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TENGO QUE PAGAR UN POSTE DE ALUMBRADO QUE YA ESTABA DAñADO?

  • Consulta : 1635
  • Autor : capcom
  • Publicado : 2012-08-01 00:55 desde la IP: 189.179.18.35
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 9,015
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  • Autor
    Consulta

  • capcom
    ESTUDIANTE

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Saludos, es mi primer post.

    Un amigo choco su vehiculo que iba aprox a 60 km/h, subio a la banqueta y su trayectoria se detuvo en un poste de alumbrado publico, sin llegarlo a tirar, solo fue un golpe leve, el golpe que se llevo el poste fue del lado derecho, llego la policia federal y en el reporte de accidente manifestaron que los daños al camino fueron rayon a la banqueta y golpe a un poste de luz.

    Al otro dia al revisar el poste de luz, el poste ya tenia tres golpes mas 2 del lado izquierdo y 1 del lado derecho, obviamente no eran recientes los daños, es evidente que el poste ya estaba dañado; ahora el poste esta inclinado al lado contrario de donde fue el accidente de mi amigo y ahora lo estan culpando por hechos de transito ajenos.

    ¿Tiene que pagar por un poste que ya estaba dañado?

     

     

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  • Autor
    Respuesta No: 2154

  • SERGIO GONZALEZ
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Capcom. Tu amigo debe contratar los servicios de un perito auxiliar del Tribunal Superior de Justicia en hechos de Transito., para que presente un dictamen ante el C. Agente del Ministerio Publico y en tal caso ratificarlo ante este y/0   ante el Juzgado correspondiente en caso de cosignacion aclarando los daños que se hicieron en este particular caso. la lista de peritos puedes obtenerla en la Agencia Investigadora o Tribunales Penales. Lo que si tiene que pagar es por los daños que haya realizado, independiemtemente de las aclaraciones que presente. Espero haberte ayudado.



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