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SANCIONES EJEMPLARES A QUIENES EJERCEN SIN SER ABOGAOS EN QUERETARO.

  • Autor : garovalo
  • Fecha : Domingo 31 de Julio de 2011 14:53
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,507
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El periodico oficial del estado de Querètaro, LA SOMBRA DE ARTEAGA , por ledio de esa ley de transparencia, ha señalado a partir del 20 de julio de 2011:

 

El Proyecto de “Ley que fija el arancel para el cobro de honorarios de Abogados en el Estado de Querétaro”, cuyo objeto es separar de la Ley de Profesiones las disposiciones relativas al arancel del cobro de honorarios de los profesionistas del Derecho. Además se busca lograr que en la ley se determine con precisión cuál es el honorario que devengará el abogado, para evitar que en un abuso de la discrecionalidad se pueda lesionar al cliente, siendo una de tales medidas la de usar una sola cifra y no una cantidad mínima y otra máxima.

 

-               El Proyecto de “Ley que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Profesiones del Estado de Querétaro”, que tiene como finalidad modernizar la Dirección Estatal en la materia, para la validación electrónica de documentos académicos; establecer la obligación a las Instituciones de educación media, media superior y superior, así como a la Usebeq, de entregar a esa instancia, los listados de sus egresados y de los certificados de estudios que expidan, para abatir la falsificación de los mismos; aplicar sanciones ejemplares a quienes ejerza una profesión sin estar calificado; además de regular los Colegios de Profesionistas y establecer la figura de “patente estatal” para autorizar el ejercicio de la profesión en tanto se tiene la cédula profesional.


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Autor: garovalo

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triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar 

con morena el movimiento de mexico y su pueblo .

y hacer la separacion de la politica de la economia .

y trabajar  incansablemente para extirpar ese cancer maligno 

la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.

...
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Autor:
ometepecalito

Publicado: 2021-01-05 23:35:06
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