Sala Penal



Regresar

   

 
Buscar respuesta No.:

VALOR DEL DICHO DE UN INCAPAZ

  • Consulta : 95
  • Autor : JULIETTA RENEE
  • Publicado : 2010-09-04 19:16 desde la IP: 187.137.161.99
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 9,019
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • JULIETTA RENEE
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: San Luís Potosí

    EL ABUELO DE UN AMIGO ESTA DETENIDO ACUSADO DE VIOLAR A UN INCAPAZ, PERO RESULTA QUE TODO ES FALSO LE PUSIERON UN CUATRO, EL QUE DENUNCIA A LA POLICIA ES UN TIO, QE NO SE DIO CUENTA DE NADA, EL QUE LLEVA AL INCAPAZ A DECLARAR ES SU HERMANO Y NO TIENE PAPELES DE QUE SEA TUTOR O ALGO ASI, Y LO DETIENEN SEGUN EN FLAGRANCIA, PERO HAY MUCHAS DUDAS EN CUANTO A CUANDO OCURRIERON LOS HECHOS PORQE EL INCAPAZ DICE QUE EL 23, LOS TESTIGOS QUE EL 24 Y LA POLICIA QUE EL 25 AUN ASI ESTA DETENIDO Y LE DICTARON FORMAL PRISION. PREGUNTO CUAL ES EL VALOR QUE SE LE DA A LA DECLARACION DEL OFENDIDO SI NO ESTABA BIEN REPRESENTADO. Y SI NO HAY NADA QUE PRUEBE QUE DE VERDAD ES INCAPAZ.

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 127

  • LIC ESTRADA
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Hola: Se debe de tener en cuenta que son delitos de Oficio, es decir que su origen en este caso deviene de una noticia de la comision de una violacion, y cualquier persona que tuvo conocimiento o se entero sobre estos hechos pudo denunciarlo, es por ello que no se requiere una calidad especifica para denunciar y maxime cuando usted mismo nos ha dicho que es incapaz, pero a esto usted debe precisar  cual es el motivo por el cual es incapaz, porque un incapaz tambien resulta ser un menor de edad, un mudo, alguien que padece algun trastorno mental etc... y sobre las circunstancias particulares del hecho ahi es donde usted abundar y exgir a su abogado que aporte material probatorio conducente, ya que si bien es cierto que el testimonio del ofendido esta aislado de manera singular y el cual se trato de robustecer con las testimoniales de personas, se deben analizar esas visibles contradicciones, amen de que derivado del sexo de la parte ofendida, analizar con sumo cuidado el dictamen medico,, pero como no comento mas detalles es imposible hacer mayores comentarios, es comun que este tipo de delitos sean defendidos por abogados amplios, pero es muy eficaz cuando se hace llegar de un defensor que cuenta con esa especializacion eso ayuda mucho a estructurar una adecuada defensa.

     

    LIC. ESTRADA email: despachoestrada arroba hottmail

    cel. 55 43442775.

     

     

     



  • Autor
    Respuesta No: 129

  • JULIETTA RENEE
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    GRACIAS POR SU RESPUESTA, MIRE EL ABOGADO DICE QUE CON UN AMPARO CONTRA LA FORMAL PRISION PUEDE SALIR LIBRE, EN ESTE CASO LA INCAPACIDAD DEL OFENDIDO ES POR RETRASO MENTAL, Y SOLO SE PRESENTO UN PAPEL DEL IMSS EN COPIA SIMPLE, PERO DICE EL JUEZ QUE SOLO A SIMPLE VISTA SE VE QUE ES UN INCAPAZ, PERO ESTE SEÑOR PORQUE ES HOMBRE DE 49 AÑOS, TRABAJA Y VIVE SOLO, SE TRASLADA SOLO SIN AYUDA DE NADIE Y ADEMAS PUEDE HABLAR Y EL DECLARO SIN DECIR QUE HUBO VIOLENCIA FISICA, PERO LA VIOLACION SEGUN ES PORQUE ESTA LOCO, PERO NO SE VE QUE ESTE LOCO, Y TAMBIEN EL HERMANO LO LLEVO A DECLARAR ESOS HECHOS DE LA VIOLACION, PERO NO SE IDENTIFICO CON NADA, EL OFENDIDO NO PRESENTO NI ACTA DE NACIMIENTO NI NADA, AUNQUE EL MEDICO QUE LO CERTIFICO DIJO QUE TENIA SIGNOS DE PENETRACION DE MENOS DE 15 DIAS, PERO NO ENCONTRO POR EJEMPLO SEMEN O ALGO QUE SE VIERA QUE HABIA SIDO RECIENTE LA RELACION SEXUAL, POR ESO DICE EL ABOGADO LO DEL AMPARO, MAS NO ESTAMOS SEGUROS DE ESO POR ESO LA PREGUNTA. OJALA LE SIRVAN LOS NUEVOS DATOS Y ESPERANDO UNA RESPUESTA. GRACIAS DE ANTEMANO.



  • Autor
    Respuesta No: 130

  • LIC ESTRADA
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Hola: Yo en lo personal  creo que es muy aventurado dar un dictamen asi, cuando ustedes no han aportado en la etapa del procedimiento un dictamen psicologico en el cual diga que dicha persona esta afectado mentalmente, asi como tampoco se ha combatido el dictamen ginecologico, y lo de las identificaciones sinceramente no tienen fuerza para desvirtuar cuando se tiene un certificado del medico legista y el juez lo ha observado como incapaz.... claro.... si considera o desconfia del dicho de su abogado pues la decisoon es solamente de usted, pero al menos el Ampàro sin esos medios de prueba, suena a confirmacion....

    LIC. ESTRADA



  • Autor
    Respuesta No: 134

  • edmp1712
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Hola Julieta Renee, te saludo afecuosamente ... coincido en lo dicho por mi colega Lic. Estrada .... analizando el asunto que nos planteas, y conforme a lo que nos relatas, me permito concluir que el Juez de primera instancia decretó el auto de formal prisión a tu familiar por el delito de violación equiparada, debido a que la víctima es un incapáz ... en ese sentido, debo puntualizarte que la violación equiparada es un tipo especial que difiere en sus elementos estructuradores respecto al delito básico ... a que me refiero? ... la violación genérica (o tipo básico) como la conocemos los abogados, es un tipo penal que entre sus elementos estructuradores requiere demostrar el uso de la violencia (física o moral) para imponerle la cópula a la víctima .... en cambio, la violación equiparada no requiere comprobar que se utilizó la violencia para tales fines, porque ello "se equipara" al padecimiento psíquico que padezca la víctima, el cual evidentemente le impide resistirse a ser copulado.

    De tal suerte, me llama la atención que en tu relato nos dices que el médico que certificó a la víctima asentó en su dictamen que presentaba penetración de menos de quince días (por lo que entonces, sería ilógico que el perito hubiera encontrado rastros de semen en el cuerpo del pasivo) y si a ello le aunamos que el ofendido, conforme a tu relato, le imó el hecho de manera directa a tu familiar, entonces y sin duda alguna hay material probatorio mas que suficiente para que el Juez le haya dictado la formal prisión al indiciado, por lo que en ese sentido, y coincidiendo con lo que plasmó el Lic. Estrada, me atrevo a decir que promover un amparo indirecto contra el AFP no serviría de mucho.

    Espero que mi opinión le sirva ... saludos desde Tabasco.

    Lic. Mézquita



  • Autor
    Respuesta No: 139

  • lic.pereyra
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    lo detienen "segun en flagrancia", ¿como combatieron eso?. , ,,,lo del amparo  tampoco lo entiendo, por otro lado ¿que edad tiene el abuelo?



Para responder consultas en el Foro deberás estar registrado


Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.