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DESISTIMIENTO PARA UNA DENUNCIA DE DESPOJO

  • Consulta : 86
  • Autor : diegogarre
  • Publicado : 2010-09-01 23:30 desde la IP: 189.236.83.115
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 9,014
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  • Autor
    Consulta

  • diegogarre
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Campeche

    Hola espero que por favor nos puedan ayudar porque no sabemos que hacer con un caso de despojo, la situación es que se hizo una denuncia por despojo en la cual fue una denuncia por comparecimiento y tuvimos que recurrir a un abogado quien promueve una extensión para realizar una nueva denuncia, hasta el momento el abogado  no ha desistido de la primera denuncia porque segun  dice que hay que ir con él y que eso lo tiene que ver un secretario, la situación es que se llegó a un acuerdo con la persona que invadió el inmueble en este caso el que se metió a un inmueble que no es de su propiedad y certificado ante un MP que el dueño es la persona que porta las escrituras en este caso nosotros. La situación es que esta persona ya aceptó salirse y entregar las llaves del inmueble al cual hizo cambio de chapas sin nuestro consentimiento a cambio de que se desista de la denuncia, la situación es que necesitamos que se desista tanto de la primer denuncia la cual se hizo sin abogado y desistir también de la segunda denuncia siempre y cuando la persona que esta ocupando el inmueble haga una entrega oficial ante el MP, por favor ayudennos porque el abogado quiere dar más largas al asunto ya que se nos ha pedido mucho dinero y no hemos tenido claros resultados.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 92

  • Lic Teresa Ramos
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Buenos días, chechando tu consulta, lo que te recomiendo es que acudas personalmente al Ministerio Público en donde iniciaste las dos denuncias para que ellos te aclaren en que estado se encuentran, aquí el problema es que de acuerdo al Código Penal de la Entidad, el delito de DESPOJO se persigue de oficio, por lo que el perdón no extingue la acción, pero habría que checar si tus denuncias fueron procedentes o no, entonces, considero necesario que acudas acompañado de un abogado para que pueda checar claramente el estado en que se encuentran las denuncias, ya que a pesar de que tú como parte ofendida se encuentra representada justamente por el Ministerio Público, sin embargo, no siempre es entendible los términos jurídicos y en muchos de los casos el Ministerio Público no tiene el tiempo y la paciencia para aclararles bien la situación.



  • Autor
    Respuesta No: 95

  • LIC ESTRADA
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Hola: Si en efecto el delito de despojo en esa entidad se persigue de oficio, pues es verdad que debe hacerse acompañar de un Abogado, lamentablemente lo debe hacer,  claro usted busque uno que le aclare las inquietudes, solo necesita encontrar al abogado adecuado, para que la asista, pues hay muchos tips que bien podria hacer en su beneficio , y sobre todo pues esta a punto de resolver su asunto, y quizas usted lo pueda entrampar, siga la sugerencia de la Licenciada Teresa.

     

    LIC. ESTRADA



  • Autor
    Respuesta No: 111

  • diegogarre
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Antes que nada les agradezco mucho la atención pero a la vez les ofrezco una disculpa ya que verificando lo que ustedes amablamente me aconsejan  en mi consulta la entidad esta incorrecta la entidad correcta es Veracruz, me podría informar amablemente si es el mismo sistema para proceder como me habían ustedes comentado anteriormente?

    Espero amablemente su infinito apoyo ya que no me gustaría dar un paso sin antes rectificarlo y evitar confusiones que afecten a mi caso ya que como ustedes bien me comentan mi caso ya tiene casi todo para resolverse.

    Reciban un muy cordial y  afectuoso saludo.



  • Autor
    Respuesta No: 117

  • Lic Teresa Ramos
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Saludándote nuevamente Permalink.

    Respecto a tu duda en cuanto a la Entidad, el Código Penal del Estado de Veracruz te es más benéfico a efecto de poder llegar a un acuerdo con la persona que invadió el inmueble, ya que si dicha persona te restituye voluntariamente la posesión del citado bien, antes de que el Ministerio Público ejercite acción en contra de la citada persona, no se le deberá imponer a esta penal alguna y podrá darse por terminado el asunto satisfactoriamente.

    Cualquier duda contáctame al correo teresadeavila3 arroba punto com punto mx.



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