Estado de Referencia: Jalisco
La persona con la q salgo sta casado, tiene dos hijos, su esposa lo corrio de su casa porq el ledijo q no la queria y ella se entero q salia con otra persona. La esposa un buen dia asiste al domicilio donde se encuentra viviendo el esposo esta iba acompañada de un abogado los cuales tenian un documento el cual en general decia q el esposo solo podia ver a sus hijos cada ocho dias (solo domingo) el esposo hasta la fecha no ha dejado de cumplir con sus obligaciones; resulta q el dia viernes la jueza del poblado de Villa Corona le envia un citatorio para el dia 05 de abril del año en curso; el esposo asiste al llamado de la juez resulta q la esposa lo acusa de adulterio asi mismo la jueza le informa q cometio un delito y le manifiesta q existe un escrito de una persona q menciono o corroboro q el cometio tal delito, por lo cual le informa q le quitara la custodia de sus hijos. Mi pregunta: ¿como se prueba q se cometio dicho delito? y leyendo el art. 182 del CPEJ menciona :" el hombre o mujer que tenga relaciones sexuales, bien sea en el domicilio conyugal o causando escandalo, sabiendo que uno de ellos o los dos estan casados con otras u otras personas"
No hemos tenido relaciones sexuales y muchho menos en el domicilio conyugal y no habido escandalo es legal lo q esta haciendo esta esposa y esta jueza..... que podemos hacer para solucionar la situacion..