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RESOLUCION DE AMPARO

  • Consulta : 1480
  • Autor : claudia gzz
  • Publicado : 2012-06-05 23:10 desde la IP: 187.156.30.160
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    Consulta

  • claudia gzz
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Nuevo León

    buen dia...

     mi cuñado esta detenidos desde de noviembre en el penal, por delito de homicidio, el cual no cometió y ya se ofrecieron pruebas y testigos que dicen el no estaba en el lugar de los hechos... se metio un amparo contra la orden de aprehension y en marzo se concedio el amparo...pero estamos en espera de una resolucion para saber si se van a sentenciar o salir en libertad o algo, pero nadamas el juez no da la resolucion ya tiene mas de 3 meses diciendo que para tal dia y nadamas no la da........

    hoy en el expediente dice que se tiene por cumplida ejecutoria de amparo y ordena dar vista a parte quejosa por cinco dias para que manifieste a lo que sus derechos estime pertinente....

    mi pregunta es que significa esto? significa que hay que seguir el proceso y ofrecer mas pruebas, hay que meter amparo a fondo o que pasa?

    agradezco mucho su ayuda, orientacion o que hacer....ya que nuestro abogado nadamas no........

     

     

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  • Autor
    Respuesta No: 1911

  • BENITO JUAREZ
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Entiendo su desesperacion y lo que le contestan es parte del tramite  del amparo, mire usted debe confiar en su abogado, en estas situaciones uno de los problemas que se dan es que a veces el cliente pregunta en todos lados y a todos les cree menos a su abogado, usted le pregunta al lechero, al ingeniero, al contador, taxista y todos se convierten en abogados y luego le llenan la cabeza de ideas, ya para entonces cuando usted va con su abogado, todo lo que este le dice usted ya lo ve mal, no, tranquilo, si  no confia en su abogado pues busque otro que le de certeza juridica, de entrada cuando una persona esta involucrada en una acusacion de esta endura el que mas tiene que mantener la calma es el que esta afuera, es decir usted, 



  • Autor
    Respuesta No: 1922

  • claudia gzz
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    gracias por su tiempo para leer mi consulta pero la verdad no respondio o mas bien ayudo a mi pregunta......

    y si estoy desesperada, pero porque solo dieron 5 dias y el abogado ni el telefono contesta...es por eso que queria saber que significaba lo que decia en el acuerdo...

     

    saludos



  • Autor
    Respuesta No: 1933

  • LIC ESTRADA
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Hola: Creo que su desesperacion le hace cometer varios errores, pues el afan de nosotros es auxiliarle, por ello tratare de explicarle un poco...Mire no creo que el amparo que hayan tramitado en favor de su familiar, sea contra la orden de Aprehension, pues de ser ese el amparo...su familiar le cambio su situacion juridica, quizas sea....en contra del auto de formal prision... y para poder analizar y darle una asistencia mejor, creo que se debe leer esa resolucion que usted comenta,parta entender el porque le estan dando 5 dias al quejoso.. quizas hablen de un reposicion de procedimiento, o algo por ahi, pero le repetimos cualquiera de los que los leemos con gusto pediriamos tener la resolucion.

    Ahora bien algo que usted no debe perder de vista es que el amparo y el proceso se llevan por cuerda separada...., y si han metido todaas esas pruebas que dicen quiere decir o debe explicar si ya se fueron al cierre de proceso, para hablar de sentencia....del proceso penal...no del amparo, realmente si el abogado no le contesta....prenda sus alertas algo mal anda pasando busque alguien de su localidad y acerquese,para que pueda sacarla en breve de dudas, y que pieda tener acceso al expediente.....

    LIC. ESTRADA email. despachoestrada arroba hottmail

    cel. 55 43442775.

    nextel id. 52 x 14 x 25471.



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    Respuesta No: 1940

  • Lic. Gabriela G.
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Hola, la verdad aporta muy pocos datos pero por lo que menciona, también considero que debió haber sido en contra del Auto de Formal Prisión, siendo un amparo indirecto el cual lleva un tiempo para que sea estudiado por los Jueces de Distrito, sin bien se establece que deben ser 30 días para resolver si procede o no el amparo, si procede como se supone pasó en su caso, es porque se encontraron elementos que crearon convicción suficiente para dejar sin efectos el auto de formal prisión, se da vista a la parte quejosa es decir MP y /o coadyuvante para apelar manifestando lo conducente.

    Entonces si ya la autoridad conocedora decreta que protege y ampara y que ha causado ejecutoria, quiere decir que se decreta la libertad que puede ser por varias razones, que no se hayan acreditado los elementos del cuerpo del delito o no se tenga por acreditada la probable responsabilidad.Dictan el acuerdo de que dicha resolución queda a la vista del quejoso (MP y /o coadyuvante ) para que si lo consideran realizen apelación formulen alegatos etc. si no lo hacen en ese tiempo, entonces el procesado quedará libre, esto so pena de que seguirá el proceso en su contra hasta que se dicte sentencia donde se le condene o absuelva.

    Espero que te sirva de algo porque tu pregunta no es muy clara, pero también se entiende que la gente suele confundir términos porque obviamente no es su obligaciñon saber de leyes.



  • Autor
    Respuesta No: 1941

  • Lic. Gabriela G.
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Perdón pero me faltaba explicarte que debido a la carga de trabajo de los juzgados en la práctica los amparos los resuelven aproximádamente en 3 meses o hasta en un poco más.Saludos



  • Autor
    Respuesta No: 1995

  • claudia gzz
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    ok gracias por sus respuestas.....

    tengo otra duda....... la sentencia es de 7 años 8 meses.....lo acusan de homicidio preterintencional, ya que dicen participó en una riña en la cual dos dias despues fallecio el agredido....pero como les comento, el no tuvo contacto con el y hay testigos, y si, el amparo que se metio es contra el auto de formal prision...pero al parecer no pego, lo cual no entiendo bien, ya que en marzo fue la sentencia y decia que la resolucion que puso fin a juicio fue : ampara...en abril causó ejecutoria, la notificacion decia :CAUSA EJECUTORIA RESOLUCIÓN CONSTITUCIONAL. SE CONSIDERA DEPURABLE EL PRESENTE JUICIO DE GARANTÍAS. EN SU OPORTUNIDAD ARCHIVESE COMO ASUNTO TOTALMENTE CONCLUIDO. SE REQUIERE A AUTORIDAD SEÑALADA CUMPLA CON LO ORDENADO EN AUTOS.

    despues se dió por cumplida la ejecutoria de amparo y se dió por consentido el auto que declaró cumplida la ejecutoria de amparo, y se ordenó archivo definitivo por la autoridad.

    entonces no entiendo cual fue la resolucion del amparo, y segun dice el abogado que no nos preocupemos, que va a meter un amparo a fondo y con eso sale, que tarda aprox. 2 meses.......será posible esto? ya tiene 7 meses en el penal y uno que duró arraigado.............

    es lo mismo el amparo de fondo y el amparo directo?

    gracias por su ayuda, espero no sea mucha molestia.............

     

     



  • Autor
    Respuesta No: 1999

  • claudia gzz
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    ok gracias por sus respuestas.....

    tengo otra duda....... la sentencia es de 7 años 8 meses.....lo acusan de homicidio preterintencional, ya que dicen participó en una riña en la cual dos dias despues fallecio el agredido....pero como les comento, el no tuvo contacto con el y hay testigos, de echo se dice que el señor se cayó solo, nadie lo golpeó, y si, el amparo que se metio es contra el auto de formal prision...pero al parecer no pego, lo cual no entiendo bien, ya que en marzo fue la sentencia y decia que la resolucion que puso fin a juicio fue : ampara...en abril causó ejecutoria, la notificacion decia :CAUSA EJECUTORIA RESOLUCIÓN CONSTITUCIONAL. SE CONSIDERA DEPURABLE EL PRESENTE JUICIO DE GARANTÍAS. EN SU OPORTUNIDAD ARCHIVESE COMO ASUNTO TOTALMENTE CONCLUIDO. SE REQUIERE A AUTORIDAD SEÑALADA CUMPLA CON LO ORDENADO EN AUTOS.

    despues se dió por cumplida la ejecutoria de amparo y se dió por consentido el auto que declaró cumplida la ejecutoria de amparo, y se ordenó archivo definitivo por la autoridad.

    entonces no entiendo cual fue la resolucion del amparo, y segun dice el abogado que no nos preocupemos, que va a meter un amparo a fondo y con eso sale, que tarda aprox. 2 meses.......será posible esto? ya tiene 7 meses en el penal y uno que duró arraigado.............

    es lo mismo el amparo de fondo y el amparo directo?

    gracias por su ayuda, espero no sea mucha molestia.............



  • Autor
    Respuesta No: 2023

  • claudia gzz
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    alguna respuesta?

    necesito saber segun su experiencia si es posible que el amparo a fondo sea lo que nos ayude........

    gracias



  • Autor
    Respuesta No: 2027

  • BENITO JUAREZ
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Mire claudia, para mi resulta un poco complicado darle una respuesta completa y creame que me gustaria,la realidad es que trato de entender su idea, pero la podria confundir mas, mire no se a que se refiere su abogado con un amparo a fondo, sin embargo el asunto es interesante por lo que usted menciona el homicidio fue en riña y parece ser que intervinieron varias personas, es decir no se dio un enfrentamiento directo entre la persona que fallecio y el familiar suyo, pero mire si el fallecimiento se dio por los golpes que recibio el occisoy no se puede determinar quien fue el culpable, entonces la sancion penal se debe dividir entre todos los que intervinieron, vamos, si la pena fue de 16 años, en la situacion que le menciono y suponiendo que participaron dos les corresponderia de 8 años a cada uno, si eran mas pues se dividen la condena, esto es agrandes rasgos, ahora si dice que su familiar no lo golpeo por que no estaba en el lugar, bueno vayase checando los peritajes medicos que arrojaron, si dicen que su familiar golpeo al occiso, este debe tener alguna inchazon o indicios que hagan suponer esta situacion( moretones en sus puños, sangre, inchazones algo que apunte que golpeo a esta persona etc) en fin esto que le menciono es muy generico,claro ahi mas aspectos de fondo,  se lo menciono unicamente para que se de una idea muy general de lo que se debe estar peleando en favor de su familiar.............................suerte.......................................................  



  • Autor
    Respuesta No: 2029

  • claudia gzz
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    gracias  BENITO JUAREZ, no sabia que se podia dividir la sentencia, en este caso son 4 los inculpados y la sentencia es de 7 años.....

    y pues si de hecho hay uno de los cuatro que tiene señales de que peleó, mas el juez no ha querido dar libertad a los que nisiquiera estaban para seguir el proceso con los que si estaban.....y eso que ya declararon los testigos y ellos mismos.....pero bueno....al parecer esto irá a largo..........

    gracias!!



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