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QUE DEFENSA TIENE UNA PERSONA ACUSADA DE ABUSO SEXUAL AGRAVADO?

  • Consulta : 21
  • Autor : kapoth21
  • Publicado : 2010-07-31 12:22 desde la IP: 71.153.140.147
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 9,015
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  • Autor
    Consulta

  • kapoth21
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Morelos

    que opciones de defensa tiene una persona acusada de abuso sexual agravado encontra de  un menor de 8 anos donde no se incurrio en contacto sexual vaginal,anal or oral puede esa persona tener derecho a fianza o alguna otra medida legal para salir de prision para esperar el juicio? o en lo contrario cuantos anos de condena conyevaria ese delito?  gracias de antemano por la ayuda que puedan darme referente a mi pregunta.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 57

  • LIC ESTRADA
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Hola: Lamentablemente en los delitos de abuso sexual agravado en donde resultan ser menores las victimas, las justicia,pone mucho enfasis, y de entrada te comento este delito es considerado por si solo delito grave es decir no tiene algun beneficio, y debera llevar su proceso dentro del penal y peor aun cuando comentas que le fue considerado agravado, por grado quizas de parentesco,....pero aqui es donde debes poner mucha atencion a mis consultas de hace tiempo en este respetable foro, cuando yo hablaba acerca de que en mexico se ha vuelto como parte de una estrategia, que las mujeres con la finalidad de evitar despojar a los padres de la patria potestad  de un menor..... de las propiedades, se ha dado mucho en que denuncian al padre al esposo al concubino por abuso sexual en agravio de los menores  e incluso los inducen en sus declaraciones, para imar conductas, a eso se le ha llamado denuncias erroneas en donde juega un papel importante la madre de la menor, y ahi es justamente donde termina cayendose las acusaciones ya que por mi experiencia he detectado en muchas defensas de este tipo que las denuncias son en muchos casos de Un abuso deshonesto, apoyados en el señalamiento de un menor buscando con ello crear una obstruccion del padre con sus hijos y es muy comun que se carece de pruebas conducentes,para acreditar el nexo de atribuibilidad con el sujeto activo del delito y en muchos de los casos son los mismos profesionales del derecho quienes asesoran que se actue y se diga de cierta forma los hechos, ya que es el mismo personal del mp quienes les agregan tantas morbosidades que a veces el menor ni conoce y a sabiendas de quien leera con lasciva la falsa denuncia caera en la trampa legal  y se apoya en los famosos dictamenes psicologicos, en donde se cuenta con una subjetividad tal que el perito maquilla los hechos negando la aceptacion en ese momento el Mp de cualquier medio de prueba que deba ser tomado en cuenta en la integracion de la Averiguacion y en la entrevista psicologica, que se apoya tan solo en escucha activa y en muchos de los casos se adolece de los test psicologicos.

    LIC. ESTRADA. correo despachoestrada arroba hottmail.

    cel 5543442775.   Nextel 5543250219-----5544392147.



  • Autor
    Respuesta No: 124

  • Lic Teresa Ramos
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes Kapoth.

    Chechando tu pregunta, lo que puedo decirte con toda seguridad es que el delito que mencionas (Abuso Sexual) es considerado como grave por el Código Penal del Estado de Morelos, por lo tanto, el inculpado NO TIENE DERECHO A OBTENER SU LIBERTAD BAJO CAUCIÓN a efecto de poder continuar por fuera su proceso; ahora bien, en cuanto a la pena que podría llegar a imponérsele al acusado, es necesario que nos dijeras: ¿al momento de ejecutar el acto erótico sexual se hizo uso de la violencia? y ¿existe algún lazo entre las partes (familiar o docente)?, en base a ello, podría darte un parámetro de las penas que le podrían se impuestas en caso de existir una sentencia condenatoria.

    Atentamente:

    Lic. Teresa Ramos

    E-mail: teresadeavila3 arroba punto com punto mx



  • Autor
    Respuesta No: 3310

  • DELGADO Y ASOCIADOS
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    OLA BUENOS DIAS: RESPECTO A SU PREGUNTA POR EL SIMPLE DELITO NO ALZANZA NINGUN BENEFICIO YA QUE ES DELITO GRAVE, FALTA QUE DIGA SI LO HIZO CON VIOLENCIA O CON ALGUN OBJETO EMPLEADO, Y EN BASE A ESO APROXIMARSE A LOS AÑOS DE SENTENCIA QUE SE LE DARÀN.

    SI USTED GUSTA SE LE PUEDE ORIENTAR CON MUCHO GUSTO LE DEJO LOS DATOS DESPACHO DELGADO Y ASOCIADOS NEXTEL 36198406 O 015547569842 LICENCIADA MONICA DELGADO.



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