Jajjajajajajaj Lic. Ochoa, ahora si me hizo Usted reír, pero es totalmente cierto y valido que luego los “abogados” dice cada cosa, que no seria de extrañar un comentario de esa naturaleza, inclusive, ponen sus datos de contacto para el “apoyo jurídico…?????” correspondiente… Jajjajajajajaj… Un muy cordial saludo



  • Autor
    Respuesta No: 397425

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Saludos Lic. Rosen. Claro que no es extraño, en este foro abundan los "Abogados" que viven de este foro cazando víctimas publicando datos de contacto, y con celular porque no tienen oficina, y claro que no tienen oficina porque andan al "salto de mata". Pero eso sí, con celular, porque ese sí tienen.



  • Autor
    Respuesta No: 397432

  • DELGADO Y ASOCIADOS
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    La reducción de pensión alimenticia sí puede ser ordenada por el Juez de lo Familiar, pero se tendrá que promover mediante incidente de reducción de pensión alimenticia, esto es porque si las circunstancias han variado aún cuando se trate de una sentencia firme, en el caso que nos ocupa, si Usted ha adquirido otras obligaciones , las tendrá que demostrar ante el Juez de lo familiar para poder variar el pago de la pensión alimenticia. Esperando que la información le sea de utilidad le envío un fraternal saludo.



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