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ACOSO

  • Consulta : 770
  • Autor : SSara1228
  • Publicado : 2011-06-09 16:39 desde la IP: 189.223.37.139
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 9,011
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  • Autor
    Consulta

  • SSara1228
    ESTUDIANTE

    Estado de Referencia: Baja California Sur

    Hola muy buenas tardes el dia de hoy recivi una carta de ustedes a nombre de una persona que rentaba la casa de mi mama la cual estipula que la casa de mi mama sera rematada ya que esa persona tiene un adeudo con ustedes. Mi pregunta es, como es que la casa de mi mama puede ser rematada? si esa persona solo era alguien que rentaba no tenia ningun papel a su nombre mis papas nunca les firmaron nada y tampoco les prestamos ningun papel. La verdad es molesto estar reciviendo correo y llamadas buscando a personas que no viven aqui, PORQUE NO SE TOMAN LA MOLESTIA EN BUSCAR A ESA PERSONA YA QUE USTEDES SON LOS CULPABLES POR NO HACEGURAR SI ESA ES CASA PROPIA O RENTADA.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 1109

  • LicXibalba
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Primero no entiendo a que se refiere con "ustedes", ya que este es un foro público, donde se vierten opiniones y se dan asesorías de tipo legal, no es un sitio de gobierno para que se queje. Ahora, en atención a lo que plantea, pues usted es víctima del ya tan famoso acoso telefónico, y mientras sólo sean llamadas telefónicas en las que le dicen que le van a rematar o embargar o algo así, no tiene porque preocuparse, puesto que son empresas que se dedican a eso, a molestar al a gente vía telefónica preguntando por el deudor y exigiendo el pago por parte de uno, si así es su caso pues no pasará de llamadas telefónicas, pero si recibe citatorios o documentos con sellos judiciales entonces si preocúpese y busque a un abogado. Para obtener algún documento no es necesario que le hayan prestado los papeles a su ex inquilino, bien pudo haber tomado algún recibo de agua, luz o teléfono para acreditar como suyo el domicilio de la casa de su mamá, yo creo que si ha escuchado de los préstamos SIN AVAL Y SIN GARANTÍA, pues de eso de valen, sólo de que acrediten el domicilio y con ello pueden exigir a quien sea que responda en ese domicilio. SUERTE



  • Autor
    Respuesta No: 1111

  • MIRIAMTI
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    estoy deacuerdo con el colega anterior, si bien es cierto podria tratarse de los muchos "CITATORIOS DE EMBARGO" artimañas utilizadas por las empresas crediticias,



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