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PRESUNTO RESPONSABLE EN MP

  • Consulta : 239
  • Autor : betosss16
  • Publicado : 2010-11-06 00:58 desde la IP: 189.143.43.31
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 9,026
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  • Autor
    Consulta

  • betosss16
    ESTUDIANTE

    Estado de Referencia: Estado de México

    PORQUE TODA LA GENTE CREE QUE EL MP PUEDE TENER 72 HORAS A UN PRESUNTO RESPONSABLE SI EL ARTICULO 16 DE LA CONSTITUCION SEÑALA LO SIGUIEN EN SU PARRAFO DECIMO DICE LO SIGUIENTE:

    "NINGUN INDICIADO PODRA SER RETENIDO POR EL MINISTERIO PUBLICO POR MAS DE CUARENTA Y OCHO HORAS, PLAZO EN QUE DEBERA ORDENARSE SU LIBERTAD O PONERSELE A DISPOSICION DE LA AUTORIDAD JUDICIAL; ESTE PLAZO PODRA DUPLICARSE EN AQUELLOS CASOS QUE LA LEY PREVEA COMO DELINCUENCIA ORGANIZADA. TODO ABUSO A LO ANTERIORMENTE DISPUESTO SERA SANCIONADO POR LA LEY PENAL."

    ME GUSTARIA ACLARAR ESA DUDA DEBIDO A QUE AUN SOY ESTUDIANTE Y NO QUISIERA CONFUNDIRME,

     

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  • Autor
    Respuesta No: 380

  • LIC ESTRADA
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Hola: Y quien piensa eso.....? al menos no creo que toda la gente tenga esa duda, pues no solo el articulo 16 Constitucional sino el mismo 142 del Codigo  Adjetivo para el Estado de Mexico han dejado perfectamente establecido que el plazo para resolver la situacion Juridica de una persona sera de 48 horas..... no existe ninguna duda, pero en su Entidad de donde escribe se habla que este plazo sera duplicado si se trata de Delincuencia Organizada es decir seran 96 horas......... jamas en ningun momento se ha hablado de 72 horas ok.....hasta ahi vamos bien y estamos hablando de la etapa del Ministerio Publico.

    He de suponer que su duda nace en confundir el plazo del Ministerio Publico para ejercitar o no Accion penal dentro de la Averiguacion Previa al plazo que tiene un Juez para resolver la situacion juridica de un inculpado el cual ya fue consignado y puesto a disposicion, pero este plazo le aclaro es susceptible de ser duplicado cuando asi lo solicite el inculpado o bien su defensor....

    LIC. ESTRADA  email: despachoestrada arroba hottmail

    cel. 55 43442775



  • Autor
    Respuesta No: 382

  • betosss16
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    MUY AMABLE LIC. ESTRADA, DE HECHO LA DUDA NACIO DE COMPAÑEROS EN LA FACULTAD QUE PENSABAN ESO, DE HECHO HASTA YO CONTEMPLABA ESE TERMINO, AL PREGUNTAR A GENTE EXTERNA A LA CARRERA, CONCLUIMOS QUE LA GENTE PIENSA QUE EL MP PUEDE TENER 72 HORAS A UNA PERSONA PARA RESOLVER SU SITUACION JURIDICA

    GRACIAS POR ACLARAR LA DUDA



  • Autor
    Respuesta No: 383

  • LIC ESTRADA
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Hola: Que bueno que le haya servido mi comentario, y en lo subsecuente le dare un tip....ningun Abogado escribe con Mayusculas...para que lo considere y quien lo hace muestra una falta total de respeto a las reglas de urbanidad y de etiqueta

    LIC. ESTRADA



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