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LIBERTAD EN DELITO DE QUERELLA

  • Consulta : 1860
  • Autor : Manuel Godina
  • Publicado : 2012-10-22 14:57 desde la IP: 187.133.139.252
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 9,011
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  • Autor
    Consulta

  • Manuel Godina
    ESTUDIANTE

    Estado de Referencia: Aguascalientes

     

    Respetables Foristas:

     

    Agradecería me ilustraran si en el Distrito Federal, se puede obtener la libertad en un delito de querella, si se repara el daño, no obstante que ya hay sentencia ejecutoriada. 

     

    Agradezco de antemano su atención y apoyo.  

     

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  • Autor
    Respuesta No: 2549

  • JURISLEXMEN
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    El antecedente penal queda firme si tu idea es el de eliminarlo de la base de datos de la Procuraduria, en sentencia si fuiste encontrado culpable del delito, es obvio que esa conducta en la sociedad quedo como un antecedente, pienso tu el fin justifica los medios y tu idea va por ese camino segun mis deducciones...

    A que libertad te refieres...? Quedar libre de un antecedente penal?



  • Autor
    Respuesta No: 2550

  • Manuel Godina
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Los senteciados estan recluidos y la duda es, si se realiza la reparacion del daño, éstos pueden obtener de inmediato su libertad.



  • Autor
    Respuesta No: 2551

  • SERGIO GONZALEZ
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Manuel. Claro que si!. Y esta en la mayoria de los Codigos de Procedimientos penales de los Estados. Y siempre existe la posibilidad de retirar los cargos, o querella una vez que se repare el daño causado. Por ejemplo si hay un fraude y te querellaste y el defraudador te repara el daño aunque exista la sentencia, el defraudador alcanza el beneficio de la libertad reparando el daño causado. Y aqui termina todo . Y en la sentencia si la tienes y puedes observar  se debio de haber puesto los beneficios  de libertad que tiene si reparaba los daños causados. Buena Suerte!.



  • Autor
    Respuesta No: 2552

  • JURISLEXMEN
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Ahhh ya caigo en la cuenta, la repuesta es...

    SUSTITUCION Y CONMUTACION DE PENAS Y SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD
    Un articulo de mi codigo penal dice esto, espero te ilustre mejor...

    ARTICULO 71. LA PRISION PODRA SER SUSTITUIDA, A JUICIO DEL JUEZ, CUANDO SE PAGUEN O GARANTICEN A SU SATISFACCION LA MULTA Y LA REPARACION DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS...





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