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JUICIO ORAL HOMICIDIO CON AGRAVANTES Y ROBO
- Consulta : 2082
- Autor : JusticiaPenal
- Publicado : 2013-01-17 21:03 desde la IP: 187.191.7.71
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 9,015
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 17 de Enero de 2013
Estado de Referencia: Estado de México
Un gusto saludar a la comunidad legal de nuestro país. Trataré de ser lo más preciso posible: Un familiar fue asesinado con premeditación así como fue víctima de robo por parte de sus agresores. Después de una larga tarea orgullosamente la familia logro encontrar y capturar a las personas ( si se les puede llamar así ). El Juicio Oral acaba de comenzar en el Edo. De Mexico en Barrientos. Sin embargo, a pesar de contar con bastNtes pruebas en contra de los detenidos tenemos la triste sensación de que por falta de conocimiento técnico del MP y falta de conocimiento en la nueva modalidad en Juicios Orales queden en libertad. Estamos en busca de algún abogado con conocimiento técnico y experiencia comprobable en Juicios Orales Penales. Tenemos la intención de aplicar los recursos económicos necesarios con tal de poder celebrar con una sentencia sobre el homicidio. Cabe recalcar que tenemos pruebas extremadamente contundentes contra los acusados pero necesitamos de manera URGENTE algun profesional con experiencia en este rubro. Saludos -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 2838
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Fecha de respuesta: Viernes 18 de Enero de 2013 09:26 2013-01-18 09:26 desde IP: 189.254.100.11
Hola estimado consultor, soy abogado penalista que litigo en la zona metropolitana y por lo mismo tenemos ya buena experiencia en los juicios orales, lo iportante en este nuevo sistema de justicia ver que pruebas tienes para obtener una sentencia lo más justa posible comunicate y con gusto te damos la asesoría necesaria, lo importante es saber si ya le dictarón auto de vinculación a proceso y si este no fue recurrido mediente Amparo, si es así cuando es la audiencia de depuración de proceso para que se puedan preparar contiempo las pruebas que dices tener.
Estamos ubicados en el WTC hablame y congusto agendamos una cita
5522715854
Autor
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AutorRespuesta No: 2840
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Fecha de respuesta: Lunes 21 de Enero de 2013 23:27 2013-01-21 23:27 desde IP: 189.149.55.107
Justicia Penal, simplemente a manera de orientación y tratando de ser lo menos técnico posible, le puedo mencionar lo siguiente:
La forma en que puede ejercitar sus derechos la víctima u ofendido dentro del nuevo sistema de justicia penal acusatorio es un tanto diferente al del sistema tradicional mixto.
Ya que en éste último no habia un formalismo para que la víctima u ofendido pudiera coadyuvar con el Ministerio Público aportando los elementos de prueba que estuviera a su alcance, ya sea que lo quisiera hacer por sí mismo o por medio de representante legal, desde la averiguación previa o apartir de ya iniciado el proceso.
En cambio, en el sistema acusatorio la víctima u ofendido va a tener ciertos derechos, pero que va poder ejercer únicamente dependiendo de la etapa en que se encuentre el proceso y cumpliendo previamente ciertos requisitos. Trataré de ser más claro en este punto:
En su consulta menciona que "el jucio oral acaba de comenzar", por lo que necesariamente el proceso tuvo que haber pasado por una etapa previa denominada "etapa intermedia". Al comenzar dicha etapa el juez de control debió haber notificado a las partes (icnluyendo a la víctima u ofendido) la acusación realizada por el ministerio público en contra del imado y asimismo, debió haber citado para la celebración de la audiencia intermedia.
Ahora bien, en esa notificación se le debió hacer saber a la vícitima u ofendido el derecho que le asistía para constituirse como "acusador coadyuvante", mismo que debió realizarze hasta 15 días antes de la fecha fijada para la audiencia intermedia . Es en ese momento en el que se debió haber formulado por escrito acusación coadyuvante conforme al código de su Estado, lo cual entre otros derechos incluía el de ofrecer los medios de pruebe que complementaran la acusación del Ministerio Público, para efectos de que puedan ser desahogados en el jucio oral.
Le quise citar todo este antecedente , porque si en la etapa intermedia, especificamente en la audiencia intermedia, quién tenía derecho para constituirse como acusador coadyuvante no lo hizo, no lo puede pretender hacer dentro del jucio oral, pues éste representa otra etapa. Por lo que si usted llegara a contratar abogado, éste no podria intervenir en la audiencia, ya sea en los alegatos, o en el desahogo de las pruebas.
Claro que todo ello no impide que su abogado pueda fuera de audiencia colaborar "extraoficialmente" con el Ministerio Público sobre la estrategia a seguir para el desahogo de las pruebas y para la argumentación de los alegatos de clausura; pero ya dependeria del agente del Ministerio Público si estuviera dispuesto a acepar que un abogado le diga que hacer y que no hacer durante el juicio.
Si usted como menciona tiene los recursos económicos para poder invertirle en su asunto, adelante. Creo que en estos casos, siempre es bueno echar mano de cualquier medio legalmente permitido para poder obtener una sentencia favorable a sus pretensiones.
De mi parte, sólo queria aclararle un poco el panorama.
En verdad espero que en su asunto se pueda obtener una resolución lo más justa posible.
Saludos!!
Autor
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
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