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COADYUVAR CON EL MINISTERIO PUBLICO
- Consulta : 975
- Autor : ernest00
- Publicado : 2011-09-30 09:33 desde la IP: 189.169.243.72
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 9,018
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 30 de Septiembre de 2011
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 1352
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Fecha de respuesta: Sábado 08 de Octubre de 2011 03:58 2011-10-08 03:58 desde IP: 200.57.115.190
ErnestOO.- La coadyuvancia se fundamenta en el articulo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos aparado C fracción II.
Artículo 20.- El proceso penal sera acusatorio y oral ...
C. De los derechos de la víctima o del ofendido:
II. Coadyuvar con el Ministerio Público; a que se le reciban todos los datos o elementos de prueba con los que cuente, tanto en la investigación como en el proceso, a que se desahoguen las diligencias correspondientes, y a intervenir en el juicio e interponer los recursos en los términos que prevea la ley.
Autor
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Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
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