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ROBO A TRANSEUNTE

  • Consulta : 212
  • Autor : Jeremias
  • Publicado : 2010-10-25 19:55 desde la IP: 189.145.158.238
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 9,017
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  • Autor
    Consulta

  • Jeremias
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Hola tengo un problema, un familiar fue consignado por el delito de robo a transeunte, la cantidad que estaba robando era de $ 70 pesos,  fue en flagrancia, el en el reclusorio pues se le dicto auto de formal prision, mi pregunta es: si renuncia a los plazos y pide los beneficios consitucionales, le puede ayudar o perjudicar?, puedo pedir libertad bajo cauicion o no procede en este caso?, que me recomiendan hacer, esto que les comente me lo recomendo un abogado.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 349

  • Abogado710224
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    AMIGO FORISTA;

    PUDE QUE PEGUE TAL Y COMO SE LO RECOMENDO EL ABOGADO, OPERO ANTES TENDRIA QUE CONSULTAR CON EXACTITUD CUALES FUERON LOS TÉRMINOS DEL AUTO DE TÉRMINO, PARA PODER TENER LA CERTEZA QUE LA RENUNCIA DE LOS TÉRMINOS VA A BENEFICIAR AL PROCESADO Y PODRA ALCANZAR UN BENEFICIO DE LIBERTAD DENTRO DE LA SENTENCIA.

    SALUDOS Y SUERTE.

    PARA MÁS INFORMACIÓN EN EL D.F.

    MI CEL. 044 55 1344 4353

    MI MEI.- co_ju_inarroballahoopuntocom

    RESPETUOSAMENTE

    LIC. HERNÁNDEZ.

    CED. PROF. 6636369



  • Autor
    Respuesta No: 351

  • DELGADO Y ASOCIADOS
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    HOLA BUENAS TARDES:

     

    LO PRIMERO QUE HAY QUE VER ES COMO SALIO EL AUTO DE FORMAL PRISION Y VER SI EN DICHA SENTENCIA SE LE DA ALGUNOS BENEFICIOS A LOS CUALES SE PUDIERA APEGAR SU FAMILIAR Y DE ESTA MANERA GOZAR DE SU LIBERTAD.

    PARA MAYOR INFORMACION Y CON LA UNICA FINALIDAD DE ACLARAR SUS DUDAS ME PONGO A SUS ORDENES EN LOS SIGUIENTES TELEFONOS:

    OFICINA.- 55-82-94-11

    NEXTEL.- 36-19-84-06

    BLANCA NUÑEZ



  • Autor
    Respuesta No: 353

  • Lic Luis Roberto
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Hola muy buen día, concuerdo con el razonamiento lógico jurídico de mis colegas que responden a su cuestionamiento y robusteciendo el mismo debe de tomarse en cuenta que algunos de los requisitos para que goce de éste beneficio, entre otros son:

    1.- Que sea primodelincuente.

    2.- Que sea sin violencia (obvio que ya no se dió este supuesto)

    3.- Que este Confeso desde su declaración ante el ministerio público.

    4.- Que en la declaración preparatoria en el juzgado ratifique la declaración rendida ante el mp.

    5.- Que renuncie a los plazos y términos procesales.

    6.-Por el momento no se puede invocar el beneficio de la causión por ser delito grave. 

    De alguna manera y con todo respeto debe de confiar en lo que su abogado le aconseje, no se desespere y cambie constantemente de licenciado debido a que esto causara una merma adicional en su bolsillo, ya que cada colega tiene su manera de trabajar y de cobrar los honorarios, además que el nuevo abogado tiene que trabajar con lo actuado de su antecesor y por último y sin el afán de herir suceptibilidades su familiar saldrá sentenciado. Lo mejor en este caso es que concluya el juicio rápidamente y si su familiar es merecedor de la reducción de la tercera parte de su sentencia y ésta es menor a cinco años, podrá tenerlo de vuelta con el beneficio de la causión.

    Estoy a sus órdenes para despejar cualquier duda y/o comentario.

    Lic. Luis Roberto Hernández Rojas



  • Autor
    Respuesta No: 361

  • LIC ESTRADA
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Hola: Creo que antes de dar la consulta yo me detendria en preguntarle sin precipitaciones lo siguiente:  Es primodelincuente....es decir no tiene antecedentes penales?,ok... en cuanto a las circunstancias de la comision de hecho delictivo, como ocurren... el ofendido va caminando y de que manera fue desapoderado de esos 70 pesos...ahi esta el tip....pues por un lado bien podria confesar en el proceso y quizas el beneficio podria ser mayor.......pero si hay 2 o mas sujetos y solo a el lo agarran y usan la violencia, sinceramente creo que no es buena elecion, y yo difiero a quien ha dicho que hay violencia, pues aun nadie ha dicho que exista violencia, y es obvio que tampoco exista sentencia....ya lo que se busca es preparar la estrategia en el proceso.......y de igual modo difiero a quien habla de revocar de abogado,porque..? ya que muchos de los casos la vision, la experiencia, el colmillo las relaciones,juegan un papel fundamental, en esa defensas claro, la consultante tiene que analizar muy bien la actuacion del abogado que tiene la defensa, si se despliega adecuadamente, si tiene buen manejo del dogma...ya que a veces por pena o por aguantar al abogado se le van circunstancias fundamentales al inculpado....

    LIC. ESTRADA

    email. despachoestrada arroba hottmail

    cel. 55 43442775

     



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