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ENTRA POR ULTRAJES Y LO PONEN A DISPOSICION POR ROBO CALIFICADO
- Consulta : 2142
- Autor : LUNANUEVA1402
- Publicado : 2013-02-27 10:48 desde la IP: 189.202.120.36
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 9,010
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 27 de Febrero de 2013
Estado de Referencia: Quintana Roo
buen dia, el caso es l siguiente, me contratan los familiares de un muchacho por que detienen por ultrajes a la autoridad hecho que es falso toda vez que solo lo usaron de pretexto para tenerlo en el mp, y lo consignan, tuve conocimineto hasta que ya estaba en los juzgados penales, despues de solicitar la caucion 22,000 por ultrajes y al esperar que salga el muchacho le ejecutan una orden de aprehencion y lo ponen a disposicion nuevamente, por robo califcado y ahora sin derecho a fianza por el deito grave, es a todas luces una manera muy baja por parte d elas autoridades para detener al muchacho, toda vez que os hechos del robo ocurrieron una semana antes y mientras estuvo en el mp por el delito de ultrajes lo delcararon por el de robo sin poder pedir un abogado particular pues no pudo hablar con sus familiares y le asignaron uno de oficio, me comentan los familiares que en el mp les aconsejaron que no pidan fianza por que era mas economico en los juzgados, mis preguntas son:
ahora que hago, lo reserve y pedi duplicidad de termino, asi como solicite copias, cuanto tiemp tengo para presentar su declaracion? hay alguna jurisprudencia contra esta forma de detencion....
Y POR ULTIMO QUE HAGO CON EL DINERO QUE DIERON LOS FAMILIARES DE CAUSION EN EL DE ULTRAJES, SI NO SALIO EL MUCHACHO PUEDO SOLICITAR LA DEVOLUCION de la causion o tengo que esperar a que la juez determine si se concede a libertad por falta de elementos
ESPERO QUE ME AYUDEN GRACIAS
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 2881
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Fecha de respuesta: Miércoles 27 de Febrero de 2013 20:14 2013-02-27 20:14 desde IP: 189.149.37.0
Estimada LUNANUEVA1402:
No se si en otras entidades federativas, pero al menos en Quintana Roo se ha vuelto una mala costumbre por parte de las autoridades ministeriales, que a las personas les fabriquen la comisión del tipo penal de ultrajes a la autoridad bajo la modalidad de fragancia, para así tenerlos retenidos, y poder desahogar con ellos diligencias sobre otra av. previa que ya existía previamente, y de esta manera, aprovechar para solicitar al juez que obsequie la orden de aprehensión de inmediato.
Recientemente llevé la defensa de dos casos en los cuales a los inculpados se les acusaba de haber cometido ultrajes a la autoridad bajo la modalidad de flagrancia (aparte de otros delitos) . En ambos casos el M.P decidió consignar, y dentro del término constitucional se ofreció la declaración de los inculpados, así como los medios de pruebas que corroboraban su dicho, y el juez dictó auto de libertad por falta de elementos para procesar.
A lo que quería llegar es que en la gran mayoría de los casos como el que comenta, la av. previa por ultrajes a la autoridad no está bien integrada, y el juez "ya se las huele ", por lo que suelen ser casos relativamente sencillos de resolverse en favor del inculpado dentro del término constitucional, sin necesidad de tener que apresurarse a pagar la caución. Claro está que todo es a decisión del cliente, si esté tiene el monto de la caución y quiere salir lo más rápido posible pues adelante.
En mi opinión, considero que si puede solicitar la devolución de la caución, ya que de antemano el inculpado está materialmente a disposición del juez, producto de la comisión de otro tipo penal (puede revisar el art. 360 del C.P).
Los medios de prueba tanto de robo como de ultrajes a la autoridad debe ofrecerlos a las de ya. Son 144 horas que están transcurriendo, y dentro de este término se deberán desahogar. Por ello la urgencia de ofrecerlas de inmediato,.
Le sugiero que éstas vayan encaminadas a combatir el fondo de la acusación, más que la forma de la detención.
Espero le haya servido en algo mi respuesta.
Cualquier otra duda estoy para servirle.
¡Saludos!
Autor
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AutorRespuesta No: 2882
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Fecha de respuesta: Miércoles 27 de Febrero de 2013 22:22 2013-02-27 22:22 desde IP: 200.79.241.115
muchas gracias su consejos me han sido d emucha utilidad, y como usted dice me pondre a estudiar a la de ya para aportar pruebas.
gracias!!!!!
Autor
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AutorRespuesta No: 2890
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Fecha de respuesta: Domingo 03 de Marzo de 2013 19:40 2013-03-03 19:40 desde IP: 201.160.59.213
Hola quisiera saber como fue resuelta la situacion juridica de tu cliente de los delitos de ultraje y robo calificado
Autor
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
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