• Instagram

.

.

Login Registrate

  • .
  • Foro
  • 1era. Epoca
  • Formatos
    • Ver Formatos
    • Formatos Penales
    • Formatos Administrativos
    • Formatos Civiles
    • Formatos Laborales
    • Sube tu Formato
  • Salas
    • Sala Penal
    • Sala Administrativa
    • Sala Civil
    • Sala Laboral
    • Sala de Debates
  • Cafeteando
  • Vox Populi
  • Corresponsales
  • Tareas
  • Directorio
    • Directorio Internacional de Abogados
    • Pasantes
  • Iniciativas de Ley

Vox Populi Tus ideas podrían cambiar al mundo, Exprésalas!

  1. Inicio
  2. Vox Populi


Vox Populi Ver todos


Crear
381 Articulos

Política - 381 articulos

Crear
1516 Articulos

Derecho - 1516 articulos

Crear
266 Articulos

Anecdotario - 266 articulos

REVOCACIÓN DE MANDATO 1A, PARTE.

  • Autor : lawman1
  • Fecha : Martes 19 de Junio de 2012 16:37
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,478
Recomienda este artículo a un amigo

REVOCACIÓN DE MANDATO, INCONGRUENCIA JURÍDICA.

Sin intenciones de partido, ni políticas, ni personales en contra de nadie, pero es importante

analizar un poco el tema para conocimiento general, el término REVOCACIÓN DE MANDATO en mi particular concepción, jurídicamente es incongruente, y entraña ilegalidad, por que como todos sabemos, el Jefe de Ejecutivo Federal, es decir, el Presidente de la República, ejecuta la ley, por ése motivo es el primer mandatario de la nación, ahora bien, quién es el mandante, del mandatario???

el pueblo que somos los gobernados,??,  claro que no, ….el mandante es LA LEY, …como es la Constitución Federal, las leyes federales, tratados internacionales en los que México se encuentra suscrito, leyes locales, etc.

De existir una REVOCACIÓN DE MANDATO, al menos para el efecto de revocar, según esto, al Presidente de la República, sería ilegal é inoperante, por la simple razón de que, de aplicarse dicha revocación operaria para REVOCAR LEYES, NO FUNCIONARIOS, en virtud de que el mandato emana de la LEY, no del funcionario, situación que sería inoperante pues esa supuesta REVOCACIÓN, al caso parlamentario o congresal, DEROGACIÓN, es facultad exclusiva del Congreso de la Unión.

Si se pretende instrumentar un mecanismo con capacidad de cesar al Jefe del Ejecutivo Federal en  funciones, por motivo de falta de capacidad, o el no cumplir promesas de campaña, o cualesquiera otra razón, se tendría que analizar en el proceso bicameral que establece nuestra Constitución, y seguramente no se denominaría REVOCACIÓN DE MANDATO por que es ilegal e inoperante para los efectos o consecuencias en que se ofrece esta pseudo figura jurídica.


Califica este artículo:
  • Currently 1.85/5
  • 1
  • 2
  • 3
  • 4
  • 5

Rating: 1.9/5
(40 Ratings )

Autor: lawman1

(Visita mi Oficina)   

Columna del día


Vox Populi

4ta transformacion 2021 mexico.

mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que 

el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo 

triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar 

con morena el movimiento de mexico y su pueblo .

y hacer la separacion de la politica de la economia .

y trabajar  incansablemente para extirpar ese cancer maligno 

la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.

...
[Ver articulo completo]
Autor:
ometepecalito

Publicado: 2021-01-05 23:35:06
Columna leida: 90524691 veces.
Lecturas completas: 3741

Salas Jurídicas


Sala Penal
Sala Administrativas
Sala Civil
Sala Laboral

Site Links


  • Inicio
  • Que es Justicia México
  • Reglas de Etiqueta
  • ¿Quién patrocina Justicia México?

Comunidad


  • Foro
  • Envíanos un tip
  • Reporta un error
  • Links
  • Colaborar con JM

Redes Sociales


  • Facebook
  • Twitter

Suscríbete


Recibe nuestro correo semanal.


12.441 Miembros 122.000 Articulos

D.R. © Todos los derechos reservados Justicia México ®

Aviso Legal|

  • Inicio
  • Publicidad
  • Contacto
  • Volver arriba