Sala Penal



Regresar

   

 
Buscar respuesta No.:

OPINION SOBRE ESTRATEGIA DE LITIGIO (PETICIÓN)

  • Consulta : 189
  • Autor : Epidiaz
  • Publicado : 2010-10-16 08:59 desde la IP: 189.178.137.114
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 9,017
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • Epidiaz
    ABOGADO PENAL

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    ESTIMADOS COLEGAS: EL ASUNTO ES EL SIGUIENTE: 1) CONSIGNAN A MI CLIENTE POR LESIONES (CONTRA SU CONCUBINA) Y VIOLENCIA INTRAFAMILIAR ANTE UN JUZGADO DE PAZ PENAL, 2) LA CONCUBINA LE OTORGA EL PERDON SOBRE EL DELITO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR Y SUBSISTE SOLO EL DELITO DE LESIONES, 3) MI CLIENTE SOLICITA LA LIBERTAD BAJO CAUCIÓN, EL CUAL LE ES CONCEDIDO, 4) EL JUEZ DE PAZ PENAL SE DECLARA INCOMPETENTE Y DECLINA EL ASUNTO ANTE UN JUEZ PENAL, 5) LA FAMILIA SABE QUE ESTA AGOTADA Y CERRADA LA INSTRUCCIÓN EN EL JUZGADO DE PAZ PENAL, 6) LE GIRAN ORDEN DE APREHENSIÓN A MI CLIENTE, 7) MI CLIENTE ME NOMBRA COMO SU DEFENSOR, SIN EMBARGO, NO PUEDO ACCEDER AL EXPEDIENTE PORQUE ÉSTE TIENE QUE IR A RATIFICAR EL NOMBRAMIENTO, Y POR LÓGICA LO VAN A DETENER, 8) ACUDO CON LA CONCUBINA AL JUZGADO, MANIFESTANDO QUE ES SU DESEO OTORGAR EL PERDON A MI DEFENSO, PERO POR LA GRAVEDAD DEL DELITO NIEGAN EL PERDON. CONCLUSION: TODO PARECE INDICAR QUE MI CLIENTE TIENE QUE ENTREGARSE PARA CONTINUAR CON EL PROCESO, Y TAMBIEN PARA OBTENER SU LIBERTAD TODA VEZ QUE ES PRIMODELINCUENTE. QUÉ ME SUGIEREN COLEGAS.  SE ME OLVIDA COMENTARLES QUE YA PROMOVÍ UN AMPARO CONTRA LA ORDEN DE APREHENSIÓN Y ME OTORGARON LA SUSPESIÓN SUJETO A CUMPLIR CIERTOS REQUISITOS PARA DARLE EFECTIVIDAD A LA SUSPENSIÓN, SOBRE OTORGAR LA GARANTIA DE 1500 PESOS, DISPONIENDO PARA TAL FIN CINCO DIAS HABILES. PREGUNTA: PUEDO ACUDIR CON MI CLIENTE A QUE ME RATIFIQUE AL JUZGADO SIN QUE SEA DETENIDO AÚN SIN QUE YO HAYA SATISFECHO LOS REQUISITOS DE EFECTIVIDAD DE LA SUSPENSIÓN? ESTO, AÚN SIN PAGAR LA CANTIDAD DE 1500 PESOS? DE HECHO, NO VOY A PAGAR PORQUE PERJUDICARIA PROCESALMENTE A MI CLIENTE, SALUDOS.

     

    ESPERO PUEDAN AYUDARME.

    EPIDIAZ

    SALUDOS.

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 324

  • LIC ESTRADA
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Hola: Es increible como se acaba de entrampar solo...a este respecto le pregunto si no le molesta cual era el objeto de interponer la demanda de garantias...eso precisamente que le dieran la suspension provisional nop..y para ello usted sabia que le iban a exigir una garantia nop? entonces porque motivo promovio el Amparo....para hacer gastar a la familia.....

    por otro lado he de llamarle la atencion debido a que el delito de violencia familiar en el df es un delito de Denuncia, y por ello no aceptaron el perdon, ahora bien analice el tipo penal...ahi esta el truco....

    Y finalmente le digo ya checo la penalidad de este delito que pretende defender, de 6 meses a 4 años, quiere decir que si el inculpado se presenta en la oficina del juez y queda a su disposicion usted puede solicitar la libertad bajo caucion...y eso es dinero amigo licenciado y si la familia le duele pagar 1500,00 pesos, imaginese si van a poder garantizar la caucion fijada ´por el juez.......

    LIC. ESTRADA



  • Autor
    Respuesta No: 333

  • DELGADO Y ASOCIADOS
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    PERO QUE TIPO DE LESIONES SON PORQUE AUNQUE SEAN DOLOSAS SI EXISTE EL PERDON EN EL DELITO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR INCLUSIVE FIRMAN DE QUE SE VAN SOMETER A PLATICAS CON EL PSICOLOGO QUE LES ASIGNE LA PROCUR Y SI EN EL SUPUESTO QUE QUEDARA APREHENDIDO EN ESE MOMENTO POR LA PENALIDAD SALE EN ESE MISMO MOMENTO DE ACUERDO A LA MEDIA ARITMETICA QUE PODRIA SER DE 2 AÑOS 3 MESES



  • Autor
    Respuesta No: 335

  • Epidiaz
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    El delito de violencia intrafamiliar ya fue descartado, las lesiones son agravadas y en contra de la concubina. Incialmente el asunto lo estaba conociendo un juzgado de paz penal, sin embargo, por el tipo de lesiones (la concubina casi desaparece su nariz) se declaró incompetente y una vez agotada la instrucción lo remitió a un juzgado penal, que es quien emitió la orden de reaprehensión toda vez que el procesado gozaba del beneficio de la libertad bajo caución. El reto es lograr hacer que no pise la prisión. Agradezco tus comentarios, de cualquier manera cuando lo resuelva voy a escribirles tendidamente. Saludos. Epifanio Díaz.

     



Para responder consultas en el Foro deberás estar registrado


Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.