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ROBO

  • Consulta : 1512
  • Autor : sanchezud
  • Publicado : 2012-06-18 21:26 desde la IP: 187.195.36.241
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 9,012
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  • Autor
    Consulta

  • sanchezud
    ESTUDIANTE

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    que procede si el inculpado va confeso desde la primer declaracion pero se supone no hay parte acusadora lo unico que hizo la victima fue ir por su coche al otro dia y desde ese dia no se ha aparecido, existen beneicios para el inculpado si es primodelincuente y va confeso pero no hay parte acusadora ??? y cuanto tiempo aproximado para que le dicten sentencia si ya esta en el reclusorio y tiene 3 dias de haber rendido la declaracion preparatoria

     

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  • Autor
    Respuesta No: 1964

  • lic.edmez
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    que tal, te saludo cordialmente ...... del contenido de tu consulta puedo inferir de manera lógica que el probable fue consignado por la comisión de ROBO DE VEHÍCULO .... dicho delito (en cualquier legislación punitiva mexicana) se persigue DE OFICIO, por lo que resulta irrelevante que exista o no una parte acusadora, pues la oficiosidad del tipo penal solo exige que haya denuncia y no querella de parte agraviada ..... si el indiciado se encuentra confeso y si ratificó su confesión al declarar en preparatoria, entonces resulta inminente que lo van a condenar ...... el que sea primodelincuente y que haya confesado la comisión del hecho le será benéfico para que el Juez le considere una menor magnitud de culpabilidad, pero no te asegura que le impondrán la pena mínima, eso depende de los alegatos que se viertan al formular conclusiones, mediante los cuales se le hagan ver al Juez las circunstancias que le benefician al indiciado, para buscar que le imponga una pena mínima ...... te recomiendo que analices las penalidades aplicables para el delito por el cual se le instruye proceso, saca la media aritmética de la pena y de esa manera podrás darte cuenta si alcanza algún beneficio en sentencia .... espero que mi opinión te sea útil ... saludos.



  • Autor
    Respuesta No: 1971

  • LIC ESTRADA
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Hola: Permitanme disentir un poco de los puntos de vista, pues yo advierto,que en efecto existe denuncia hecha por el propietario del vehiculo el cual al acudir a la Agencia del Mp resultaba logico que denunciara, en contra de quien estaba en posesion del vehiculo que le fue robado, y por ahi el forista esta equivocado en cuanto a que no existe parte acusadora..tan es asi que ejercitaron accion penal. No obstante ello en contra posicion tenemos que hace muchos años la confesional era considerada por muchos como la reina de las pruebas basada en la mal llamada prueba circunstancial, pero que ahora esta se encuentra supeditada al principio Costitucional de la Presuncion de Inocencia, que tiene que ver con la Garantia de adecuada defensa.... en donde yo me preguntaria... cuales son esas exigencias, que ha dicho la corte se deben tomar en cuenta, para que valga esa declaracion.....previo a esa confesion se le permitio, al defensor de oficio o particular.. tener la entrevista privada con el inculpado, y sobre todo la autoridad en su caracter de velar por la derechos humanos de las personas y Constitucionales, le explico en presencia de su defensor, las implicaciones que tendria el hecho de declarar, pues las consecuencias afectan las grantias de no autoincriminarse, pues ahi justamente tenemos una violacion procedimental y se han visto muchas resoluciones en ese sentido en un tribunal Constitucional... no de organo Jurisdiccional, buscarle un poco a los procesos..

    Lic. Estrada Email: despachoestrada arroba Hottmail

    cel. 55 43442775.

    Nextel. 52 x 14 x 25471



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