- Inicio
- Sala Penal
Sala Penal
FRAUDE POR DEUDAS?
- Consulta : 2121
- Autor : Karen R.
- Publicado : 2013-02-13 18:07 desde la IP: 187.172.19.89
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 9,013
-
AutorConsulta
-
Publicado el Miércoles 13 de Febrero de 2013
Estado de Referencia: San Luís Potosí
Buenas tardes, estimados foristas, ojala alguno de ustedes me pueda orientar con el siguiente asunto:
hace 5 años vendia a una empresa varias mercancia a credito, para ello una misma persona me firmo un pagarè como representante legal de la empresa y como aval.
mi pagare evidentemente ya prescribiò para ejercitar la accion cambiaria en la via ejecutiva. Ahora promovi un juicio ordinario mercantil, sin embargo no he podido emplazar a la empresa por que desapareciò. Ahora estas personas abrieron otra razon social para evadir todas la deudas de la empresa anterior.
Desgraciadamente al dueño en su calidad de aval no lo puedo emplazar pues existe una tesis que no contempla la figura del aval en la via ordinaria (accion causal)
Otro aspecto a comentar es que he investigado y el señor no tiene bienes a su nombre por lo que como sea no podria embargarle nada.
Por lo anterior considero que por la via mercantil no lograre nada; quisiera saber si tengo alguna posibilidad o salida por la via penal. Ojala puedan aconsejarme.
De antemano gracias
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 2869
-
Fecha de respuesta: Sábado 16 de Febrero de 2013 11:45 2013-02-16 11:45 desde IP: 189.254.100.11
Tu situación es un poco complicada pues por lo que dices ya tienes algunos años con el problema y los delitos tambien prescriben por lo que los mas recomendable es que juntes toda la documentación con la que cuentas y acudas por una asesoria profesional yo estoy en la ciudad de mexico se que te queda un poco retirado pero vale la pena ponte en contacto y te diré que hacer.
Autor
-
AutorRespuesta No: 2922
-
Fecha de respuesta: Viernes 15 de Marzo de 2013 18:19 2013-03-15 18:19 desde IP: 189.214.65.32
No hay delito, artículo 17 de la Constitución Federal, nadie puede ser aprisionado por deudas de caracter puramente civil.
Autor
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
Columna leida: 78613228 veces.
Lecturas completas: 4094