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RECUPERACIóN AHORRO INFONAVIT, SI NO SE RECLAMO O EN PROCESOS.
- Autor : wofito2088
- Fecha : Martes 12 de Junio de 2012 09:42
- Tipo de Usuario :
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Recupera tu ahorro de vivienda El mes para iniciar el proceso de devolución dependerá de la terminación de tu número de seguridad social Nallely Ortigoza
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Autor: NEGOCIOS/Staff
Cd. de México, México (12 junio 2012).- Si te jubilaste entre el 1 de julio de 1997 y el 12 de enero de 2012 de acuerdo con el régimen de la Ley del IMSS de 1997, esto te interesa.
La Secretaría de Hacienda envió a la Cofemer el anteproyecto de las reglas con las que el Infonavit deberá pagarte el saldo de tu Subcuenta de Vivienda 97, es decir, el dinero que ahorraste pero no usaste para comprar una casa.
El Infonavit comenzó a devolver este ahorro a algunos pensionados en enero de este año, pero si nunca lo reclamaste, o bien, iniciaste un proceso judicial que se resolvió en tu contra, entonces será hasta agosto cuando inicie el periodo de devolución.
El anteproyecto aún debe someterse a observaciones y a la revisión de un comité técnico, por lo que estas reglas aún pueden cambiar. La Secretaría tiene hasta el 11 de julio para presentar las reglas de devolución definitivas.
Sin embargo, por si no hay cambios puedes prever los documentos e información que necesitarás, así como algunas fechas clave.
Lo primero que deberás hacer es ubicar las fechas en las que te correspondería enviar tu solicitud.
Según el anteproyecto los trabajadores con número de seguridad social con terminación 0 y 1 deberán llenar su solicitud en agosto; con terminación 2 y 3 en septiembre; 4 y 5 en octubre; 6 y 7 en noviembre; 8 y 9 en diciembre de este año y en enero de 2013.
Cuando hayas determinado en qué mes te corresponde y haya llegado el momento, entonces ingresa al sitio del Infonavit (http://portal.infonavit.mx/), proporciona tu nombre, número de seguridad social y llena el formato de solicitud de devolución.
El Infonavit validará de manera automática e inmediata los datos que envíes, que incluyen el número de seguridad social, que seas un trabajador pensionado por el IMSS entre el 1 de julio de 1997 y el 12 de enero de 2012 y que te hayas jubilado de acuerdo con el régimen de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997.
Además, que existan fondos acumulados en la Subcuenta de Vivienda 97 a tu nombre y que no tengas un crédito de vivienda vigente.
En caso de que la validación de los datos sea positiva, podrás programar tu cita ante el Infonavit para continuar el trámite.
"Si los datos a que se refieren las fracciones anteriores no pudieran ser validados, se seguirán los procedimientos de aclaración que ponga a disposición el Infonavit a través de su portal de internet, que pueden ser electrónicos, telefónicos, presenciales en las delegaciones del Infonavit o cualquier otro que resulte necesario", señala el documento enviado a la Cofemer.
Al presentarse en la cita programada, deberás entregar original y copia de tu credencial de elector y en caso de haber demandado la entrega de los fondos y haber obtenido una resolución en contra, deberás llevar ese documento en original y copia.
Si no demandaste, pero tu ahorro es menor o igual a 10 mil pesos, el Infonavit te pagará de forma automática a partir de agosto de 2012, asegura el documento.
El Instituto de vivienda tendrá los primeros 10 días hábiles de cada mes a partir de enero de 2013 para devolver su dinero a los jubilados.
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