- Inicio
- Sala Penal
Sala Penal
VIOLACION AL ART. 8O. DE LA CONSTITUCION.
- Consulta : 1832
- Autor : ROBERTO7
- Publicado : 2012-10-14 20:52 desde la IP: 187.153.41.8
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 9,014
-
AutorConsulta
-
Publicado el Domingo 14 de Octubre de 2012
Estado de Referencia: Quintana Roo
BUENAS NOCHES, MI PREGUNTA ES: ¿AL RESOLVER UN AMPARO DIRECTO , EL TRIBUNAL COLEGIADO, NUNCA LE NOTIFICO AL QUEJOSO RECLUIDO Y PRIVADO DE SU LIBERTAD, DE LA ADMISION DEL AMPARO NI DE LA RESOLUCION DEL MISMO, Y COMO EL QUEJOSO LO PROMOVIO POR SU PROPIO DERECHO SIN ABOGADO QUE LE REPRESENTARA EN EL JUICIO DE AMPARO, Y EN LA DEMANDA DE AMPARO ESTABA SEÑALADO EL DOMICILIO DEL QUEJOSO EN EL PENAL, Y EL QUEJOSO AL NO SABER NADA DE SU AMPARO, PRESENTO A TRAVES DE UN AMIGO, UNA PETICION DE NOTIFICACION DE LO SUCEDIDO EN SU AMPARO, LO CUAL RESULTO QUE YA TENIA 8 MESES QUE SE HABIA NEGADO LA PROTECCION DE LA JUSTICIA FEDERAL, LO QUE A EL QUEJOSO NO LE NOTIFICARON NUNCA NADA, AHORA , LA PREGUNTA ES: ¿PUEDE PROCEDER ALGUN RECURSO AL HABER VIOLADO EL COLEGIADO SU DERECHO CONSTITUCIONAL DE SER NOTIFICADO COMO LO DICE EL ARTICULO 8o ? ES DECIR PUEDE EL QUEJOSO ENVIAR AUN SU AMPARO A LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA PARA QUE SEA RESUELTO POR HABERSELE VIOLADO NO SOLO EL ARTICULO 8o, CONSTITUCIONAL SINO TAMBIEN AL MANTENERLO SIN INFORMARLE QUE SUCEDIA CON SU AMPARO??
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 2501
-
Fecha de respuesta: Lunes 15 de Octubre de 2012 18:08 2012-10-15 18:08 desde IP: 200.38.15.178
Roberto. Estas hablando de dos cosas distintas. 1. El articulo 8 Constitucional ( derecho de Peticion de un ciudadano simple a un gobernado , de manera pacifica ) no tiene nada que ver conque un quejoso por su propio derecho presento un amparo directo. El quejoso siguio ciertas reglas de la Ley de amparo regido por el Art. 103 y 107 Constitucionales y la Ley de Amparo. Hay ciertos casos que llegan a la Suprena Corte, pero este no es el caso.
Para la falta de notificacion se siguen ciertas reglas procesales de la Ley de Amparo y se puede tramita un incidente de falta de notificacion de la sentencia en el caso que citas, pero hay jurisprudencia al respecto que hay que analizar primero. ya que existen criterios en su aplicacion.
Buena Suerte.
Autor
-
AutorRespuesta No: 2505
-
Fecha de respuesta: Lunes 15 de Octubre de 2012 19:01 2012-10-15 19:01 desde IP: 189.149.153.157
AH BUENO Y ME PUEDE AYUDAR DICIENDOME QUE HAGO POR FAVOR ES QUE ES UN AMIGO QUE ESTOY AYUDANDO, ME PUEDE DECIR COMO HAGO ESE INCIDENTE DE FALTA DE NOTIFICACION POR FAVOR, GRACIAS.
Autor
-
AutorRespuesta No: 2506
-
Fecha de respuesta: Martes 16 de Octubre de 2012 02:15 2012-10-16 02:15 desde IP: 201.170.2.50
Roberto.Claro voy a tratar de enviarte un incidente de falta de notificacion. Tratare de enviartelo el miercoles. Y mañana te explicare mas de como interponerlo.
Autor
-
AutorRespuesta No: 2510
-
Fecha de respuesta: Martes 16 de Octubre de 2012 20:11 2012-10-16 20:11 desde IP: 189.149.153.157
HECHO GRACIAS LICENCIADO SE LO AGRADEZCO USTED SI QUE TIENE LA DISPOSICION DE AYUDAR A LOS ESTUDIANTES.
Autor
-
AutorRespuesta No: 2519
-
Fecha de respuesta: Miércoles 17 de Octubre de 2012 23:34 2012-10-17 23:34 desde IP: 201.170.152.136
Roberto. El incidente de falta de Notificacion lo interpones en el expediente que estas llevando y quede de enviartelo pero tienes que hacerle los cambios al Tribunal federal correspondiente, ya que no lo tengo en el formato de Juzgados federales. Pero dejame seguir buscando OK-
Autor
-
AutorRespuesta No: 2524
-
Fecha de respuesta: Jueves 18 de Octubre de 2012 20:06 2012-10-18 20:06 desde IP: 189.149.153.157
ESTA BIEN LICENCIADO, AYUDEME EN ESO POR FAVOR POR QUE MI AMIGO YA SE DA POR ACABADO POR QUE LE NEGARON EL AMPARO Y NO LE NOTIFICARON NUNCA NADA, PERO CONFIOO QUE AUN SE PUEDA HACER ALGO, GRACIAS , Y ESPERO ESO QUE ME DICE.
Autor
-
AutorRespuesta No: 2529
-
Fecha de respuesta: Viernes 19 de Octubre de 2012 15:26 2012-10-19 15:26 desde IP: 201.170.108.150
Roberto. Entra a la pagina del Jus de la Suprema Corte de Justicia de la Nacion y comienza a leer las jurisprudencias al respecto y baja algunas de ellas que esten a tu favor. La pagina de la Corte en google SCJN. OK.
Autor
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
Columna leida: 78724100 veces.
Lecturas completas: 4099
D.R. © Todos los derechos reservados Justicia México ®