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VIGENCIA O CADUCIDAD DE UNA AVERIGUACION PREVIA??

  • Consulta : 1161
  • Autor : ZairC
  • Publicado : 2012-02-09 15:00 desde la IP: 189.146.214.185
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 9,014
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  • Autor
    Consulta

  • ZairC
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Tengo una averiguacion previa hecha en mi contra la cual tiene mas de 4 meses que ocurrio. Es del año pasado. El delito mencionado es completamente falso, ya que se trata de una supuesta vlionecia familiar. Dicha averiguacion previa, fue preentada en el juicio familiar al que estoy atendiendo, y yo nunca suoe de esa Averiguacion Previa hasta que salio en mi asunto familar. En materia de lo familiar, estoy a un acuerdo para que salga la convivencia con mis hijos, ya que dicha violencia no fue comprobada (porque fue mentira). Creo que el asunto de mi contraparte era tratar de tomar fuerza con dicha Averiguacion Previa, de la cual yo nunca he sido notifiocado, ni citado o requerido, ni ha llegado nada a mi domicilio. Por lo cual mi duda es si esa averiguacion previa ya vencio, o ya caduco??  y si debo atenderla de la misma manera que comprobe en lo familiar que no hubo tal violencia nunca... ??? Espero su ayuda... gracias !!

     

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  • Autor
    Respuesta No: 1609

  • Ramon Soto G.
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Estimado ZairC.

    Su cuestionamiento, se puede reducir a la prescripción del delito de violencia familiar. Primero es de señalar que el juicio de lo familair que dice está atendiendo, corre por cuerda separada de la averiguación previa, toda vez que éste corresponde a la materia familair y es el Juez de lo Familiar, de acuerdo a las actuaciones y medios probatorios que existan en el expediente correspondiente, quien resolverá lo que en Derecho corresponda. Por lo que se refiere a la averiguación previa que indica existe en su contra por la posible comisión de delito de violencia familiar, será el agente del Ministerio Público que tiene a su cargo la indagatoria, quien, conforme a los elementos de prueba que existan en el expediente, determinará si ejercita la acción penal, si determina el no ejercicio de la acción penal o determina la reserva de la indagatoria. En caso de ejercitar la acción penal, será el Juez de lo Penal, quien determine, en primer instancia, si determina liberar la orden de aprehensión, o la niega, es decir si le sujeta a proceso.

    Por lo anterior, se le sugiere que acuda, acompañado de abogado defensor, ante el agente del Ministerio Público que tiene a su cargo la indagatoria, para que se entere del estado ministerial en que se encuentra la indagatoria y  ofresca todas aquellas pruebas que pueda aportar a su favor y que estén relacionadas con los hechos que se le ima.



  • Autor
    Respuesta No: 1617

  • ZairC
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Lic Soto,

    Agradezco su respuesta, entiendo perfecto que son asuntos separados, sin embargo, mi hoy aun esposa ha pretendido enlazar ambos asuntos tanto familiar como penal con acusaciones falsas. Las pruebas aportadas al casao familiar seran presentadas ante el MP (las que sirvan y sean utiles), Entiendo entonces, que para poder saber el estado de tal averiguacion previa, necesito presentarme ante el MP con mi abogado.

    Muchas gracias, eso haremos!

    Saludos



  • Autor
    Respuesta No: 1618

  • ZairC
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Lic Soto,

    Agradezco su respuesta, entiendo perfecto que son asuntos separados, sin embargo, mi hoy aun esposa ha pretendido enlazar ambos asuntos tanto familiar como penal con acusaciones falsas. Las pruebas aportadas al casao familiar seran presentadas ante el MP (las que sirvan y sean utiles), Entiendo entonces, que para poder saber el estado de tal averiguacion previa, necesito presentarme ante el MP con mi abogado.

    Muchas gracias, eso haremos!

    Saludos



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