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Sala Penal
BENEFICIOS, POR PORTACION DE ARMA DE FUEGO SIN LICENCIA.
- Consulta : 1852
- Autor : Rojo 37
- Publicado : 2012-10-20 10:45 desde la IP: 187.245.215.44
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 9,014
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 20 de Octubre de 2012
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 2530
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Fecha de respuesta: Sábado 20 de Octubre de 2012 12:52 2012-10-20 12:52 desde IP: 187.133.227.152
Cualquiera de los señalados en los articulos 70 y 90 del Codigo Penal Federal.
Autor
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AutorRespuesta No: 2531
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Fecha de respuesta: Sábado 20 de Octubre de 2012 18:43 2012-10-20 18:43 desde IP: 187.191.6.47
Gracias Lic. Bernal, Algo mas y de antemano Gracias, en relacion a la carta de policia hasta cuando podre sacarla y si es posible borrar el antecedente en dicha carta.
Autor
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
Columna leida: 78718664 veces.
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