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BREVE ANALISIS DE TERROR FISCAL

  • Autor : CP. RUBEN LOPEZ
  • Fecha : Miércoles 27 de Febrero de 2013 17:21
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,478
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JAQUE MATE

 

Buenas tardes, quisiéramos compartir con ustedes algo que,  tiene oculta una moraleja rara, pero que debe servirnos a todos a modo de reflexión en los negocios y sobre todo en lo fiscal.

 

                Esta historia es algo basado en un hecho real, tiene  que ver con algo ocurrido hace apenas unas horas, un dia por mucho,  y es lo siguiente,

 

                               La detención de la maestra Elba Ester gordillo, líder sindical del SNTE.

 

Analicemos con ojos críticos, de abogado fiscalista y contador,  un poco la detención y los sucesos

 

1.       La detención es el resultado de una investigación que se inicio en  diciembre 2012 (entrando en ejercicio peña nieto),  se le realizo una auditoria a las cuentas del sindicato (curioso solo en relación con ella), a los ejercicios fiscales de 2008 a 2012).

 

2.       Lo que se encontró fue que mediante una desviación de recursos y malversación de fondos, recursos  de los trabajadores de la educación, ella había usado en su beneficio  $2,600,000.00 pesos, el cual mediante empresas falsas, depositaba  en una cuenta y sacaba de otra, apoyándose en prestanombres.

 

3.       El resultado fue que derivado de la revisión se encontró lo siguiente:

 

a.       De 2008 a 2011 se desvió recursos de cuentas de los trabajadores de la educación a cuentas de personas físicas.

b.      Las beneficiares de esos depósitos fueron siempre las mismas personas.

c.       Los recursos de los trabajadores los usaron para pagar sus tarjetas de crédito y servicios personales.

d.      El lavado de dinero se realizo en cuentas ubicadas en Suiza y Liechtenstein.

e.      Elba Esther Gordillo declaro ingresos de 2009 a 2011 por 1.1 millones de pesos  cantidad inferior a los depósitos investigados.

 

Análisis crítico.

 

Señores y Señoras,  es necesario tener cuidado con lo que hacemos contable y fiscalmente,  si bien es cierto que a nadie nos gusta pagar impuestos, porque no vemos su devolución en obras y servicios,  recuerden que Obligatorio el pagar impuestos tal como lo enmarcada nuestra Constitución Política de Los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 31 fracción IV que a la letra dice:

 

IV. Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado y

Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.

 

 

Con independencia de lo que deba la maestra, y a quien;  lo que se hizo fue una revisión fiscal, recordemos que cuando exista la posibilidad de un perjuicio al fisco, llámese también papa gobierno, no hay secreto bancario que valga,  que cuando ustedes por su cuenta o a través de sus contadores, envían la declaración con terceros, están diciendo a quien le pagaron y, cuando nuestros clientes envían la declaración correspondiente están informando cuanto nos pagaron.

 

Que usted cobra en efectivo y no da comprobantes, lo que le hace pensar que hacienda no le tiene fiscalizado, está en un error,  seguro no le llego la carta de estimativa por los depósitos en efectivo que decía “De acuerdo a los controles y la revisión que hizo el Servicio de Administración Tributaria, hemos detectado los ingresos siguientes…….”, no hay nada oculto bajo el sol……

 

En materia de delitos fiscales, me es menester el comentarles que el Servicio de Administración Tributaria, no solo está facultado para pedir su información al banco, revisarles a ustedes sus cuentas  y en caso de partes relacionadas, revisar a la contra parte de un ingreso, enviar su información al buro e iniciar una denuncia penal con el expediente del caso demostrándole al ministerio publico.

 

De conformidad con el Código Fiscal de la Federación algunos delitos que merecen pena corporal es decir prisión son los siguientes:

 

Delito de Defraudación Fiscal

 

Comete el delito de defraudación fiscal quien con uso de engaños o aprovechamiento de errores, omita total o parcialmente el pago de  alguna contribución u obtenga un beneficio indebido con perjuicio del fisco federal.

 

La sanción para este delito es la siguiente:

 

        I.            Con prisión de tres meses a dos años cuando el monto de lo defraudado no exceda de $500,000.00

      II.            Con prisión de dos años a cinco años cuando el monto de lo defraudado exceda de $500,000.00 pero no de $750,000.00

    III.            Con prisión de tres a nueve años cuando el monto de lo defraudado  fuere mayor de $750,000.00

    IV.            Cuando no se pueda determinar el monto de lo defraudado la pena será de tres meses a seis años de prisión

 

Y para ello solo basta lo siguiente

 

Para proceder penalmente por delitos fiscales será necesario que previamente la Secretaria de Hacienda y Crédito Público:

 

a)      Formule querella (es decir presente la denuncia).

b)      Declare que el fisco federal ha sufrido o pudo sufrir perjuicio.

c)       Formule la declaratoria

 

Ya sabemos en este sentido como se las gasta hacienda, por lo cual no hagamos cosas buenas que parezcan malas, a veces a los contadores nos dejan la tarea (como si tuviéramos una varita mágica) de cuadrar los números a lo que ustedes quieren pagar, pero, no somos magos no aparecemos comprobantes, tratamos mediante las herramientas contables y fiscales de que ustedes puedan conservar su dinero, pero nunca defraudando, ahora bien, si ustedes no nos ayudan solicitando comprobantes, exigiéndolos y entregándolos no podemos hacer mas.

 

Estimados amigos, ya no hay ingreso que podamos ocultar, ni gasto por el que no nos den comprobante, la fiscalización de hacienda ya es tan efectiva que está empezando a alcanzar lo intocable, y si a AL CAPONE lo detuvieron por evasión de impuestos, y a ELBA ESTHER la detuvieron por defraudación y malversación, que nos esperamos nosotros.

 

Ya como epilogo, en el terreno político me gustaría decir que Nicolás Maquiavelo, en el terreno político decía en su libro el príncipe  “Es de considerarse que a los hombres ahí que ganarlos con beneficios o eliminarlos, porque tienden a vengarse de las pequeñas ofensa; pero de las grandes no puede; de manera que, la ofensa que se haga a  un hombre debe ser tal que no permita su venganza”  años después se cumple,  el enemigo de la reforma educativa fue exterminado, de tal manera que no se permite venganza, no cabe duda que el priismo con sus más cercanos colaboradores en Hacienda y  la Procuraduría están en el poder.

 

Si no, juzgue usted.

 

 

 

 

 

 

"LOPEZ ALVAREZ Y ASOCIADOS"

CONTADORES Y ABOGADOS

 

 

 

CP. RUBEN LOPEZ

contabilidadlopezalvarezyasociados

Nextel 4981-6634  id. 92*694053*4

Ofc. 5852-8531


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Autor: CP. RUBEN LOPEZ

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Autor:
ometepecalito

Publicado: 2021-01-05 23:35:06
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