Sala Penal



Regresar

   

 
Buscar respuesta No.:

VIOLACION A MENOR

  • Consulta : 550
  • Autor : CRISTIAN RM
  • Publicado : 2011-03-11 13:44 desde la IP: 189.139.156.97
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 9,017
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • CRISTIAN RM
    ESTUDIANTE

    Estado de Referencia: Estado de México

    SE TRATA DE UN MATRIMONIO EL CUAL ESTA APUNTO DE DIVORCIARSE,ESTAN DE ACUERDO CON LOS TERMINOS DEL MISMO PERO POR ALGUNA RAZON LA CONYUGE LO AMENAZA CON DENUCIARLO DE HABER VIOLADO A UNA HIJA DE NUEVE AÑOS QUE ES PRODUCTO DE SU MATRIMONIO. MI PREGUNTA ES SI AL DENUNCIAR ESTE DELITO EL ESPOSO TENDRIA QUE LLEVAR EL PROCESO DENTRO DEL PENAL POR SER UN DELITO GRAVE? O SE PUEDE AMPARAR PARA Q SE SIGA EL PROCESO EN LIBERTAD? O COMO SE PUEDE DEFENDER AL INDICIADO?.

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 855

  • jcaesar
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    saludos.

    primero, habria que saber la fecha en que la esposa refiere que acontecieron los hechos de la supuesta violacion. esto es si atiende a hace ya tiempo o se refiere a una fecha reciente, digamos horas o uno o dos o tres dias. pues si hemos de presumir que la denuncia esta por presentarse, y a la fecha en que se interponga la denuncia, los hechos sean considerados como flagrantes, por la proximidad entre los supuestos hechos que se denuncian y la denuncia misma, se le podria detener en flagrancia, algunos lo llamamos la cuasiflagrancia. caso contrario, esto es, que entre la fecha de la denuncia y la fecha en que acontecieron los supuestos hechos denunciados, haya transcurrido el tiempo necesario para que no se configure la flagrancia, a lo sumo lo tratataran de presentarlo ante la agencia para recabar la declaracion ministerial, a cuyo acto, recomiendo ir acompañado de un abogado, pues en ocasiones, la autoridad, suele pasar por alto ciertas formalidades, que a la postre devienen en perjuicio del indiciado. Otra de las ventajas de asistir con abogado, es que este al nombrarse e imponerse de las actuaciones, puede prepapar la estrategia de defensa que mas convenga, ademas de poder dar seguimiento a la denuncia, esto es tener conociminto si se consigna o no ante un Juez. En caso de consignarse a un juez, si sera necesario promover un juicio de amparo indirecto contra la orden de aprehension, pero como tu lo refieres, al tratarse de un delito grave,ni aun tramitando la suspencion del acto reclamado, no va tener por efecto el que se suspenda la orden en si, sino solo el que se le ponga a disposicion de la autoridad que conozca del amparo en cuanto sea detenido. asi que en tal caso lo mas recomendable es tramitar el amparo sin suspension, de forma tal que permita al abogado que el juez de amparo revise la orden de aprehension, obviamente garantizandose por parte de los familiares que no encuentren al indicido, pues la orden queda vigente.



Para responder consultas en el Foro deberás estar registrado


Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.