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PREGUNTA

  • Consulta : 565
  • Autor : pitunene
  • Publicado : 2011-03-18 15:44 desde la IP: 201.155.153.24
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 8,463
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  • Autor
    Consulta

  • pitunene
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Chihuahua

    Hola buenas tardes, mi pregunta es que problemas legales puedo tener por haber alterado 2 cheques que no eran a mi nombre y haberlos depositado en mi cuenta de cheques?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 895

  • Lic. Barrera
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Trataré de ser breve.

    Ante lo escueto de su consulta, me atreveré a especular sobre la "alteración que efectuó de los títulos de crédito".

    Por alterar se puede referir a diversos supuestos. Me explico:

    a) Que obtuvo los cheques -no sé por qué medios-, los llenó a su nombre, falsificó la firma, los depositó en su cuenta bancaria y le fueron pagados;

    b). Obtuvo lícitamente los cheques, sin embargo éstos se encontraban expedidos a nombre de una persona diversa a usted, modificó el nombre del beneficiario, los depositó en su cuenta y le fueron pagados, o

    c). Si los cheques fueron expedidos a su nombre y modificó las cantidades y también le fueron pagados.

     

    En cualquiera de los casos evidentemente puede tener consecuencias jurídico penales por los delitos de falsificación de documentos, uso de documento falso y fraude. No omito hacer notar que en caso de derivar en un procedimiento penal, sólo podría ser sentenciado por el fraude, ya que éste consumiría -o subsumiría- los otros delitos como medios comisivos.



  • Autor
    Respuesta No: 896

  • pitunene
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Muchas gracias , y si el afectado directo no va a presentar denuncia alguna , puedo solicitar algun amparo ? o que necesito hacer

     

    saludos 



  • Autor
    Respuesta No: 898

  • Lic. Barrera
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes.

    El juicio de amparo indirecto o juicio de amparo bi-instancial se interpone contra un acto de autoridad que resulte violatorio de garantías individuales. Por lo que en el presente caso no aplicaría ya que usted mismo refiere que el afectado no ha presentado denuncia alguna.

    La prescripción de la acción penal (esto es el tiempo que tiene el afectado para presentar una denuncia o querella en su contra) es directamente proporcional a la pena de prisión que correspondería por el delito cometido (el término medio aritmético). Y la pena de prisión por el delito cometido depende del monto del lucro patrimonial obtenido. En otras palabras, entre mayor haya sido el monto del lucro indebido obtenido (monto de los cheques pagados depositados), mayor será la pena de prisión que corresponderá según la ley, y por tanto mayor será el tiempo para que prescriba la acción penal.

     

    Saludos. 



  • Autor
    Respuesta No: 899

  • Lic. Barrera
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes.

    El juicio de amparo indirecto o juicio de amparo bi-instancial se interpone contra un acto de autoridad que resulte violatorio de garantías individuales. Por lo que en el presente caso no aplicaría ya que usted mismo refiere que el afectado no ha presentado denuncia alguna.

    La prescripción de la acción penal (esto es el tiempo que tiene el afectado para presentar una denuncia o querella en su contra) es directamente proporcional a la pena de prisión que correspondería por el delito cometido (el término medio aritmético). Y la pena de prisión por el delito cometido depende del monto del lucro patrimonial obtenido. En otras palabras, entre mayor haya sido el monto del lucro indebido obtenido (monto de los cheques pagados depositados), mayor será la pena de prisión que corresponderá según la ley, y por tanto mayor será el tiempo para que prescriba la acción penal.

     

    Saludos. 



  • Autor
    Respuesta No: 900

  • Lic. Barrera
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes.

    El juicio de amparo indirecto o juicio de amparo bi-instancial se interpone contra un acto de autoridad que resulte violatorio de garantías individuales. Por lo que en el presente caso no aplicaría ya que usted mismo refiere que el afectado no ha presentado denuncia alguna.

    La prescripción de la acción penal (esto es el tiempo que tiene el afectado para presentar una denuncia o querella en su contra) es directamente proporcional a la pena de prisión que correspondería por el delito cometido (el término medio aritmético). Y la pena de prisión por el delito cometido depende del monto del lucro patrimonial obtenido. En otras palabras, entre mayor haya sido el monto del lucro indebido obtenido (monto de los cheques pagados depositados), mayor será la pena de prisión que corresponderá según la ley, y por tanto mayor será el tiempo para que prescriba la acción penal.

     

    Saludos. 



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