- Inicio
- Sala Penal
Sala Penal
AMPLIACIóN DE DECLARACIóN COMO PRUEBA
- Consulta : 2111
- Autor : LauraFloresF
- Publicado : 2013-02-07 01:17 desde la IP: 189.194.149.249
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 9,039
-
AutorConsulta
-
Publicado el Jueves 07 de Febrero de 2013
Estado de Referencia: Distrito Federal
Estimados foristas, tengo la siguiente duda:
Si un inculpado se reservó el derecho de declarar de forma escrita y verbal en la declaración preparatoria, se puede ofrecer la ampliación de la declaración en el ofrecimiento de pruebas dentro del término constitucional?
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 2852
-
Fecha de respuesta: Jueves 07 de Febrero de 2013 11:50 2013-02-07 11:50 desde IP: 189.228.96.121
Hola: Claro que si, pues son dos momentos diversos, ya que una diligencia es la Declaracion preparatoria y otra resulta ser que una vez recabada la declaracion preparatoria, dentro del plazo Constitucional con derechos, el inculpado solicita la duplicidad del termino constitucional, ello en virtud de que tiene pruebas pendientes para desahogar en su persona......Ya esta contestada tu duda, ahora bien a todas luces esta maniobra es chicanera y de baja calidad, lo cual coloca al inculpado con una imagen vacia, ante el Juez, pues no es nada logico que dentro de la preparatoria el inculpado no quiso hacer una sola mencion y dos dias despues vertira toda una version, lo que hace suponer una aleccionamiento de los defensores, y en eso se fijara muy bien el juez, cuando la naturaleza de la duplicidad del termino, es con la finalidad de desahogar pruebas idoneas y pertinentes, como quizas aportar un tstigo, exhibir una documental, o bien interrogar a los aprehensores, o testigos de cargo en fin cuestion de estrategia legal.... suerte.
LIC. ESTRADA email: despachoestrada arroba hottmail
cel. 55 43442775.----- radio nextel. 52 * 14 * 25471
Autor
-
AutorRespuesta No: 2856
-
Fecha de respuesta: Viernes 08 de Febrero de 2013 16:24 2013-02-08 16:24 desde IP: 189.194.149.249
Gracias por su respuesta querido abogado, no se solicitó la duplicidad de término y se presentaron varias pruebas entre ellas la ampliación, testimoniales, peritajes y reconstrucción de hechos, tal vez en este caso no lo tome el juez como un "aleccionamiento" como usted dice no?
Autor
-
AutorRespuesta No: 2857
-
Fecha de respuesta: Viernes 08 de Febrero de 2013 17:17 2013-02-08 17:17 desde IP: 189.228.30.164
Hola: segun lo comenta, creo que tiene un error y mas si es Abogada, le dire porque, usted en su consulta dijo DENTRO DEL TERMINO CONSTITUCIONAL, OFRECIMIENTO Y AMPLIACION DE DECLARACION, y pór ello a fin de no confundir a mas consultantes debo decirle, que lo que usted conoce como termino Constitucional su nombre correcto es AUTO DE PLAZO CONSTITUCIONAL, y tiene su origen una vez que el inculpado se le ha recabado su Declaracion preparatoria ante la presencia del Juez, el cual tiene un plazo de 72 horas, para resolver su situacion juridica y de manera excepcional a peticion unicamente del inculpado, puede duplicarse a 144 horas, con el fion de que se ofrezcan pruebas idoneas y pertinentes, tendientes a demostrar su inocencia, y no creo que en ese lapso de tiempo se logren concretar al menos 2 de ellas como lo dice que serian peritajes.... y reconstruccion de hechos, pues para ello se nevesita una designacion de un perito, aceptar y protestar del cvargo hacer su analisis, elaborar su dictamen, ratificarlo etc, creo que nos toma el pelo, o quiere forista poner a prueba si sabemos o no como llevar a cabo una defensa, solo le recuerdo que muchos de lo que con gusto respondemos sus cuestionamientos somos abogados litigantes, expertos muchos, y por ello nos resulta como una tomada de pelo, su comentario.....de todas formas mucha suerte con su defensa...
LIC. ESTRADA email: despachoestrada arroba hottmail
cel. 55 43442775. nextel: 52 * 14 * 25471
Autor
-
AutorRespuesta No: 2859
-
Fecha de respuesta: Sábado 09 de Febrero de 2013 16:17 2013-02-09 16:17 desde IP: 189.194.149.249
Muchas gracias de nuevo por su respuesta, le comento licenciado que no soy abogada sino estudiante, nos han puesto un caso hipotetico en práctica forense y probablemente mis conocimientos aun no sean suficientes, de hecho no lo son puesto que recurro a estos foros a hacer mis consultas. No pretendo tomarle el pelo a nadie y mucho menos poner a prueba los conocimientos de personas que primeramente ni siquiera conozco. Si eso le hizo pensar mi consulta discúlpeme pero está en un error. De cualquier forma le agradezco sus respuestas pues me han aclarado suficientes datos.
Autor
-
AutorRespuesta No: 2861
-
Fecha de respuesta: Sábado 09 de Febrero de 2013 22:31 2013-02-09 22:31 desde IP: 189.228.72.226
Hola: Estimada estudiante, creo que usted en este foro ha olvidado algo que muchos de los abogados consideramos pertinente, que existe un rubro para tareas, y justamente ahi es donde debe colocar esas dudas que le han formulado sus profesores y no aqui donde tratamos a toda costa que las consultas sean de personas que buscan una verdadera asesoria e incluso como abogados, tratamos de buscar quien nos asesore o nos de un punto de vista en una defensa real...lo cual muchas veces ha sucedido. y en lo subsecuente con toda humildad le pedimos que coloque su consulta en la seccion adecuada. suerte...
LIC. ESTRADA
Autor
-
AutorRespuesta No: 2965
-
Fecha de respuesta: Martes 23 de Abril de 2013 20:48 2013-04-23 20:48 desde IP: 187.140.63.182
no puede ampliar su declaracion poque aun no declara, ok
Autor
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
Columna leida: 78623166 veces.
Lecturas completas: 4095
D.R. © Todos los derechos reservados Justicia México ®